ta, fijando una en la parte exterior del local en que haya celebrado sus sesiones, otra en el lugar de costumbre del Ayuntamiento, y remitiendo la tercera, bajo sobre, al Go- bierno Civil de la Provincia para su oportuna entrega A la Junta Provincial. ART. 29�-Unidas las distintas hojas de la lista ori- ginal, inmediatamente y A continuaci6n del filtimo nom- bre, los tres Miembros de la Junta de Inscripci6n certifi- caran el numero total de los nombres que figure en dicha lista, y pondrAn sus respectivas firmas, rubricando ade- mas todas las hojas. ART. 30e-En las planillas 6 eddulas no podrA ha- cerse enimienda, adici6n ni raspadura. Si se cometiese algfin error, se harA constar seguidamente y sin dejar li- nea en blanco al terminar la explicaci6n, procediendo en la siguiente line A hacer el asiento interrumpido. ART. 31�-Inmediatamente de terminar las inscripcio- nes, cada Junta elegirA uno de sus vocales para que, reuni- dos en la Sala, de iSesiones del Ayuntamiento dentro del tercer dia, A las doce de la mafiana, designed por mayoria de votos el Delegado que ocho dias despu6s concurrirA A la capital de la Provincia, para elegir la Junta Provincial en la Asamblea de los Delegados de los Municipios. Ningdn Delegado podrA votar por mAs de cinco Voca- les y sus Suplentes. ART. 32.-Las Juntas de Inscripei6n'entregaran para su custodia A las Alealdias Municipales toda la documen- taci6n de sus trabajos, debidamente empaquetada, lacrada, sellada y rubricada, suspendiendo sus sesiones hasta que nuevamente se reuna para constituirse en Junta Electoral. CAPITULO VI. DE LAS JUNTAS PROVINCIALES ARTiCULO 33.-Las Juntas Provinciales se compondrAn de siete miembros con sus Suplentes, elegidos, por mayoria de votos, por los Delegados ,de los iMVunicipios. Tendran su residencia en la capital de la Provincia, elegirAn un Pre- sidente y un 'Secretario, tomarAn sus acuerdos por .mayo- ria de votos. Los Suplentes sustituiran a los propietarios en ausen- cia, vacant 6 enfermedad. ART. 34.-Las Juntas Provinciales seran organismos intermedios entire cada Distrito Electoral y la Junta Cen- tral de Escrutinio, con la cual se .comunicarAn desde su constituci6n. A ellas corresponderA la direeci6n inmediata de los procedimientos electorales; expediran las actas 6 cre- denciales a los candidates que proclamaren, continuando en