1728 GACETA OFICIAL 21 de noviembre del 2000 sic 7 : s ; sas . : coe EE No, 52, de 18 de febrero de 1999, Ia que consecuente- ‘mente. quedaré in ‘@tecto. —iNoimenclatiira permanente de pocenchts de exporta- cién (Anéxo No. 1). —Nomenclatura permanente de ‘phoductas: de Eee cién (Anexo No. 2). ~—Nomenclatura temporal de productos de ieeporiacion, por el término de dos (2) afios (Anexo No. 3). SEGUNDO: La itnportacién de las mercancfas com- prendidas en la nomenclatura qué. por la presente. se aprueba, sélo podra ser ejecutada con destino a cum- plir los fines previstos denfra de su objeto social. TERCERO: ba importacién de mercancfias sujetas a _autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la “nomenclatura ‘de importacién que se concede a la. en- ‘tidad solicitante, deber4 interesarse, previamentée a la ejecucién de la importacién, en la forma ‘establecida para cada caso segtin: proceda. CUARTO: La Firma Comercial GUAMA, al amparo , de. la Resolucién No. 200, dictada. por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la exporta- cién. y/o importacién ‘eventual. de los productos ‘que requiera, cuyas Dome RC ISnres no ‘se "aprueban Eee la presente. . “ COMUNIQUESE - la‘ presente Resolucién al ‘interesado, a: la’-Aduana General dela Repubblica, al’ “Ministerio. de Finanzas y Précios y demas Organismos de la Admi- nistracién Central ‘del Estado, al Banco ‘Central. de’ Cuba, -al Banco Financiero Intefnacional, al’ Banco: In- ternational de Comercio SiA., al Banco Exterior: de Cuba, a. los Viceministros y Directores del Ministerio, al -Pre- - sidente de la Camara de Comercio y ‘a los Directores de Emprésas, Publiquese en la Gaceta Oficial para ‘general conocimiento y archivese ‘el original ‘en la Di- reccién Juridica. DADA en la ciudad de la Habana, Ministerio del” Comercio Exterior, a los diecisiete dias del mes de noviembre del dos mil. Rail de la Nuez Ramirez Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 604 del 2000 POR CUANTO: ‘Corresponde al Ministerio del Co- mercio ‘Exterior, en virtud de lo dispuésto en-el Acuerdo ‘No. 2821, adoptado ‘por el ‘Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacién de la pol{tica del Es- tado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal ‘efecto tiene la atribucién de conceder faculta- des para realizar operaciones de exportacién e impor- tacién, determinando en cada caso la nomenclatura de mercancias que seran objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resolucién No, 592, de 23 de diciembre de 1997, dictada por el Ministro del Co- mercio Exterior, la concesidn y cancelaciédn de facultades de comercio ‘exterior, asi como la modificacién de nomenclaturas “de productos autorizados, a las empresas estatales y sociedadés miercantiles cubanas. POR CUANTO: La Agencia de Espectaculos Artfs- tictos TURARTE, S.A. de conformidad con lo estable- “nistracién “Cuba, al Banco Financiero Internacional,.al Banco In- fue establecido ‘el Procedimiento para cido, ha‘ presentado la correspondiente solicitud a los efectos de que se le concedan facultades para realizar operaciones de comercio exterior, asi como se le auto- rice la correspondiente nomenclatura -de productos de exportacién, a los fines previstos en su objeto social. POR CUAINTO: El Consejo de Direccién de este Mi- nisterio ha considérado procedente acceder a la solici~ tud interesada por la citada entidad. - POR TANTO: En uso de las facultades que me estd4n conferidas, ; Resuelvo: ; PRIMERO: Autorizar a la Agencia: de Espectdculos Artisticos TURARTE,. S.A., identificada a los efectos estadisticos con el Cddigo No. 569, para que. ‘ejecute directamente la exportacién de las mercancias que a ni- ' vel de ‘subpartidas arancelarias;-'se indicanen el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Reso- Jucién. —Nomenclatura meat areSete® de productos a eee cién (Anexo No. 1). SEGUNDO: La Agencia de Espectdculos Artisticos TURARTE, S.A., al amparo de la Resoluciédn No. 200, dictada. por el Ministro del Comercio Exterior en fecha 4 de junio de 1996, podra4 solicitar la exportacién even- ‘tual ‘de productos, cuya nomenciatura no. sé aprueba por la ‘presente. DISPOSICION: ESPECIAL : UNICA: Se concede un plazo-de treinta’-dias,. con- tados a partir de la: fecha de la’ presente’ Resolucién, para que la entidad autorizada en virtud: del- Apartado Primero, formalice ‘su inscripcién en ‘el Registio Na- ‘cional ‘de Exportadores e Importadores, adscrito a la Camara de Comercio de la: Reptiblica. de: Cuba. COMUNIQUESE la presente Resolucién al interesado, ala Aduana General de la Republica, al Ministerio de Finanzas y Precios y demas Organismos de la Aidmi- Central del Estado, al. Baneo Central de ternacional de Comercio, S.A:,. al Banco Exterior de Cuba, a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y alos Di- rectores de Empresas. Publiquese en la: Gaceta Ofi- cial para general conocimiento y archivese el original en la Direccién Juridica. : DADA en la ciudad de La ‘Habana; Ministerio del Comercio Exterior, a los diecisiete dias del mes de noviembre del dos mil. Raul. de la Nuez Ramirez Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 606 del 2000 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el. Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar -y controlar la aplicacién de la polftica del Estado y del Gobierno en la actividad comercial ex- terior, y a tal efecto tiene la atribucién de conceder fa- cultades para realizar operaciones de exportacién e importacién, determinando en cada caso la nomencla-