punto mAs centrico possible del nficleo de electores de la iSecci6n 6 del.,Colegio en que haya de funcionar. ART. 52.-Donde hubiere que organiizar nuevas Juntas Electorales, se dair4 ' su constituci6n toda la publicidad po- sible, A fin de que no sean ignoradas por ninguno .de los .electores en la Secci6n respective. ART. 53.-Para cubrir las vacantes que ocurrieren en las Juntas Electorales, se procederk segin previene el ar- ticulo 21 de la present Ley. 'Los Miembros y Suplentes de las Juntas Electorales de nueva constituci6n, que sirvieren sus eargos por designaci6n de los miembros de otra Junta Electoral, se considerarin con la relative mayoria que al ser elegidos hubieren alcan- zado sus designadores, a los efectos de los articulos 17 y 18 de esta Ley. No podra former parte de ninguna Junta Electoral 6 Provincial el individuo que figure como candidate para cualquier cargo pfiblico. CAPITiULO XI DE LAS VOTACIONES ARTICULO 54.-Toda votaci6n para elecci6n de cargo pfiblico se llevark A cabo en un solo dia. Comenzara A las site de la mafiana y terminarA A las seis de la tarde, hora en que se procedern al escrutinio de los votos. El dia designado para cualquier votaci6n serA 6 se de- clarara festivo, bien en toda la Isla, si fueren generals las eleceiones, bien en la localidad determinada si dichas elec- ciones fueren parciales. Mientras duren las votaciones no podrA estar A la puer- ta de ningiin Colegio Electoral, en caso alguno, la fuerza de ningfin institute armado, ni podra penetrar en el local sino por causa de perturbaci6n del orden, y mediante el reque- rimiento del Presidente ,de la Junta respective. ART. 55.-Antes de empezar la votaci6n en cualquier Colegio Electoral, se darA lectura pfiblica por un Miembro de la Junta A un document en que todos los individuos de dicha Junta, inclusos los Escribientes, se comprometeran A cumplir con fidelidad, segfin la Ley establecida, las obli- gaciones de sus cargos. Una vez leido el compromise, los que lo contraigan di- rAn con voz que pueda ser oida de todos en el local: "Pro- metemos (6 juramos) cumplirlo con toda lealtad": despu6s de lo cual firmarAn, con expresi6n de sus cargos 6 empleos, y se instalarA la Mesa Electoral. El compromise firmado formarA parte de la documen- taci6n de cada Junta Electoral