ARTICULO 33 No podrd imponerse, en ningfin caso, la pena de con- fiscaci6n de bienes. ARTICULO 34 Nadic estA obligado i pagar contribuci6n ni impues- to que no estuvieren legalmente establecidos, y cuya co- branza no se hiciere en la forma prescrita por las leyes. ARTiCULO 35 Todo autor 6 inventor gozarA de la propiedad exclu- siva de sn obra 6 invenci6n, por el tiempo y en la forma que determine la Ley. ARTiCULO 36 La enumeraci6n de los dereehos garantizados expre- samente por esta Constituci6n, no.excluye otros que se do- riven del principio de la soberania del pueblo y de la for- ma republican de Gobierno. ARTiCULO 37 Las leycs que regulen el ejereicio de los derechos que esta Constituci6n garantiza, serin nulas si los disminuyen, restringen 6 adulteran. SECTION SEGUNDA Derecho de sufragio ARTiCULO 38 Todos los cubanos, varones, mayores de 21 afios, tie- nen derecho de sufragio, con excepci6n de los siguientes-. Primero: Los asilados. Segundo: Los incapacitados mentalmente, previa de- claraci6n judicial de su ineapacidad. Tercero: Los inhabilitados judicialmente por causa de delito. Cuarto: Los individuos pertenecientes a las fuerzas de mar y tierra, que estuvieren en servicio active. ARTicULo 39 Las leyes establecerhn reglas y procedimientos que aseguren la intervenci6n de las minorias en la formaci6n