Articulo 28. El President de la CAmara lo serA tambien de la Co- misi6n de Gobierno. Articulo 29 La Comisi6n de Correcci6n de Estilo estark formada por uno de los Secretarios de la CAmara, nombrado por la Mesa, y de dos Representantes. Para nombrar 6stos, cada Secci6n designarh uno de sus miembros, y los seis propon- drAn a la CAmara los dos que hayan de completar dicha Comisi6n. Articu�o 30 Ningfin Representante pod.r former part de mAs de dos Comisiones permanentes. Articulo 31 Todas las Comisiones, except la de iGobierno, nom- brarAn de su seno sus respectivas Mesas, en la forma indi- cada en el articulo 20. Articulo 32 Corresponde al Presidente de cada Comisi6n convo- carla, con expresi6n de dia y hora, dirigir sus sesiones y distribuir los trabajos entire los miembros que la formen. Las Comisiones no podrAn deliberar sin la asistencia de la mitad mAs uno de los ,Representantes que la com- pongan. 'Si ]a Comisi6n no putdiese funcionar por falta de nfi- mero, las Secciones respectivas, 6 la CAmara, cubrirAn las vacantes. Articulo 33. Las Comisiones tendrAn la facultad de asesorarse, en sus trabajos, de una 6 mas personas de reconocida compe- tencia en el asunto de que se trate, aunque no pertenezcan A la CAmara. PodrAn asimismo solicitar de ]a Presidencia de la C6- mara el personal de las oficinas de la Secretaria, para que le preste los auxilios materials que sean necesarios. El President euidara de que la distribuci6n del personal en- tre las distintas Comisiones no perjudique el servicio ge- neral de la CAmara.