1716 POR CUANTO: E] Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, -ha elevado a la consideracién del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presen- tada por la firma canadiense HODSON SUGAR, LTD. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: .Autorizar la renovacién de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de- Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Ca- mara de Comercio de la Republica de Cuba, a la firma canadiense HODSON SUGAR, LTD. ; SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la firma’ HODSON SUGAR, LTD., en Cuba, a partir de la re- novacién de la Licencia, sera la realizacién de activi- dades comerciales relacionadas con las mercancias que a nivel de. partidas y subpartidas arancelarias se des- criben en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion. TERCERO: La Licencia que se. otorgue al amparo de la presente Resolucién, no autoriza la realizacién de las actividades siguientes: —Importar y exportar directamente, con eames co- mercial; —Realizar el comercio mayorista y minorista en gene- Tal de productos y servicios, excepto: les. servicios de _ post-venta y garantia, expresamente acordados. en los contrates que amparan las operaciones, de comercio exterior; —Distribuir y transportar mercancias en. el territorio ; nacional, CUARTO: El Encargado del Registro Nacional . de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- ‘tranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucién. (COMUNIQUESE la presente Resolucién a los Vice- ministros y Directores del Ministerio del Comercio Ex- terior, al Encargado del Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la pre- sente Resolucién al interesado; a los Directores de. Em- presas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Gentral de Cuba, al Banco Financiero Internacional, ‘al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco ¥xterior de Cuba, a la Aduana General de la Rept- blica,,a la Empresa para la Prestacién de Servicios a Extranjeros, CUBAILSE, a la compafia ACOREC S.A., a la Direccién de Inmigracién y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Pu- bliquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese el original de la misma en la Direccién Juridica. © ADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los trece dias del mes de noviem- bre del dos mil. Raul de la Nuez, Ramirez Ministro del Comercio Exterior GACETA OFICIAL 20 de noviembre del: 2000 RESOLUGION No, 591 del 2000 . POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Cos mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Atuer- do No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Con-. sejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de. 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacién de la politica . del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad: co- mercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ‘“Reglamento del Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el procedimiento para la tramitacién de las solicitudes de renovacién de Licencias presentadas ante. dicho Registro, adscrito a la CAémara de Comercio: de. la Republica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registre. Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideracién del que resuel- ve el expediente incoado en virtud: de la solicitud pre- sentada por la firma mexicana EDITORIAL LIMUSA, S.A. DE C.V. ‘POR TANTO: En uso de las facultades que.me- estén conferidas, Ps Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la renovacién de la. Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito as la. Ga- - mara de Comercio de la Republica. ‘de Cuba, a: ‘Ta: fir- : ma mexicana EDITORIAL LIMUSA,: S.A. DE CV. : SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la ‘firma | EDITORIAL LIMUSA, S.A. DE C.V., en Cuba, a partir de Ja renovacién de la Licencia, sare la realizacién de actividades comerciales relacionadas con las mercancfas que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se describen en el Anexo No. 1 que forma. parte integranté de la presente Resolucién. 7 TORCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolucién, no autoriza la realizacion de las actividades. siguientes: —Importar y exportar directamente, con caracter: co- mercial; —Realizar el comercio mayorista y, minorista en gene- ‘ral de productos. y servicios, excepto los. servicios de post-venta y garantia, expresamente acordados en los. contratos que amparan las See de comercio. exterior; —Distribuir y transportar mercancfas en el territorio “nacional. eosin CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Sua- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucién. COMUNIQUESE la presente Resolucidn a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agerites de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ads- crito a la Camara de Comercio de la Republica de- Cuba, quien queda responsabilizado de notificar- la- pre- gente Resolucién al interesado; a los Directores de Em- presas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al-