1718 GACETA OFICIAL 20 de noviembre del 2000 { empresas, Grupo, Asociacién y otras entidades econé- micas, el cambio de objeto, implique o no cambio de actividad econémica, él cambio de denominacién y el cambio de domicilio legal. . POR CUANTO: La aplicacién pradctica:de las dispo- siciones contenidas en la: citada Resolucion No. 100, de 25 de abril del 2000, del que resuelve, ha demostrado la conveniencia de introducir mecanismos que agilicen el proceso de consultas a los Orgariismos de la Admi- nistracién Central del. Estado que participan en estos procesos mediantes discusiones personales y directas con los funcionarios de cada uno de ellos. POR CUANTO: Resulta necesario crear una comisién de nuestro Ministerio para oir el parecer del Ministerio de Finanzas y Precios, el Ministerio de Trabajo y Se- guridad Social, el Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente, el Ministerio del Comercio Interior y otros organismos y érganos segiin corresponda. FOR CUANTO: De conformidad con el inciso 4 del Apartado Tercero del Acuerdo del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, para control administrativo Acuerdo No. 2817, son deberes, atribuciones: y funciones comunes de los jefes de los Qrganismos de la. Administracién Central del Estado _dictar, en el limite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obli- gatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y en su caso, para los demas Organismos, los Organos Locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la poblacion. POR TANTO: &n uso de las‘ atribuciones que me estan conferidas, : Resuelvo: PRIMERO: Crear una comisién para analizar y dis- cutir las propuestas que se presenten de precisiones, ampliaciones o modificaciones. de objetos sociales em- presariales, asi como. cualquier otra relacionada con lo anterior, segtin el procedimiento que se anexa a la presente Resolucién y que forma parte. integrante de la misma, e integrada por un Viceministro de este Ministerio, que la presidira, el Director de la Direccién . de Perfeccionamiento Empresarial especialistas de esta direccion y de otras direcciones de este Ministerio se- gin corresponda. La citada comision se reunira periddicamente para oir el parecer de los Ministerios de Finanzas y Precios, de Trabajo y Seguridad Social, del Comercio Interior, de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente, y de otros or- ganismos segun corresponda, los Consejos de la Admi- nistracién Provinciales del Poder Popular, el Grupo Eje- cutivo de Perfeccionamiento Empresarial, la Secreta- via del. Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros: y la Central de Trabajadores de Cuba. ‘SEGUNDO: Una vez analizada y discutida la pro- puesta en la mentada Comisién, ésta queda encargada de proponer la autorizacioén correspondiente al Ministro ‘de Economia y Planificacién o de proponer se someta Ja misma a la consideracién de la Comisiéh Central de Divisas cuando asi lo estime pertinente. TERCERO: Comuniquese, con remisiédn de copia de esta Resolucién, a la Secretaria. del Consejo de Minis- tros y de su Comité Ejecutivo, a los Organismos de la Administracién Central del Estado, a los Consejos de*la Administracién del Poder Popular, a los demas Organos y Organismos del Estado, a la Oficina Nacio- nal de Estadisticas y a cuantas mas personas naturales y juridicas corresponda. CUARTO: Publiquese en la Gaceta Oficial de la _ Republica para general conocimiento y archivese el ori- ginal de la misma en el Departamento de Organizacién y Asesoria Juridica de este Ministerio. Dada, en Ciudad de La Habana, 10 de noviembre del 2000. ; José Luis Rodriguez Garcia Ministro de Economia y. Planificacién ANEXO PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACION ‘DE PRECISIONES, AMPLIACIONES O MODIFICACIONES _ DEL OBJETO SOCIAL DE LAS EMPRESAS ESTATALES, UNIDADES PRESUPUESTADAS . ¥ SOCIEDADES 100-% CUBANAS 1. Las propuestas a evaluar, ya sea precisién, amplia- cién o modificacién de objetos sociales, debe basarse en lo siguiente: 4 a) Exposicién: del objeto social actual o actividad que viene realizando y del objeto social a pro- poner, fundamentando las causas que motivan la propuesta y las ventajas que se esperan obtener. b) La seguridad de que el objeto social que se auto- rizara permite alcanzar resultados econémicos y financieros favorables a la entidad. , c) En las organizaciones superiores, salvo ‘casos excepciones, el objeto social debe limitarse a ac- tividades de coordinacién, facilitacién y control, dirigidas al sistema empresarial que se le integra’ o subordina. ee eee: d) En cualquier tipo de entidad ‘su objeto social debe ' basarse, en lo fundamental, en el propésito de la inversién o medios basicos traspasados que le dieron origen, pero definiendo en dicho objeto social la familia de productos que produce con la tecnologia instalada o que. comercialice. e) Si la ampliacién o modificacién de objeto social obedece a nuevas facultades otorgadas, acompa- fiar las autorizaciones concedidas. ; f) Debe analizarse la conveniencia econdmica de Ja ' propuesta al compararla con la _ contratacién de: los servicios que se pretenden prestar a otras entidades especializadas, dentro o fuera del sis- tema empresarial que atiende el proponente. 2. Cuando el objeto social empresarial incluya la pres- tacion de servicios a terceros, tanto dentro como fuera del sistema, debe analizarse: a) Si estas actividades permiten aprovechar capa- cidades subutilizadas, de las cuales la entidad no puede’ desprenderse. : 4 b) Si se requiere la erogacién de nuévos gastos de inversion, lo cual puede no ser aconsejable.