38 Princesa mi hija, e al dicho Principe su marido que asi lo hagan e cum- plan, e que esta sea su principal fin, e que en ello pongan much dili- gencia, e no consientan ni den lugar que los Indios, e besinos, e moradores de las dichas Indias e tierra firme ganadas e por ganar resciban agravio alguno en sus personas e bienes ; e mas manda que sean bien e justamente tratados, e si algun agrabio hanl rescibido lo remedien, e probean por manera que no se eceda en cosa alguna lo que por las letras apostolicas de la dicha concession anos iniungido e mandado. Consequencia de lo qual el Rey D. Fernando, nuestro Seior que Dios d6 Santo Paraiso, hizo ordenanzas, por las quales ordeno e mando que los Indios fuesen encomendados a buenas personas vesinos e pobladores de las dichas Indias, que los tratasen bien de viandas, e mantenimientos e les diesen para bistuario, y en que dormiesen que no fuese en suelo, y que les industriasen las cosas de la fee, y los llebasen a las Iglesias los dias de do- mingos e fiestas principals, e que a ninguno pudiesen ser dados ni en- comendados mas de ciento e cinquenta Indios ni menos de quarenta, e que no se arrendasen ni enagenasen de unas personas a otras, e les degen olgar cierto tiempo del afo, y entender en sus fasiendas, y labranzas, y no les hacen carga alguna sino lo que cada uno quisiese Ilebar por su bolun- tad para su mantenimiento, e que no les agan trabajar demasiado, etc. Estan prevertidaslas dichas ordenanzas en much desorden, e contrario uso, de done ha venido que por ser mal tratados, e peor mantenidos, e muncho trabajados se han deminuido de un quento de animals que havia en la Espanola a que no han quedado sino quince 6 diez e seis mill, 6 fenes- ceran todos si no son presto remediados y desagraviados. Fue fecha relacion a su A. que cumplia a su serbicio que mandase ha- cer grangerias con los dichos Indios para si, e fisiese muchas mercedes de Indios a otros particulares, e que embiasen repartidores, lo qual todo ha redundado en probecho particular de quien hizo la dicha relacion, e de los que por su mano han tenido a cargo las dichas grangerias por su A., dan- do a su A. mas gasto que provecho, faciendo con ellos para si otras maio- res grangerias, e arrendando los Indios, e travajandolos demasiadamente, 6 mal mantenidos, e peor tratados, e lo mismo se ha hecho e haze de los Indios que se han dado por mercedes contra la dispusicion de la clau- sula del testamento de la Reyna, y en biolacion y quebrantamiento de las dichas ordenanzas, y en dano y perjuicio de los Pobladores e agravio de los dichos Indios en esta manera. El secretario Lope de Conchillos firmo del Rey merced para si de tre- sientos Indios en la Espanola, y en la Isla de Sant Juan de trecientos, y