una Proposici6n, Proyeeto de Ley, moci6n 6 enmienda, sus autores, firmantes 6 informadores. Cuando una moci6n, Proposici6n 6 Proyecto de Ley sea leido en la Camara y no se pida la palabra en contra, se someterA en seguida a votaci6n. ARTICULO 129. Los dictAmenes de las Comisiones se discutir6n tambicn como las moeiones; y los votos particulares de sus miembros, como las enmiendas, salvo lo dispuesto anteriormente sobre la material. ARTICULO 130. Los quo hayan intervenido en un debate, podran recti- ficar brevemente, antes de la votaci6n, thechos y concepts. Ninguna rectificaci6n podra exceder de diez minutes. ARTICULO 131. El que hiciere uso de la palabra para una cuesti6n de orden, empezarh leyendo 6 pidiendo que se lea el articulo 6 6 los articulos reglamentarios conculcados, limitdndose des- pu6s a determinar brevemente en lo que ha consistido la in- fracci6n. Si el Presidente abrigarc dudas sobre la cuesti6n de orden, podri someterla A la decision de la Camara; de otra manera, dari al Ropresentante que la haya promovido las correspondientes explicaciones y resolverd en el acto lo que proce-da. De la resoluci6n del Presidente, podrd ape- lar, ante la Camara, el Representante que se consider per- judicado. ARTICULO 132. Las alusiones, para que justifiquen el uso de la palabra, han de ser directs, claras y precisas. Si comprenden A va- rios Representantes, en un solo concept, inicamente podra hacer uso de la palalbra uno de los aludidos. El President negarA la palabra al que la pida para contestar alusiones, si no concurren aquellos requisitos. ARTICULO 133. El que usare de la palabra para contestar una alusi6n, se limitar iA ddescargarse de las imputaciones que so le ha- yan hecho, 6 A rectificar los errors cometidos por el orador. Si se apartase de esos limits, le sera retirada la palabra.