recibido. En el segundo caso expresara los defects de que adolecen para que se rectifiquen dentro del plazo legal. Dichas propuestas no IpodrAn ser rechazadas, sino en los casos en que faltare en las mismas alguno de los requi- sitos A que alude el present Capitulo. Los electores podrAn examiner las c6dulas de propues- tas despues de admitidas 6 rechazadas. Transcurridas dichas veinte y cuatro horas sin que la Junta hubiere reehazado las propuestas, 6stas se conside- rardn admitida~ y asi deben certificarlo A petici6n de cual- quier ,elector 6 de los proponents. CAPITULO X De las boletas Art. 49. Las Juntas Provinciales harAn imprimir, in- mediatamente despues de transcurrido el termino para las propuestas, las boletas para las votaciones, en cantidad igual al triple del nu(mero de electores que les hubiesen comunicado las Juntas Electorales. Ar.t 50. Las boletas se impirimirAn con tinta negra en papel blanco de igual clase, que no sea transparent y en el que se pueda eseribir fAcilmente. SerAn del mismo ta- min io y calidad las .de cada Provincia. Estaran divididas por lines paralelas formando tan- tas columns cuantas sean las candidaturas propuestas por los electores. En la primer line figurarA el nombre del cargo, inmediatamente debajo los nombres de los can- didatos propuestos para el mismo, con nimero ,de espa- cios en blanco despues del iltimo nombre impreso, igual al nimero de candidates que tenga derecho A votar cada elector, A fin de que Aste pueda escribir el nombre de una 6 mis personas que no -estuviese impreso en la boleta. Art. 51. Las Juntas Provinciales enviarAn a las Al- caldias Municipales de sus respectivos Distritos, un nime- ro de boletas exacta)rente ignal al triple del de los electo- res de la Secei6n, cuidando de estampar su sello ' la iz- quierda de las mismas, en el margen superior del frente. Las Alcaldias Municipales al recibirlas, las contardn y distribuirAn, A su vez, con exactitud, entire las distintas Juntas Electorales del Termino, estampando tambi6n en cada una, en el mismo margen superior y hacia el centro, el sell de la Alcaldia. En cada uno de estos casos, se aeusara reeibo de las boletas, expresando su nimero y si estaban 6 n6 debida- mente selladas.