Reunir las condiciones que se determinan en la Ley Org6nica y del Regimen Provincial. C.-Para Compromisario Senatorial: Dado el nfimero de estos que nombre cada Provincia, la mitad se elegirh entire los electores que siendo mayores de edad y sabiendo leer y escribir sean vecinos con un afio de anterioridad, de alguno de los Terminos Municipa- les de la misma y figure ademis en la lista de mayores eontribuyentes; y la -otra mitad entire los eleetores mayo- res de edad, vecinos igualmente de un Termino Municipal de la Provincia cue lo elija. D.-Para Compromisario Presidencial: Las mismas condiciones que se irequieren para Repre- sentante, y ademis ser vecino de un Termino Municipal de la Provincia que lo elija. E. Para Senador 6 Delegado A la Convenci6n Consti- tuyente: Ser cubano por nacimientb y haber cumplido treinta y cinco afios de edad. F. Para Presidente y Vice-Presidente de la Repi- blica: 1 Ser cubano por nacimiento 6 naturalizaci6n. En es- te segundo caso se require, adem6s, haber servido A Cuba, con las armas, diez afios, por lo menos, en sus guerras de Independencia. 2? Haber cumplido cuarenta afios de edad. G.-Para cargos electivos municipales. Las que determine la Ley 'Municipal. Art. 3? A los efectos de esta Ley, son mayores contri- buyentes en los T4rminos Municipales, los electores com- prendidos en un nfimero de veeinos igual al d6cuplo del de Concejales del Ayuntamiento respective, y que sean los que figure individualmente con las cuotas mAs altas de contribuci6n direct en las listas cobratorias del Ayunta- miento. Terminado el Censo Electoral, y desde que comience el plazo dispuesto para presentar candidaturas, hasta la terminaci6n del period electoral, los Ayuntamientos fija- 'ran al pfiblieo las listas de mayores contribuyentes y de los electores que sepan leer y escribir, segfin dicho Censo. Durante los diez primeros dias de su exposici6n, po- drAn presentarse al Ayuntamiento reclamaciones de inclu- si6n y ,de exclusion por los eleetores del T6rmino, debien- do ser resueltas dentro de los cinco dias siguientes. Los que no est6n conformes con las resoluciones del Ayuntamiento, podrAn establecer recursos de alzada por conduct del Ayuntamiento para ante la Sala de Gobier- no de la Audiencia de la Provincia, dentro de los cinco dias posteriores al de la notificaci6n. La Audiencia, sin