guerras por la independencia de Cuba, se computard como tiempo de naturalizaci6n y de residencia para la adquisi- ci6n del derecho que A los naturalizados recohoce el ar- ticulo 49. CUARTA La base de poblaci6n que se establece, en relaci6n con las elecciones de Representantes y de Delegados A la Con- venci6n Constituyente, en los articulos 48 y 115, podrA mo- dificarse por una ley cuando a juicio del Congreso lo exi- giere el aumento de habitantes que result de los censos peri6dicamente formados. QUINTA Al constituirse por primera vez el Senado, los Sena- dores, al efecto de su renovaci6n, se dividirAn en dos series. Los comprendidos en la primera, cesar6n al fin del cuarto aio, y los comprendidos en la segunda, al terminar el octa- vo; decidiendo la suerte los dos Senadores que correspon- dan, por cada Provincia, a una y otra series. La Ley establecerA el procedimiento para la forma- ci6n de las dos series en que haya de dividirse, A los efec- tos de su renovaci6n parcial, la CAmara de Representantes. SEXTA Noventa dias despubs de promulgada la Ley Electoral que habrA de redactary adoptar la Convenci6n Constitu- yente, se procederah elegir los funcionarios creados por la Constituci6n, para el traspaso del Gobierno de Cuba A los que resulten elegidos, conforme A lo dispuesto en la Or- den nimero 301 del Cuartel General de la Divisi6n de Cu- ba, de 25 de Julio del afio 1900. SEPTIMA Todas las leyes, decretos, reglamentos, 6rdenes y de- mis disposiciones que estuvieren en vigor al promulgarse esta Constituei6n, continuarAn observandose en cuanto no se opongan A ella, mientras no fueren legalmente deroga- das 6 nmodificadas. APENDICE ARTiCULO 1? El Gobierno de Cu'ba nunca celebrarA con ningfn Poder 6 Poderes extranjeros ningfin tratado fi otro pacto que menoscabe 6 tienda A menoscabar la inde- pendencia de Cuba, ni en manera alguna autorice 6 permi-