cuanto el Municipio de la Habana debe tender con mayor cantidad que el Estado al sostenimiento de tan benefica ins- tituci6n, ya que ha sido descargado de otros gastos de ca- rdcter local, y le es possible, por lo mismo, tender con ma- yor holgura d las atenciones municipales. En cuanto al ramo de Hacienda se han hecho en todos los servicios adscritos A la Secretaria las mayors econo-. mias. Terminada la ocupaci6n americana se llev6 h cabo la reorganizaci6n de todos los servicios, procurando la unifor- midad en la administraci6n econ6mica y financiera .de la Isla. Por la Orden nfimero 113 de 7 de Mayo iltimo, se dis- puso pasaran A aquel Departamento las Oficinas de Tesore- ria y de la Auditoria General (hoy Intervenci6n General del Estado) y por la nfim. 142 de 10 del mismo mes, los servicios de Aduanas, Guarda-Costas y Estadistica Mer- cantil. Tambien se dispuo-Orden nfumero 133-quedaran adscritos A aquel Departamento los servicios de Inmigra- ci6n y Cuarentena, y por resoluci6n del Cuartel General de 19 del propio mes, se le di6 posesi6n del Arsenal, Campa- mento de Columbia, Ferrocarril de Tiscornia. y otras va- rias ipropiedades del Estado que administraba directamen- te delio Cuartel General En el Proyeetc del Departamento de Hacienda se pre- supuestan las sumas que se consideran indispensables para los gastos de Transportes; Comisi6n del Banco Nacional, segfin el contrato de 18 de Febrero de] present afio; el au- mento del servicio dde Guarda-Costas; el imported del arren- damiento de los terrenos de Tiscornia, segfin escritura de 13 de Noviembre de 1900; los gastos 'conforme A contratos de las Plantas de ihielo y de luz el6etrica del Hospital nu- mero 1, y de la Planta Elctrica establecida en el Cuartel de la Fuerza, los $91,027-56 que deben pagarse anualmente al Clero, conforme A las escrituras de 2 de Octubre de 1901 y 11 de Enero de 1902; la suma que se calcula necesaria pa- ra reintegros y devoluciones por el concept de Rentas te- rrestres y maritimas, y la que se cree indispensable para satisfacer los censos reconocidos sobre propiedades del Es- tado. Por Decreto de 7 de Junio del present afio so pas6 el servicio de Sanidad Maritima, que se habia agregado por la Orden nim. 133 A la Secretaria de Hacienda, A la de 'Go- bernaci6n, pues existiendo en .este Departamento la direc- ci6n general de Sanidad creada por el Gobierno Interven- tor, A la misma competia por su especialidad, los asuntos de aquel ramo. Por Decreto de 9 de Junio filtimo se suprimieron las Administraciones de Rentas 6 Impuestos de las Zonas Fis- cales de Guanajay, CArdenas, Cienfuegos y (Manzanillo. Es-