Los cinco que obtengan mayoria de votos seran proela- mados. ARTICULO 24. El President de la CAmara lo sera tambiin de la Co- misi6n de Gobierno. ARTICULO 25. La Comisi6n de Correcci6n de Estilo estara formada por uno de los Secretarios de la CAmara, nombrado por la Mesa, y do dos Representantes, elegidos por papeletas, en las que s6lo podra escribirse el nombre de un Represen- tante. ARTICULO 26. Ningfin Representante podra former parte de mis de dos Comisiones permanentes. AR.TRULO 27. Todas las Comisiones, except las de Gobierno y Esti- lo, nombraran de su seno sus respectivas AMesas, en la forma siguiente: eada Comisi6n nombrard un Presidente, un Vi- ce-Presidente, un Secretario y un Vice-Secretario. Los dos primeros sorAn eleetos sinmltaneamente, en la forma dis- puesta en el articulo 15. Lo mismo se harf para ]a designa- ci6n del Secretario v Vice-Secretario. Estos nombramientos se harin constar en las aetas de la C aiiara, a cuyo efecto se comunicarin A Asta oportuna- nmente. APUCULo 28. Corresponded al Presidente de cada Comisi6n: convo- carla, con expresi6n del dia y hora, dirigir sus sesiones y distribuir los trabajos entire los miembros que la former. Las Comisiones no podrAn deliberar sin la asisteneia de la mitad mis uno de los Representantes que la com- pongan. Si la Comisi6n no pudiese funcionar por falta d nil- mero, la C(. ;rii,. cubrirA las vacantes. ARTICULO 29. Las Comisiones tendrAn la facultad de asesorarse, en sus trabajos, de una 6 mnis personas de reconocida compe-