tencia en el asunto de que se trata, aunque no pertenzcan A la CAmara. PoldrAn asilmismo solicitar de la Presidencia de ]a C'- mara el personal de las oficinas de la Secretaria, para que le presten los auxilios materials que sean necesarios. El President cuidarA de que la distribuci6n del personal en- tre las distintas Comisiones no perjudique el servicio ge- neral de la C6mara. TITJLO II REG-IM VEH IDE LA CA-M ABA CAPITULO I DEL PRESIDENT ARTICULO 30. Son deberes del Presidente: 1--Observar fiel 6 imparcialmente los preceptos de este Reglamento. 29-Hacer que se cumpla estrictamente por los miem- bros de la C6Amara y los funcionarios de la misma. 39-Someter a la consideraci6n de la Camara todas las cuestiones cuya resoluci6n no est6 expresamente atribuida por este Reglamento a la Presidencia 6 6 la Mesa. 49-Hacer guardar el mayor orden, compostura y correcei6n a los Representantes, A los empleados de las ofi- cinas de la CAmara y al pfiblico, dentro del edificio. 59-Mandar despejar las tribunas, despues del segun- do requerimiento de orden, si el pfblico, durante las sesio- nes, lo perturbare. 6?-Abstenerse de tomar parte direct ni indireeta- mente en las discusiones. Si deseare intervenir en alguna, ceder6 antes la Presidencia al Vicepresidente, 6 A quien co- rresponda. 79-Vigilar por la fidelidad de los eserutinios y re- cuentos en las votaciones. 89-Presidir todas las sesiones, except cuando no le fuere possible, por enfermedad fi otra causa just, en cuyo caso avisara con anticipaci6n a los Vicepresidentes. 99-Conceder la palabra 6 los Representantes, por turno riguroso, cuando sea procedente; pegarla a los que la pidan para asuntos inoportunos, y retirarla A los que ha- gan uso de ella contra lo dispuesto en este Reglamento. Una vez cubiertos los fnicos turnos que pueden consumirse en cada debate, lo anunciar6 asi A la Cimara, expresando los nombres de aquellos que lo hayan solicitado.