Comisi6n y firmar el document correspondiente, sin que lo haya efectuado. El Estado en nada utiliza este Ferrocarril en la ac- tualidad, tampoco tiene aplicaci6n para el porvenir, pues aparte de que no reune condiciones estrat6gicas para la defense y seguridad del puerto, el hecho de no poseer la porci6n mks important del mismo, cual es el embarcade- ro y lugar en que se encuentran los almacenes y de tener conexi6n con los Ferrocarriles Unidos de la Habana, lo haeen inadecuado para cualquier otra aplicaci6n, costan- do anualmente la suma de $20,220, imported de la renta de la Sra. Pascual y los gastos de vigilancia y custodia del mismo. La adquisici6n por el Estado de dicho terreno seria costoso 6 ineficaz. Por la clhusula 19 del Contrato la.sefio- ra Pascual se comprometi6 A venderlo libre de todo gra- vamen por el precio de 312,000 pesos oro americano al contado, y si bien por la clAusula 20 se acord6 no obstan- te, que dicho precio podia variarse en cualquier tiempo A instancia de los arrendatarios 6 arrendatario fijAndose en este caso el precio por tres arbitros, que se nombrarian uno por cada parte y estos dos designarian un tercero, siempre resultaria crecido el valor de dicho terreno 6 ina- decuado para los fines a que se destina. No siendo necesaria ni afin ftil esa propiedad al pre- sente ni descubri6ndose modo de aprovecharla dentro de un t6rmino razonable, y constituyendo ademas una carga su sostenimiento parece indicada su enajenaci6n, la cual debera efectuarse en pfiblica subasta y separadamente el material rodante y demis efectos, del terreno, rails, tra- viesas, cercas, portadas y fAbricas, en atenci6n A que ha de ser muy dificil obtener la enajenaci6n de la parte mueble 6 inmueble en conjunto, porque la filtima no tiene aprove- chamiento probablemente, lo que no pasa respect A la primera, utilizable ficilmente. Aunque la legislaci6n vigente autoriza al Ejecutivo para la venta de los bienes del Estado no necesarios al mismo, por tratarse de una propiedad de importancia, ha querido someter el caso a la respectable consideraci6n del Congress, a fin de obtener su autorizaci6n especial para su enajenaci6n. Habana, Junio 3 de 1903. T. ESTRADA PALMA.