21 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1733 np En A 6 SOA DEAE GS STD SE IVS ATEN A TSN DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del ‘Comercio Exterior, a los veinte dias del mes de no- viembre del dos mil. Ratil de la Nuez Ramirez Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 612 del 2000 POR CUANTO:. Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No, 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacioén de la politica del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comer- cial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”’, es- tablece el procedimiento para la tramitacién de las so- licitudes de. renovacién de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la CAmara de Comercio de la Reptiblica de Cuba. _ POR CUANTO; El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- ‘tranjeras, ha elevado a la consideracién del que resuel- ve el expediente incoado en virtud de la solicitud pre- sentada por la firma francesa SCHNEIDER ELECTRIC INDUSTRIES, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, , Resuelvo: PRIMBRO:. ‘Autorizar la renovacién de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Ca- mara de Comercio de la Republica de Cuba, a la fir- ma francesa SCHNEIDER ELECTRIC INDUSTRIES, S.A. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma SCHNEIDER ELECTRIC INDUSTRIES, S.A., en Cuba, a partir de la renovacion de la Licencia, sera la reali- zacion de actividades comerciales relacionadas con las mercantias que a nivel de partidas y subpartidas aran- celarias se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolucién. TERCERO: (la Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolucién,* no autoriza la realizacién de las actividades siguientes: —Importar y exportar directamente, con caracter co- mercial; : —Realizar el comercio mayorista y minorista en gene- ral de ‘productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantia, expresamente acordados en Jos contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; —Distribuir y transportar mercancias en el territorio nacional, 2 CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucién. COMUNIQUHSE la presente Resolucién a los Vicemi- — nistros -y Direotores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolucién al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la Republica, a la Em- presa para la Prestacién de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direc- cidén de Inmigracién y Extranjeria, a ETECSA, al Rey, gistro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese el original de la misma en la Direccién Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veinte dfas del mes de no- viembre del dog mil. Ratil de la Nuez Ramirez Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 613 del 2000 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comer- cial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras’, es- tablece el procedimiento para la tramitacidén de las solicitudes de renovacién de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba., POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideracién del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud pre= sentada por la firma japonesa SUMITOMO CORPO- RATION. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la renovacidn de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cé- mara de Comercio de la Reptiblica de Cuba, a la firma japonesa SUMITOMO CORPORATION. SEGUNDO: . El objeto de la Sucursal de la firma SUMITOMO CORPORATION, en Cuba, a partir de la renovacién de la Licencia, sera la realizacién de actividades comerciales relacionadas con las mercan- cias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se describen en el Anexo No. 1 que forma parte inte- grante de la presente Resolucion. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolucién, no autoriza la realizacién de las actividades siguientes: