GAC] DE LA REPUBLICA DE CUBA ISSN 0864-0799 MINISTERIO DE JUSTICIA EDICION ORDINARIA LA HABANA, LUNES 13 DE NOVIEMBRE DEL 2000 ANO XCVIII SUSCRIPCION Y DISTRIBUCION: Calle O No. 216 entre 23 y 25, Plaza, Codigo Postal 10400. Teléf.: 55-34-50 al 59 ext. 220 Numero 85 — Precio $0.10 MINISTERIOS FINANZAS Y PRECIOS-COMERCIO EXTERIOR RESOLUCION CONJUNTA N?® 41/2000 MINISTERIO DE FINANZAS Y ERED E ISS ERIG DEL COMERCIO EXTERIOR POR CUANTO: La Reptiblica de Cuba y la Republica del Ecuador suscribieron el 10 de mayo del 2000 en Mon- tevideo, Uruguay, el Acuerdo de Complementacién Eco- némica n® 46 en el marco de la Asociacién Latinoame- ricana de Integracién (ALADI), cuyos anexos I y II quedaron incluidos en dicho Acuerdo. POR CUANTO: Ha sido cumplido el trdmite admi- nistrativo de aprobacién previsto en el Decreto-Ley 191 de 8 de marzo de 1999 “De los Tratados Internacionales”. POR CUANTO: El Decreto-Ley 124, relativo al Aran- cel de Aduanas de la Reptiblica de Cuba de 15 de octu- bre de 1990, en su articulo 12, inciso b), en relacién con lo dispuesto en el Decreto-Ley 147, de la reorganizacién de los organismos de la Administracién Central del Estado, de 21 de abril de 1994, ha facultado a los que resuelven para dictar de conjunto disposiciones, a fin de modificar los derechos de aduanas, de conformidad con los acuerdos internacionales que suscriba la Rept- blica de Cuba. “Pagina 1653 POR TANTO: En uso de las facultades que nos estén conferidas, Resolvemos: PRIMERO: Poner en vigor las concesiones arancela- rias otorgadas por la Republica de Cuba a la Republica del Ecuador en virtud del Acuerdo de Complementacién Econémica n° 46 suscrito en Montevideo, Uruguay, el 10 de mayo del 2000, por los representantes de los gobier- nos de ambos paises antela ALADI — SEGUNDO: Los anexos I y II referidos a las conce« siones otorgadas entre la Republica de Cuba y la Repu- blica del Ecuador, correspondientes al méncionado Acuer- do de Complementacién Econémica, se adjuntan a la presente Resolucién Conjunta. Comuniquese la presente Resolucién a la Aduana Ge- neral dela Republica de Cuba y al Ministerio de Rela ciones Exteriores. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archivense los originales de la misma en las direcciones juridicas de ambos ministerios, Dada en Ciudad de La Habana, a 10 de noviembre del 2000. Manuel Millares Rodriguez Ministro de Finanzas y Precios Ratil de Ja Nuez Ramfrez Ministro del Comercio Exterior ANEXO 1 : PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA A ECUADOR PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ k {SA DESCRIPCION 0302 Pescado fresco 9 refrigerado, excepto los filetes y demds carne de pescado de la partida n® 03.04, 0302.1 Salménidos, excepto los higados, huevas y lechas: “ 0302.11.00 Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster.) - Pore. REGIMEN elle ACUERDO. ‘Pref. OBSERVACION 100 1654 GACETA OFICIAL | 13 de noviembre del 2000 IAEA SET BST I DNS SPS EPS TSS PTY TE BM RO TREY PSPC BRESCIA RSRISTED, PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ {Sa 0302.19.00 0303 0303.2 0303.21.00 0303.29.00 0709 0709.5 0709.51.00 0713 0713.3 0713.33 0713.33.90 0803 0803.00.00 0810 0810.10.00 0902 0902.20.00 - 0902.40.00 1005 1005.90 1005.90.90 1008 1006.30 1006.30.10 1006.30.20 1008 1008.90.00 1102 1102.90 DESCRIPCION Los demas. Pescado congelado, excepto los filetes y demas carne de pescado de la partida numero 03.04. Los demas salménidos, excepto los higados, huevas y lechas: fruchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, “Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster.) Los demas, Las demas hortalizas (incluso silvestres), frescas o refrigeradas. Setas y demas hongos; trufas: Setas y demas hongos. Hortalizas (incluso silvestres) de vaina seca, desvainadas, aunque estén mondadas o partidas. Porotos (frijoles, fréjoles, alubias, judias)* (Vigna spp., Phaseolus spp.): Poroto (frijol, fréjol, alubia, judia)* tomtin (Phaseolus vulgaris.) Los demas. Bananas o platanos, frescos o secos, Bananas o platanos, frescos o secos,. Las demas frutas u otros frutos, frescos. Frutillas (fresas)*. _ ; Té, incluso aromatizado. Té. verde (sin fermentar) presentado de otra forma. Té negro (fermentado) y té parcialmente ‘fermentado, presentados de otra forma. Maiz. Ee: Los demas. Los demas. Arroz. _ ee ‘Arroz semiblanqueado o blanqueada, incluso pulido o glaseado, Sin pulir ni glasear. Pulido o giaseado, Alforfén, mijo y alpiste; los demas cereales. Los demas cereales, Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranqui!lén), Las demas. REGIMEN DEL ACUERDO. Pref, Porc. OBSERVACION 100 100 100 50 FRESCOS. 100 100 100 100 100 100 100 100 100 — QUINUA, 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ [SA 1102.80.90 1103 1103.1 1103.13.00 1106 1106.30.00 ~ 1108 1108.1 1108.12.00 1108.14.00 1201 1201.00.90 1208 1208.90 1208.90.90 1302 1302.1 1302.14 1302.14.10 1507 1507.10.00 1507.90.00 1511 1511.10.00 1511.80.00 1512 1512.1 1512.19 1512.19.10 DESCRIPCION Las demas. Grafiones, sémola y “pellets”, de cereales. Grafiones y sémola: De maiz. Harina, sémola y polvo de las hortalizas © (incluso silvestres) de la partida n° 07.13, de sagt o de las raices o tubérculos de Ja partida n® 07.14 6 de los productos del capitulo 8. De los productos del capitulo 8. Almidén y fécula; inulina. Almidén y fécula: Almidén de maiz, Fécula de mandioca (yuca)*. Habas (porotos, frijoles, fréjoles)* de soja (soya), incluso quebrantadas. Las demas, Harina de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza. Las demas, Las demas. Jugos y extractos vegetales; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar y demas mucilagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados. Jugos y extractos vegetales: De piretro (pelitre)* o de raices que contengan rotenona. De piretro (pelitre)*. Aceite de soja (soya) y sus fracciones, 4ncluso refinado, pero sin modificar quimicamente. Aceite en bruto, incluso desgomado. Log demas, Aceite de palma y sus fracciones, 4ncluso refinado, pero sin modificar quimicamente, : Aceite en bruto. Los demas. Aceites de girasol, cartamo o algodén, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar quimicamente. Aceites de giraso] o cartamo, y sus fracciones: Los demas. De girasolL ‘GACETA OFICIAL 1655 REGIMEN DEL ACUERDO, Pref, : Pore. OBSERVACION 100 100 MAICENA, 100 HARINA DE BANANOS © PLATANOS, 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 1656 GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2600 a al PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA 1515 1515.2 1515.29.00 1515.30 1515.30.10 1515.30.90 1516 1516.20 1516.20.1 1516.20.19 1517 1517.10.00 1517.90 1517.90.90 1518 1518.00.00 DESCRIPCION - Las demds grasas y aceites vegetales fiJos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar quimicamente. 2 Aceite de maiz y sus fracciones: . Los demas, _Aceite de ricino y sus fracciones. Aceite en bruto. Los demas. Grasas y aceites, animales 0 vegetales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo. : Grasas y aceites, vegetales, y sus fracciones. Que no presentan el cardcter de ceras: Los demas. Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales © vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este capitulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus " fracciones, de la partida n? 15.16. Margarina, excepto la margarina liquida, Las demas. Las demas, Grasas y aceités, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos,. oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacio o atmosfera inerte (“estandolizados”), o modificados quimicamente de otra forma, excepto los de la partida n° 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias ° de grasas o de aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes @rasas 0 aceites de este capitulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte, Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, sop!ados, Ppolimerizados por calor en vacio o atmosfera inerte (“estandolizados”), o modificados quimicamente de otra forma, excepto los de la partida n° 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas go aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. 100 100 100 100 100 100 OBSERVACION MANTECA, MEZCLAS DE GRASAS O DE ACEITES ANIMALES O VEGETALES. 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA 1604, 1604.1 1604.13 1604.13.10 1604.15.00 1604.20 1604.20.9 1604.20.94 1605 1605.20.00 ’ 1704 1704.10.00 1704.90 1704.90.20 1704.90.30 1801 1801.00.10 1801.00.20 1802 1802.00.10 1802.00.20 1803 1803.10.00 , 1803.20.00 1804 1804.00.00 1805 1805.00.00 DESCRIPCION grasas o aceites de este capitulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte. Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus suceddneos preparados con huevas de pescado. Pescado entero o en trozos, excepto el pescado picado: Sardinas, sardinelas y espadines. Sardinas. Caballas. Las demas preparaciones y conservas de pescado, Las demas: De sardinas, de sardinelas o de espadines, Crustaceos, moluscos y demas invertebrados acuaticos, preparados o conservados. ; Camarones, langostinos y demas Decapodos natantia. Articulos de confiteria sin cacao (incluido el chocolate blanco). Chicles y demas gomas de mascar, incluso recubiertos de azticar. Los demas, Bombones, caramelos, confites y pastillas. Che : Jaleas y pastas de frutos presentados como articulos de confiteria. Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado, Crudo. Tostado. Cascara, peliculas y demas residuos de cacao. Cascara y peliculas (cascarillas). Tortas residuales. Pasta de cacao, incluso desgrasada. Sin desgrasar. Desgrasada total o parcialmente. Manteca, grasa y aceite de cacao. . Manteca, grasa y aceite de cacao. Cacao en polvo sin adicién de azticar ‘ni otro edulcorante. (Cacao en polvo sin adicién de aztcar ni otro edulcorante. GACETA OFICIAL | 1657 REGIMEN DEL ACUERDO, Pref. ae Pore. OBSERVACION 100 GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES Y SUS FRACCIONES, 100 100 180 DE SARDINAS. hig ‘ 100 100 100 100 100 100 100 100 400 "100 100 100 dea _GACETA OFICIAT 19 de noviembre’ det 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. _* REGIMEN DEL ACUERDO. ' NALADI/ 5 | Pret, ISA DESCRIPCION Por. «= OBSERVACION 1806 Chocolate y demas preparaciones | oe alimenticias que coritengan cacao. 1806.10.00 Cacao en polvo con adicién de azicar u otro edulcorante. 100 1806.20 Las demas preparaciones, bien en bloques o barras con peso superior a 2kg, bien en. forma liquida o pastosa, o en polvo, granulos o formas similares, én recipientes o envases inmediatos con un ( contenido superior a 2 kg. 100 i EN BLOQUE Oo BARRAS, PESO SUPE- 4806.20.10 Chocolate, RIOR A 2KG. . 1806.3 Los demas, en bloques, tabletas 6 barras: i say bee ' 1806.31.00 Rellenos. - 60 CHOCOLATES, ieee 1806.32 Sin rellenar. ; : t 1806.32.10 Chocolate. 100 1806.90 Los demas. : 2806.90.90 Los demas. ; : 100 1902 Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) © preparadas de otra forma, tales como: . espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, . 7 . lasafias, fiouis, ravioles, canelones; cuscus, incluso preparado. : 1902.1 Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma: 1902.11.00 Que contengan huevo. - - 100 1902.19.00 Las demas. 100 1902.20.00. Pastas alimenticias rellenas, incluso cocidas o preparadas de otra forma. . ~ 100 1902.30.00 Las demas pastas alimenticias. 100 . 1904 Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maiz); cereales (excepto el maiz) en grano'o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto # la harina y sémola), precocidos o A preparados de otro modo, no expresados : : ni.comprendidos en otra parte. 1904.90.00 Los demas. 100 2001 ' Hortalizas (incluso silvestres), frutas u otros frutos y demas partes comestibles de plantas, preparados ‘9 conservados en : vinagre o en acido acético. 2001.90 Los demas. 2001.90.30 . Palmitos. . ; 100 2002 Tomates preparados o conservados (excepto en vinagre o en acido acético). 2002.90.00 Los demas. 100 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAD ta 1659 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ ._ Pref. ISA DESCRIPCION 5 Porc. OBSERVACION 2003 Setas y demas hongos, y trufas, : preparados 9 conservados (excepto en vinagre o en acido acético), : 2003.10.00 Setas y demas hongos. 50 2005 Las demas hortalizas (incluso silvestres) preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en acido ‘acético), sin congelar, excepto los productos de la partida n° 20.06. 2005.40.00 Arvejas (chicharos, guisantes)* (Pisum sativum.) : 100 2005.60.00 Esparragos. 100 2005.80.00 Maiz dulce (Zea mays var. saccharata.) 100 2005.90 Las demas hortalizag (incluso silvestres) y las mezclas de hortalizas (incluso silvestres), 2005.90.10 Alcachofas (alcauciles), 100 2005.90.90 Las demas. 100 2007 ‘ Confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cdcciédn, incluso con adici6n de azucar u otro edulcorante. 2007.9 Los demas: 2007.91 De agrios (citricos). 2007.91.10 Confituras, jaleas y mermeladas, 100 2007.99 Los demas. 2007.99.10 Confituras, jaleas y mermeladas. : 100 2008 : Frutas u otros frutos y demas partes comestibles de plantas, preparados o _conservados de otro modo, incluso con adicién de aztcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte. 2008.1 Frutos de cascara, manies (cacahuates, : cacahuetes)* y demas semillas, incluso mezclados entre si: : 2008.11.00 Manies (cacahuates, cacahuetes)*, 50 MANTECA, _ 100 LOS DEMAS, EXCEPTO TOSTABOS. 2008.20 Pifias (anandas). 2008.20.10 En agua con adicién de azticar u otro edulcorante, o en jarabe. 100 INCLUSO COMPOTAS. 2008.70 Duraznos (melocotones)*. 2008.70.10 En agua con adicion de azucar u otro : edulcorante, o en jarabe. 100 2008.9 Los demas, incluidas las mezclas, excepto ae las mezclas de la subpartida n® 2008.19: 2008.91.00 Palimitos. : ~ 100 x 1660 GACETA OFICIAL: 13 de noviembre del 2000 en nena PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. ‘ REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ ¥ as) Glee, : /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 2008.99.00 Los demas, oa "400 EN AGUA EDULCORADA, EXCEPTO : : CIRUELAS, MAMEY, MANGOS, MAN- ZANAS Y PAPAYAS. 2009 Jugog de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva) o de hortalizas (incluso silvestres) sin fermentar y sin adicidn de alcohol, incluso con adicién de azticar u otro edulcorante.: 2009.1 Jugo de naranja: 2009.19.00 Los demas. 50 2009.20.00 Jugo de toronja o pomelo. i 50 2009.50.00 Jugo de tomate, , 100 ey 2009.80 . | Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u hortaliza (incluso silvestre). ; 2009.80.10 De frutos. ; 100 CONCENTRADO DE MARACUYA, 100 LOS DEMAS, ee 2102 Levaduras (vivas o muertas); los demas microorganismos monocelulares’ muertos (excepto las vacunas de la partida numero 30.02); polvos de levantar preparados. 2102.10 Levaduras vivas. 2102.10.10 Levaduras madres de cultivo. 100 2102.20 . Levaduras muertas; los demas microorganismogs monocelulares muertos. 2102.20.10 Levaduras muertas. i 100 ‘2103 Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza ; , preparada. 2103.20 “Ketchup” y demas salsas de tomate. 2103.20.10 | “Ketchup”. 50 2103.30 Harina de mostaza y mostaza preparada, 2103.30.20 Mostaza preparada. BU 2103.90 Los demas. 4 - 2103.90.10 Mayonesa. SE 100 2103.90.90 Los demas, tates 100 CONDIMENTOS Y SAZONADORES ; COMPUESTOS. ' 2106 Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte. 2108.90 Las demas. 2106.90.30 Polvos, incluso con adiciédn de azticar u otro edulcorante, para la fabricacién de budines, cremas, helados, flanes, 4 gelatinas o preparaciones similares, 100 DE BUDINES. 2106.90.40 Preparaciones compuestas del tipo de las 100 CONCENTRADOS A BASE DE EXTRAC- utilizadas para la: elaboracion de TOS VEGETALES DE LA PARTIDA bebidas, __. . 1302, NO ALCOHOLICOS 0 DE GRADO 13 de noviembre del 2000 GACETE OFICIAT ‘ 1661 ER SRLS TS DS TRIOS DLO LEE DE IIIT IE TET TT ETE TE IEE IC SIT OTE TIES IO TTT EE LOI EI PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA 2207 2207.10.00 2208 2208.40.00 2208.70 2208.70.10 2301 2301.20 2301.20.10 2513 2513.1 2513.11.00 2817 2817.00.10 2905 - 2905.4 2905.44.00 2916 2916.20 DESCRIPCION Alcohol etilico sin desnaturalizar con grado alcohdlico volumétrico superior o igual al 80 % vol.; alcohol etilico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduacion. Alcoho]. etilico. sin. desnaturalizar con grado alcohdlico volumétrico superior o igual al 80 % vol. Alcohol etilico sin desnaturalizar con grado alcohdlico volumétrico inferior al 80% vol.; aguardientes, licores y demas bebidas espirituosas. Ron y demas aguardientes de cafia. Licores. De anis. Harina, polvo y “pellets”, de carne, despojos, pescado o de crustaceos, moluscos o demas invertebrados . acuaticos, impropios para la alimentacién . humana; chicharrones.’ Harina, polvo y “pellets”, de pescado o de crustaceos; moluscos o demas invertebrados acuaticos. . De pescado. Piedra pomez; esmeril; corindén natural, granate natural -y demas abrasivos naturales, incluso tratados térmicamente. Piedra pomez: En bruto o en trozos irregulares. incluida la quebrantada (grava de piedra pomez o “bimskies’”). : Oxido de cinc; perdxido de cine, Oxido de cine (blanco de cinc). Alcoholes aciclicos y sug derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados. Los demas polialcoholes: D-glucitol (sorbitol). Acidos monocarboxilicos aciclicos no saturados y acidos monocarboxilicos ciclicos, sus anhidridos, haJogenuros, perdxidos y peroxidcidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados 0 nitrosados. Acidos Tena Ne ites ciclanicos, ciclénicos o cicloterpénicos, sus . REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. OBSERVACION ALCOHOLICO INFERIOR O IGUAL AL 05% VOL. 100 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR AL 0,5 % VOL. 50 50 50 100 HARINA. . 100 50 50 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA 2916.20.20 2916.20.90 2918 2918.2 2918.21 2918.21.10 2918.21.20 2918.21.30 2918.22 2918.22.10 2918.23 2918.23.10 2918.23.30 2825 2925.1 2925.19.00 2926 2926.90.00 2932 2932.1 2932.19.00 2935 2935.00.90 2939 ‘2939.90 2939.90.50 2939.90.9 2939.90.99 DESCRIPCION anhidridos, halogenuros, peréxidos, peroxidcidos y sus derivados. ee Aletrinas. ae Los demas. Acidos carboxilicos con funciones oxigenadas suplementarias y sus anhidridos, halogenuros, peréxidos y peroxiacidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados. Acidos carboxilicos con funcién fenol, pero sin otra funcién oxigenada, sus anhidridos, halogenuros, peréxidos, peroxidcidos y sus derivados: Acido salicilico y sus sales, Acido salicflico. Salicilato de sodio. Salicilato de bismuto. ‘Acido O-acetilsalicilico, sus sales y sus ésteres, Acido O-acetilsalicilico (aspirina). Los demas ésteres del Acido salicilico y sus sales. ; : Salicilato de metilo. Salicilato de fenilo. Compuestos con funcién carboxiimida \(incluida la sacarina y sus sales) o con funcién imina, Imidas y sus derivados; sales de estos productos: Los demas. Compuestos con funcién nitrilo. Los demas. Compuestos heterociclicos con heterodtomo (s) de oxigeno exclusivamente. Compuestos cuya estructura contenga ciclo furano (incluso hidrogenado), sin condensar: | Los demas. Sulfonamidas. Las demas. ' Alcaloides vegetales, naturales o reproducidos por sintesis, sus sales, éteres, ésteres y demas derivados. Los demas. : Escopolamina y sus derivados; sales de estos productos. Los demas: Los demas. REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. ~ OBSERVACION 50. 50 ACIDOS MONOCARBOXILICOS. 50 50 50 - 100 50 50. 13 de noviembre: del. 2000: ee 50) aes TETRAMETRINA, NEOPINAMINA. 50 50 50 50 . ESCOPOLAMINA. 50 COLQUICINA (CONCHICINA). 50 VERATRINA, 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL. © 1663 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 3003 Medicamentos (excepto los productos de ~ Jas partidas n® 30.02, 30.05 6 30.06) constituidos por productos mezclados entre si, preparados para usos terapéuticos o profilacticos, sin dosificar ni acondicionar para la venta al por menor. ; 3003.10 Que contengan penicilinas 9 derivados de estos productos con la estructura del acido penicildnico, o estreptomicinas o i derivados de estos productos. 3003.10.20 Que contengan penicilinas o sus ; derivados. 100 - A BASE DE PENICILINAS,. 3003.20.00 Que contengan otros antibidticos, 100 3003.90 Los demas. ; - 3003.90.20 Que contengan vitaminas o demas productos de la partida n? 29.36. 100 A BASE DE COMPLEIO B. 3004 Medicamentos (excepto los productos de f las partidas n° 30.02, 30.05 6 30.06) constituidos por productos mezclados ‘ = o sin mezclar, preparados. para usos eee terapéuticos o profilacticos, dosificados o Set acondicionados para la venta al por : menor. 3004.10 . Que contengan penicilinas o derivados de estos productos con la estructura del acido peniciladnico, o estreptomicinas 0 derivados de estos productos. 3004.10.20 Que contengan penicilinas o sus : derivados. 100 A BASE DE PENICILINAS. 3004.50.00: .. . Los demas medicamentos que contengan vitaminas u otros productos de la : partida n® 29.36. 100 A BASE DE COMPLEJO B. 3005 . Guatas, gasas, vendas y articulos analogos (por ejemplo: apésitos, esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos. de sustancias farmacéuticas o "i" aeondicionados para la venta al por - Pas saree menor con fines médicos, quimirgicos, odontoldgicos o veterinarios. 3005.10.00 .. Apdédsitos y demas articulos, con una capa adhesiva. 100 3005.90 Los demas. t 3005.90.90 Los demas. 100 VENDAS NO ADHESIVAS. 3202 ‘Productos curtientes organicos sintéticos; productos curtientes inorgdnicos; preparaciones curtientes, incluso con productos curtientes naturales; preparaciones enzimaticas para precurtido? 3202.90 ’ Los demas, sage 3202.90.20 Preparaciones curtientes. 50 y 1664 : GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. on : REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Lae «Pref. | ISA DESCRIPCION 5 Pore. OBSERVACION 8203. Materias colorantes' de origen vegetal o animal (incluidos los extractos tintdreos, excepto los negros de origen animal), ( aunque sean de constitucién quimica definida; preparaciones a que ge refiere la nota 3 de este capitulo a base de materias colorantes de origen vegetal o animal, . : ( 3203.00.12 Materias colorantes de origen vegetal y preparaciones a que se refiere la nota 3 de este capitulo, a base de dichas a Materias colorantes: 3203.00.12 Bixina (achiote). 100 3203.00.19 Las ‘demas. 100 COLORANTES DE ORIGEN VEGETAL. — 3208 Pinturas y barnices a base de polimeros sintéticos 9 naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones definidas en la nota 4 de este capitulo. 3208.90 Los demas. yeaa a ’ 50 A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS. 3208.90.10 Pinturas. Bible. 3208.90.20 Barnices. "y : 50 A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS. 3302 Mezclas de sustancias odoriferas y mezclas (incluidas las disoluciones alcohlicas) a base de una o varias de estas sustancias, del tipo de las utilizadas He como materias basicas para la industria; ee las demas preparaciones a base de h sustancias odoriferas, del tipo de las utilizadas para la elaboracién de bebidas, - 3302.10 Del tipo de las utilizadas en las industrias alimentarias o de bebidas, _ 3302.10.10 Preparaciones de] tipo de las utilizadas para la elaboracién de bebidas, 50- 3302.10.90 Las demas. 50 3305, Preparaciones capilares. 3305.90.00 Las demas. 50 3403 Preparaciones lubricantes (incluidos los aceites de corte, las preparaciones para aflojar tuercas, las preparacioneg ; antiherrumbre 9 anticorrosion y las preparaciones para el desmoldeo, a base de lubricantes) y preparaciones del tipo de las utilizadas para el ensimado de: materias textiles o el aceitado o engrasado de cueros y pieles, peleteria u otras materias, excepto las que contengan como componente basico 70.% o mas en peso de aceites de petréleo o de mineral _bituminoso. 3403.1 Que contengan aceites de petrdleo o de ; ** mineral bituminoso; 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA 3403.11 3403.11.90 3405 3405.10.00 3405.40.00 3802 3802.10.00 3808 3808.10 3808.10.9 3808.10.91 3808.20 3808. 20.9 3808.20.99 3808.30 3808. 30.2 3808.30.29 3808.40 3808.40.20 3823 3823.1 3823.11.00 DESCRIPCION Preparaciones para el tratamiento de materias textiles, cueros y pieles, peleteria u otras materias. Las demas. Betunes y cremas para el calzado, encausticos, abrillantadores (lustres) para earrocerias, vidrio 0 metal, pastas y polvos para fregar y preparaciones similares (incluso papel, guata, fieltro, tela sin tejer, plastico o caucho celulares, impregnados, recubiertos 9 revestidos de estas preparaciones), excepto las ceras de la partida n° 34.04, Betunes, cremas y preparaciones similares para el calzado o para cueros y pieles. Pastas, polvos y demas preparaciones para fregar. ji Carbén activado; materias minerales naturales activadas; negro. de origen animal, incluido el agotado. ‘Carbon activado. Insecticidas, raticidas y demas antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinacién y reguladores del crecimiento de las. plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas 0 en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o articulos tales como: cintas, mechas y velas, azufradas y papeles matamoscas. Insecticidas. Los demas: A base de piretro. Fungicidas. Los demas: Los demas. Herbicidas, inhibidores de germinacién y reguladores del crecimiento de las plantas. Herbicidas, presentados de otro modo: Los demas. Desinfectantes, Presentados de otro modo. Acidos grasos monocarboxilicos industriales; aceites dcidos del refinado; alcoholes grasos industriales. Acidos grasos monocarboxilicos industriales; aceites Acidos del refinado: Acido estedrico, GACETA OFICIAL 1665 IC ADR NRT REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. OBSERVACION 50 PARA EL TRATAMIENTO DE CUEROS, 50 50 50 DE ORIGEN VEGETAL, APTOS PARA PURIFICAGION DE AGUA. 50 100 50 50 A BASE DE PIRETRO. 100 1666 _ GACETA OFICIAL _ 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ _ Pref. (SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 3823.12.00 Acido oleico. 100 3907 Poliacetales, los demas poliéteres y resinas epoxi, en forrhas primarias; policarbonatos, resinas alcidicas, poliésteres alilicos y demas poliésteres, en formas primarias. 3907.50.00 Resinas alcidicas. 50 3909 Resinas aminicas, resinas fendlicas y poliuretanos, en formas primarias. 3809.40.00 Resinas fendlicas. : 50 3918 - Revestimientos de plistico para suelos, incluso autoadhesivos, en rollos o losetas; revestimientos de pladstico para paredes o techos, definidos en la nota 9 de este capitulo. 3918.90 De los demas plasticos. 3918.90.10 Revestimientos para suelos. . \ ~ 50 3921 "Las demas placas, laminas, hojas y tiras, ech de plastico. 3921.90.00 Los demas. : 100 ‘ ‘ 3923 ‘Articulos para el transporte o ertvasado, de pldstico; tapones, tapas, capsulas y f demas dispositivos de cierre, de plastico. las 3923.90.00 Los demas. 50 PARA ENVASADO. 3924 Vajilla y demas articulos de uso doméstico y articulos de higiene 0 tocador, de plastico. 3924.10.00 Vajilla y demas articulos para ai servicio ae de-mesa o de cocina. 50 BIBERONES DE POLICARBONATO. 3924.90 Los demas. 3924.90.10 Articulos de higiene o tocador. be 50 3924.90.90 Los demas. 50 4008 ’ Placas, hojas, tiras, varillas y perfiles, es de caucho vulcanizado sin endurecer. 4008.1 De caucho celular: 4008.11.00 Placas, hojas y tiras. t 50 4008 .'19.00 Los demas. . 50 4008.2 De caucho no celular: ; 4008.21.00 Placas, hojas y tiras. ~ 50 4008.29.00 Los demas. : 50 4016 Las demas manufacturas de caucho vulcanizado sin endurecer. 4016.9 Las demas: 4016.91.00 Revestimientos para el sueio y alfombras. 50 4202 Batiles, maleias (valijas), maletincs, incluidos ies de aseo y los | _portadocumentos, portafolios (carteras ae 13 de noviembre del 2000 | _ en LAE EPO ETH SA ST TIS TS A IS ESS PEE HARD PS A TN PS PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA 4202.1 4202.11.00 4202.12.00 4202.19.00 4407 4407.2 4407.24.00 4408 4408.3 4408.31 4403.31.10 4408.39 4408.39.10 DESCRIPCION mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, camaras fotograficas 9 cinematograficas, instrumentos musicales 0 armas y continentes similares; sacos de viaje, bolsag de aseo, mochilas, bolsos de mano (carteras), bolsas para la compra, billeteras, portamonedas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para articulos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebreria y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plastico, materia textil, fibra vulcanizada o cartén, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con estas materias o papel. Batles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios y continentes similares: Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado. Con la superticie exterior de plastico o materia textil. Los demas. Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por entalladuras multiples, de espesor superior a 6mm. De las maderas tropicales citadas en la nota de Ja subpartida 1 de este capitulo: Virola, Mahogany (Swietenia spp), Imbuia y Balsa. Hojas para chapado o contrachapado (incluso unidas) y demas maderas aserradas longitudinalmente, cortadas, 0 desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas o unidas por entalladuras multiples, de espesor inferior o igual a 6mm. De las maderas tropicales citadas en la nota de subpartida 1 de este capitulo: Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau. : Hojas para chapado o contrachapado (incluso unidas). Las demas. Hojas para chapade 9 contrachapado (incluso unidas), GACETA OFICIAL 1667 REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. 100 100 100 100 106 OBSERVACION BAULES,. MALETAS Y SIMILARES, MALETAS Y SIMILARES CON’SUPER-— FICIE DE PLASTICO, MALETAS, MALETINES Y SIMILARES. BALSA, | MERANTI BAKAY. ABURA, AFRORMOSIA, AKO, ALAN, ANDIROBA, ANINGRE, AVODIRE, . AZOBE, BALAU, BALSA; BOSSE 1668 GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 ann nn A SSS STOLEN A TPP RIP PES EEE SOTA IO LE NE ET TT y PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA 4408.90 4408.90.10 4409 4409.10 4409.10.90 4409.20 4409.20.10 4410 4410.1 4410.11.00 4410.19.00 4412 4412.1 4412.13.00 REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. DESCRIPCION Pore. Las demas. ; Hojas para chapado o contrachapado (incluso unidas). - 100 Madera (incluidas las tablillas y frisog para parqués, sin ensamblar) perfilada longitudinalmente (con lengtietas, ' ranuras ,rebajes, acanalados, biselados, con juntas en v, moldurados, redondeados o similares) en una 0 varias caras o cantos, incluso cepillada, lijada o unida por entalladuras multiples. De coniferas. ; , Las demas. ‘ 100 Distinta de la de coniferas, Tablillas y frisos para parqués, sin ‘ensamblar, 50 Talbleros de particulas y tableros similares, de madera u otras materias lefiosas, incluso aglomeradas con resinas 0 demas aglutinantes organicos. De madera: Tableros llamados “waferboard”, incluidos los llamados “oriented strand board”, : 100 Los demas, 100 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar. Madera contrachapada constituida 100 exclusivamente por hojas de madera de espesor unitario inferior o igual a 6mm: Que tenga, por lo menos, una hoja. externa de las maderas tropicales citadas en la nota de subpartida 1-de este capitulo. OBSERVACION CLAIR, BOSSE FONCE, CATIVO, CE- DRO, DABEMA, DIBETOU, DOUSSIE, FRAMIRE, FREIJO, FROMAGER, FUMA, GERONGGANG, ILOMBA, IMBUIA, IPE, IROKO, JABOTY, JELUTONG, JEQUI- TIBA, JONGKONG, KAPUR, KEMPAS, KERUING, KOSIPO, KOTIBE, KOTO, LOURO, MACARANDUBA, MAKORE, MANSONIA, MENGKULANG, MERA- WAN, MERBAU, MERPAUH, MERSA- WA, MOABI, NIANGON, NYATOH,, ON- ZABILI, OREY, OVENGKOL, OZIGO, PADAUK, PALDAO, PALISSANDRE DE GUATEMALA, PALISSANDRE DE PA- RA, PAU MARFIM, PULAI, PUNAH, RAMIN, SAQUI-SAQUI, SEPETIR, 'SU- CUPIRA, SUREN, TEAK, TIAMA, TOLA, WHITE MERANTI, WHITE SERAYA, YELLOW MERANTI. . _ MADERA MOLDURADA. ABURA, AFRORMOSIA, AKO, ALAN, ANDIROBA, ANINGRE, AVODIRE, AZO- BE, BALAU, BALSA, BOSSE CLAIR, BOSSE FONCE, CATIVO, CEDRO, DA- BEMA ,DIBETOU; DOUSSIE, FRAMIRE, FREIJO, FROMAGER, FUMA, GERONG- GANG, ILOMBA, IMBUIA, IPE, IROKO, \ 13, de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ 4412. 4412. 4412. 4412. 4412. 4412. 4412. 4412. 4412. 4414 4414. 4417 4417. 4418 4418.10. 14. 23 23. 92 92. 92. 99. 00. 00.1 /SA 00 90 99 00 00 00 DESCRIPCION Las demas, que tengan, por lo menos, una hoja e&terna de madera distinta de la de coniferas. Lag demas, que tengan, por lo menos una hoja externa de madera distinta de la de coniferas: Las demas, que contengan, por lo menos, un tablero de particulas, Las demas. Las demas: Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la nota de subpartida 1 de este capitulo. Las demas: Las demas. Las demas. Marcos de madera para cuadros, fotografias, espejos u objetos similares. Marcos de madera para cuadros, fotografias, espejos u objetos similares. Herramientas, monturas y mangos de herramientas, monturas y mangos de cepillos, brochas o escobas, de madera; hormas, ensanchadores y tensores para el calzado, de madera, Herramientas, monturas y mangos de herramientas, Obras y piezas de carpinteria para construcciones, incluidos los tableros ~ celulares, los tableros para parqués y tablillas para cubierta de tejados o fachadas (“‘shingles” y “shakes”), de madera. Ventanas, puertas vidriera, y sus marcos y contramarcos. GACETA OFICIAD 5 RS SS CUES WSUS 2 STI rn 1669 REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore, 100 100 50 50 50 OBSERVACION JABOTY, JELUTONG, JEQUITIBA, JONGKONG, KAPUR, KEMPAS, KE- RUING, KOSIPO, KOTIBE, KOTO, LOURO, MACARANDUBA, MAKORE, MANSONIA, MENGKULANG, MERA- WAN, MERBAU, MERPAUH, MERSA- WA, MOABI, NIANGON, NYATOH, ON- ZABILI, OREY, OVENGKOL, OZIGO PADAUK, PALDAO, PALISSANDRE DE GUATEMALA, PALISSANDRE DE PA-_ RA, PAU MARFIM, PULAI, PUNAH, RAMIN, SAQUI-SAQUI, SEPETIR, SU- CUPIRA, SUREN, TEAK, TIAMA, TOLA,_. WHITE MERANTI, WHITE SERAYA, YELLOW MERANTI. MADERA CONTRACHAPADA. CON UNA HOJA EXTERNA POR LO MENOS DE OTRAS CONIFERAS, EXCEPTO DE PINO. 1670 GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 SAA RS ET SE EET ET NS SS EI LTT I LP TE EA I OT ES LOT ER TE IO EL LID TE TE TEBE I Te EA EN EAE TSIEN PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADY/ ISA 4418.20.00 4418.30.00 4419 4419.00.00 4420 4420.10.00 4420.90.00 4421 4421.90 4421.90.90 4601 4601.20 4601.20.10 4602 4602.10.00 4602.90.00 4814 4814.90 4814.90.1 . 4814.90.19 4818 . DESCRIPCION Puertas y sus marcos, contramarcos y umbrales. Tableros para parqués. Articulos de mesa o de cocina, de madera. Articulos de mesa o de cocina, de madera. Marqueteria y taracea; cofrecillos y estuches para joyeria u orfebreria y manufacturas similares, de madera; estatuillas y demas objetos de adorno, de madera; articulos de mobiliario, de madera, no See en el Capitulo 94. Estatuillas y demds objetos de adorno, de madera. Los demas. Las demas manufacturas de. madera, Las demas. Las demas. Trenzas y articulos similares de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras; materia trenzable, trenzas y articulos similares de materia trenzable, tejidos o paralelizados, en forma plana, incluso terminados (por ejemplo: esterillas, esteras, Cafiizos). ; Esterillas, esteras y cafiizos, de materia vegetal. Tejidos. Articulos de cesteria obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con articulos de la partida n® 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o “lufa”), De materia vegetal. Los demas. Papel para decorar y revestimientos similares de paredes; papel Dare vidrieras. Los demas. ’ Papeles para decorar y revestimientos similares de paredes: Los demas. Papel del tipo de los utilizados para papel higiénico y papeles similares, REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Porc. 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 OBSERVACION ARTICULOS DE MARQUETERIA Y DE PEQUENA EBANISTERIA. PALILLOS DE DIENTES. PALITOS Y CUCHARITAS PARA DUL- CES Y HELADOS. DE PAJA TOQUILLA Y MOCORA. ARTICULOS DE CESTERIA. ARTICULOS DE CESTERIA. PARA DECORAR HABITACIONES, 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL . - 1671 PREFERENCIAS OTORGADAS POR, CUBA. : REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. ISA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION guata de celulosa o napa de fibras de celulosa, del tipo de los utilizados para fines domésticos © sanitarios, en bobinas (rollos) de una anchura inferior o igual a 36cm o cortados en formato; pafiuelos, toallitas, de desmaquillar, toallas, manteles, servilletas, pafiales para bebés, compresas y tampones higiénicos, sabanas y articulos similares para uso doméstico, de tocador, higiénico o de hospital, prendas y complementos (accesorios), de vestir, de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa. ; 4818.40.00 Compresas y tampones higiénicos, pafiales para bebés-y articulos higiénicos 50 PANALES, TAMPONES HIGIENICOS Y similares. ARTICULOS HIGIENICOS SIMILARES. 4901 Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas. 4901.9 Los demas: ; 4901.99.00 Los demas. 100 5204 Hilo de coser de algod6n, incluso acondicionado para la venta al por menor. 5204.1 Sin acondicionar para la venta al por -menor: 5204.11.00 Con un contenido de algodén superior o igual al 85 % en peso. 50 5208 Tejidos de algodén con un contenido de algodén superior o igual al 85 % en peso, de peso inferior 9 igual a 200 g/m’. 5208.1 Crudos: 5208.11.00 De ligamento. tafetan, de peso inferior o igual a 100 g/m’. 50 5208.12.00 De ligamento tafetan, de peso superior a 100 g/m?. 50 5208.13.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5208.19.00 Los demas tejidos. : 50 5208.2 Blanqueados: 5208.21.00 De ligamento tafetan, de peso inferior o igual a 100 g/m?, 50 5208.22.00 De ligamento tafetan, de peso superior a 100 g/m?. 50 5208.23.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior 0 igual a 4. 50 5208.29.00 Los demas tejidos. 50 5208.3 Tefnidos: 5208.31.00 De ligamento tafetan, de peso inferior } o igual a 100 g/m?. 50 1672 > GACETA OFICIAL ' 13:-de noviembre del 2000 arene pegs eemmnr nrg On A Sa ES EA OE 2 SS “PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ * . : Pref. /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 5208.32.00 De ligamento tafetan, de peso superior a 100 g/m?. 50 5208.33.00 De ligamento sarga; incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5208.39.00 Logs demas tejidos. He 50 5208.4 Con hilados de distintos colores: 5208.41.00 De ligamento tafetan, de gramaje inferior o igual a 100 g/m’. 50) 5208.42.00 De ligamento tafetan, de peso superior a 100 g/m?. 50 5208.49.00 Los demas tejidos. 50 5208.5 Estampados: 5208.51.00 De ligamento tafetan, de peso inferior o igual a 100 g/m?. 50 5208.52.00 De ligamento tafetan, de peso superior a 100 g/m’. 50 5208.53.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, 50 5208.59.00 Los demas tejidos. ; 50 5209 Tejidos de algodon con un contenido de algodon superior o igual al 85 % en peso, de peso superior a 200 g/m’. 5209.1 Crudos: 5209.11.00 De ligamento tafetan. 50 5209.12.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, > 50 5209.19.00 Los demas tejidos. - 50 £ 5209.2 Blanqueados: 5209.21.00 De ligamento tafetan. 50 5209 22.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, 50 de curso inferior o igual a 4, 5209.29.00 . Los demas tejidos. 50 5209.3 Tenidos: : 5209.32.00 De ligamento sarga, incluide el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5209.39.00 Los demas tejidos. 50 5209.4 ~ Con hilados de distintos colores: 5209.41.00 De ligamento tafetan. 50 5209.42.00 Tejidos de mezclilla (“denim”). 50° 5209.43.00 Los demas tejidos de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, 50 5209.49.00 Los demas tejidos. : 50 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1673 ee ES TT SSS SSE AS SSS ART AS SD PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA, REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. /SA ; DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 5209.5 Estampados: 50 5209.51.00 De ligamento tafetan. 5209.52.00 De ligamento sarga, incluido el ecruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5209.59.00 Los demas tejidos. 50 5210 Tejidos de algodén con un contenido de algod6n inferior al 85 % en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso inferior o igual a 200 g/m?. 5210.1 Crudos: * 5210.11.00 De ligamento tafetan. 50 5210.12.00 De ligamento sarga, incluido: el cruzado, de curso inferior o igual a 4, 50 5210.19.00 Los demas tejidos. 50 5210.2 Blanqueados: 5210.21.00, De ligamento tafetan. 50 5210.22.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4, 50 5210.29.00 Los demas tejidos. 50 ‘ 5210.3 Tefiidos: 5210.31.00 De ligamento tafetan. 50 5210.32.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5210.39.00 Los demas tejidos. 50 5210.4 Con hilados de distintos colores: 5210.41.00 De ligamento tafetan, ; 50 5210.42.00. De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5210.49.00 . Los demas tejidos. 50 5210.5 Estampados: ° 5210.51.00 De ligamento tafetan. ete) 5210.52.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5210.59.00 Los demas tejidos. 50 5211 Tejidos de algodén con wn contenido de algodon inferior al 85 % en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso superior a 200 g/m”. - 5211.1 Crudos: 5211.11.00 De ligamento tafetan. 50 * §211.12.00 De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inférior 0 igual a 4, 50 1674 : GACETA OFICIAL — 13 de noviembre del 2000 (enc NN a a PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA, ae REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. /SA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION 5211.19.00 Los demas tejidos. 50 5211.2 Blanqueados: Bee ies 50 5211.21.00 De ligamento tafetan, 5211.22.00 De ligamento sarga, incluido: el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 ; ; 5211.29.00 Los demas tejidos. 50 5211.3 Tefiidos: 5211.31.00 De ligamento tafetan. ‘50 5211.39.00 - Los demas tejidos. 50 5211.4 Con hilados de distintos colores: 5211.41.00 De ligamento tafetan. : ie 250 5211.42.00 Tejidos de mezclilla (“denim”). 50 5211.43.00 Log demas tejidos de ligamento sarga, incluido el eruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5211.49.00 ‘Los demas tejidos. 50 5211 aD Estampados: 5211.51.00 De ligamento tafetan. 4 50 §211.52.00 De ligamento sarga, ineluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. 50 5211.59.00 Los demas tejidos. 50 5212 Los demas tejidos de algodon. 5212.1 — De peso inferior o igual a 200:g/m?: 5212.11.00 Crudos. ee "BO ' 5212.12.00 Blanqueados. 50 5212.13.00 Teflidos. see 50 5212.14.00 Con hilados de distintos colores. 50 §212.15.00 Estampados. 00 5212.2 De peso superior a 200 g/m’: 6212.21.00 Crudos, 50 5212.22.00 Blanqueados. : 50. 5212.23.00 Tefiidos. : 50 5212.24.00 = Con hilddos de distintos colores. ' 50 5212.25.00 Estampados. _ 50 5305 _ Coco, abaca [cafiamo de Manila (Musa textilis Nee)], ramio y demas fibras \ textiles vegetales no expresadas ni comprendidas en otra parte, en bruto o trabajados, pero sin hilar; estopas y desperdicios de estas fibras (incluides los desperdicios de hilados y las ¢ hilachas). 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA, NALADI/ it CY : /jSSA ™ DESCRIPCION 5305.2 De abaca: 5305.21.00 En bruto. 95607 Cordeles, cuerdas y cordajes, estén o no trenzados, incluso impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho o plastico. 5607.10.00 De yute o demas fibras textiles del liber de la partida n? 53.03. : 5607.30.00 De abaca [cafamo de Manila (Musa textilis. Nee)] 9 demas fibras duras de hojas. : 5701 Alfombras de nudo de materia textil, s incluso confeccionadas. 5701.10.00 De lana o Delo fino. 5702 Alfombras y demas revestimientos para el suelo, de materia textil, tejidos, excepto los de mechon insertado y los flocados, aunque estén confeccionados, incluidas las alfombras llamadas “Kelim” o “Kilim’”, “Schumacks” o “Soumak”, “Karamanie” y alfombras similares tejidas a mano. 5702.3 Los demas, aterciopelados, sin. confeccionar: 5702.31.00 De lana o pelo fino, 5702.32.00 De materia textil sintética o artificial. 5806 Cintas, excepto los articulos de la partida n°? 58.07; cintas sin trama, de hilados o fibras paralelizados y aglutinados. 5806.3 Las demas cintas: 5806.31.00 De algoddn. 5806.39 De las demas materias textiles, 5806.39.30 De seda. 5806.39.90 Los demas. 6103 Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y “shorts” (excepto de bamio), de punto, para hombres o nifios. 6103.4 Pantalones largos, pantalones con peto, : pantalones cortos (calzones) y “shorts”: 6103.41.00 De lana o pelo fino. 6103.42.00 De algodon. 6103.43.00 De fibras sintéticas. 6104 Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalon, pantalones largos, pantalones con peto, mer GACETA OFICIAL 1675 REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. OBSERVACION 100 50 50 CORDELES. 50 ARTESANALES. AN SN 50 ALFOMBRAS ¥ 'TAPICES ARTESANA- LES. 50 ALFOMBRAS Y TAPICES. 50 50 60 J 50 PANTALONES Y CALZONES. 50 PANTALONES Y CALZONES. 50 PANTALONES Y CALZONES. 1676 3 . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA.’ NALADI/ : ; /SA DESCRIPCION pantalones cortos (calzones) y “shorts” 7s (excepto de bafio), de punto, para %. mujeres o nifias. 6104.4 Vestidos: 6104.42.00 De algodon. 6105 Camisas de punto para hombres o nifios, 6105.10.00 De algodon. ‘ 6105.20.00 De fibras sintéticas o artificiales. _ 6106 Camisas, blusas y blusas camiseras, de punto, para mujeres o nifias, 6106.10.00 De algod6én. 6107 Calzoncillos .(incluidos los largos y los “slips”), camisones, pijamas, albornoces de bafio, batas de casa y articulos similares, de punto, para hombres 0° ; niflos. 6107.1 Calzoncillos (incluidos logs largos y los “slips’’): 6107.12.00 De fibras sintéticas o artificiales. 6107.9 Los demas: 6107.91.00 . De algodon. 6109 “T-shirts” y camisetas interiores, de punto. 6109.10.00 De algodoén. 6109.90 De las demas materias textiles. 6109.90.90 Las demas. 6111 Prendas y complementos (accesorios), de - _-vestir, de punto, para bebés. 6111.30.00 De fibras sintéticas. 6115 Calzas, “panty-medias”, leotardos, medias, | calcetines y demas articulos de ‘calceteria, incluso para varices, de punto. 6115.9 Los demas: : 6115.99 De las demas materias textiles, 6115.99.90 Los demas. 6302 Ropa de cama, mesa, tocador o cocina. © 6302.2 Las. demas ropas de cama, estampadas: 6302.22.00 De fibras sintéticas o artificiales. 6302.29.00 _ De las demas materias textiles. 6305 Sacos (bolsas) y talegas, para envasar. 6305.3 De materias textiles sintéticas o artificiales: ; 6305.32.00 Continentes intermedios flexibles para productos a granel. 6305.33.00 Los demas, de tiras 0 formas similares, de polietileno.o polipropileno, 6402 Los demas calzados con suela y parte superior de caucho o plastico. REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. . Pore. 50 50 100 100 50 50 50 50 50 100 OBSERVACION ARTESANALES, we lh GR CAMISAS Y BLUSAS. CAMISETAS., CAMISETAS, PRENDAS EXTERIORES. SACOS DE POLIPROPILENO, DE TIRAS O FORMAS SIMILARES, SACOS DE POLIPROPILENO. 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1677 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ {SA 6402.20.00 6403 6403.5 6403.51.00 6403.59.00 6405 6405.10 6405.10.20 6405.10.30 6405.10.40 6405.90 6405.90.10 6405.90.20 6405.90.30 - 6405.90.40 6406 . 6406.20.00 6406.9 6406.99 6406.99.10 6502 ~ 6502.00.10 6504.00.00 6804 DESCRIPCION Calzado con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas). Calzado con suela de caucho, plastico, cuero natural 9 regenerado y parte superior de cuero natural. Los demas calzados, con suela de cuero natural: Que cubran el tobillo. Los demas. Los demas calzados. . Con la parte superior de cuero natural o regenerado. Con suela de caucho o plastico. Con suela de cuero natural o regenerado. Con suela de otras materias. Los demas. Con suela de caucho o plastico. Con suela de cuero natural o regenerado. Con suela de madera o corcho., Con suela de otras materias. Partes de calzado (incluidas. las partes superiores fijadas a las palmillas distintas de la suela); plantillas, ’ taloneras y articulos similares, amovibles; polainas y articulos similares, y sus partes. Suelas y tacones (tacos)*, de caucho o plastico. Los demas: De las demas materias. Partes de calzado; plantillas, taloneras y articulos similares, amovibles. Cascos para sombreros, trenzados o fabricados por unidn de tiras de cualquier materia, sin formar, acabar ni guarnecer. De paja toquilla 9 paja mocora. Sombreros y demas tocados, trenzados o fabricados por unidn de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos. Sombreros y demas tocados, trenzados o fabricados por union de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos. Muelas y articulos similares, sin bastidor, para moler, desfibrar, triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Porc. 50 © 100 100 OBSERVACION PARTES DE CALZADO, EXCEPTO DE POLIURETANOS. 1678 . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 ene En SS RES ET TCT WATE A CE SE A A A PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. Uy NALADI/ {SA DESCRIPCION piedras de afilar 9 pulir a mano, y sus partes, de piedra natural, de abrasivos (eeer aes naturales o artificiales aglomerados o de eee: cerdmica, incluso con partes de otras materias. : 6804.2 _ Las demds muelas y articulos similares: 6804.22 De logs demas abrasivos aglomerados o oi de ceramica. 6804.22.10 De abrasivos aglomerados. 6804.30.00 Piedras de afilar o pulir a mano. 6805 Abrasivos naturales o artificiales en polvo o grénulos con soporte de materia textil. papel, cart6én u otras materias, incluso recortados, cosidos o unidos de otra forma. 6805.10.00 Con soporte constituido solamente por tejido de materia textil. 6805.20.00 Con soporte constituido solamente por papel o carton. 6908 Placas y baldosas, de ceramica, barnizadas o esmaltadas, para pavimentacidn 9 revestimiento; cubos, daidos y articulos similares, de cerdmica, para mosaicos, barnizados o esmaltados, incluso con soporte. 6908.10.00 Plaquitas, cubos, dados y articulos similares, incluso de forma distinta de la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a '7.cm. 6912 Vajilla y demas -articulos de uso ' doméstico, higiene o tocador, de ceramica, ; excepto porcelana. 6912.00.00 Vajilla y demas articulos de uso doméstico, higiene o tocador, de ceramica, excepto porcelana. 69138 Estatuillas y demas articulos para adorno, de cerdmica. 6913.10.00 De porcelana. 6913.90.00 Los demas. 7010 Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demas recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conservas, de vidrio; tapones, tapas y demas dispositivos de 2 cierre, de vidrio. 7010.9 Los demas, de capacidad: 7010.91 Superior a 1 1. : 7010.91.10 Bombonas (damajuanas) y botellas. REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore, OBSERVACION 50 DISCO DE CORTE Y DESBASTE, 50 PIEDRAS ABRASIVAS, 50 LIJAS DE HIERRO (EMERY CLOTH). 50 LIJAS DE MADERA (GRANATE), 50 100 50 50 50 . BOTELLAS. 13 de noviembre del 2060 GACETA OFICIAL 1679 ‘cE CNT MACE OTS EL AY AS I A ALA HY) te ETO nnn 28a rN AR IRIE TE TE PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. ; /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 7010.92 Superior a 0,331 pero inferior o igual ail. 7010.92.10 Botellas. : 50 7010.93.00 Superior a 0,15 1 pero inferior o igual : a 0,33 1. 50 BOTELLAS. ob 7010.94.00 Inferior o igual a 0,15 1. 50 BOTELLAS. 7113 Articulos de joyeria y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué). Se ; 7113.20.00 De chapado de metal precioso (plaqué) 50 ARTICULOS DE JOYERIA CHAPADOS sobre metal comun. H DE PLATA, 7114 _ Articulos de orfebreria y sus partes, de metal precioso o de chapaido de metal precioso (plaqué). 7114.1 De metal precioso, incluso revestido o : chapado de metal precioso (plaqué): 7114.11.00 De plata, incluso revestida o chapada 3 de otro metal precioso (plaqué). 50 ARTICULOS DE ORFEBRERIA, 7321 Estufas, calderas con hogar, cocinas (incluidas las que puedan utilizarse accesoriamente para calefaccién central), barbacoas (parrillas)*, braseros, hornillos de gas, calientaplatos y aparatos no eléctricos similares, de uso doméstico, y sus partes, de fundicidn, hierro o acero. 7321.1 Aparatos de coccién y calientaplatos: 7321.11.00 De combustibles gaseosos, o de gas y otros combustibles. 100 COCINAS. 7615 Articulos de uso doméstico, higiene o tocador y sus partes, de aluminio; esponjas, estropajos, guantes y articulos similares para fregar, lustrar 0 usos analogos, de aluminio. GUS sls an Articulos de uso doméstico y sus partes; esponjas, estropajos, guantes y articulos similares para fregar, lustrar o usos analogos: : 7615.11.00 Esponjas, estropajos, guantes y articulos similares para fregar, lustrar o usos andlogos. 50 7615.19 Los demas. 7615.19.10 Articulos de uso doméstico. 50 7615.19.90 Los. demas. 50 8201 Layas, palas, azadas, picos, binaderas, horcas de labranza, rastrillos y raederas; hachas, hocinos y herramientas similares con filo; tijeras de podar de cualquier tipo; hoces y guadafias, cuchillos para heno o para paja, cizallas para setos, 1680 GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 extent SSS SSS SE SS PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. NALADI/ /SA DESCRIPCION -Cufias y demas herramientas de mano, , agricolas, horticolas o forestales. Las demas herramientas de mano, agricolas, horticolas o forestales. 8201.90.00 8301 Candados, cerraduras y cerrojos (de llave, combinacioén o eléctricos), de metal comun; cierres y monturas cierre, con cerradura incorporada, de metal comun; Tlaves de. meta] comun para estos articulos. : Las demas cerraduras; cerrojos. Cerraduras. 8301.40 8301.40.10 8418 Refrigeradores, congeladores y demas material, maquinas y aparatog para 4 produccion de frio, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las , maquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida numero 84.15. Refrigeradores domésticos: OE De absorcion, eléctricos. 8418.2 8418.22.00 3418.40.00 Congeladores verticales del tipo armario, de capacidad inferior o igual a 900 1. 8452 Maquinas de coser, excepto las de coser : pliegos de la partida n° 84.40; muebles, basamentos y tapas o cubiertas especialmente concebidos para maquinas de coser; agujas para maquinas de coser. 8452.10.00 Maquinas de coser domésticas. 8452.2 8452.21.00 Las demas maquinas de coser: Unidades automaticas. 8481 Articulos de griferia y érganos similares para tuberias, calderas, depdsitos, cubas © continentes similares, incluidas las valvulas reductoras de presién y las valvulas termostaticas. 8481.10.00 Valvulas reductoras de presion. Los demas articulos de griferia y organos similares, Juegos o surtidos de griferia pdra salas de bafio o cocina. 8481.80 8481.80.10 8481.90.00 Partes. 8508 Herramientas electromecdnicas con motor eléctrico incorporado, de uso manual. H Taladros de todas clases, incluidas las perforadoras rotativas. 8508.10.00 8508.80.00 | Las demas herramientas, REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. OBSERVACION ' 50 CERRADURAS DE POMO Y MUEBLES, 50 50 PARA SALAS DE BANO, 100 p DE ARTICULOS DE GRIFERIA, 100 100 13 de noviembre del 200€ GACETA OFICIAL 1681 | enuresis PS PN ST AE DS OAT PS SERCO EL SE aS aE eT TE I TD PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. : REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. (SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 8511 - Aparatogs y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresién (por ejemplo: magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujias de encendido o calentamiento, motores de arranque); generadores (por ejemplo: dinamos, alternadores) y -reguladores disyuntores utilizados con estos motores. 8511.10.00 Bujias de encendido. 50 8517 Aparatos eléctricos de telefonia o telegrafia con hilos, incluidos los teléfonos de usuario de auricular inalambrico combinado con microfono y los aparatos de telecomunicacién por 50 CAJAS DE DISPERSION TELEFONICA corriente portadora o telecomunicacién DE DIEZ PARES Y MANGAS PARA digital; videdfonos. EMPALME TELEFONICO DE 10 A 8517.80.00 Los demas aparatos. 300 PARES. 8529 Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatog de las partidas n°? 85.25 ala ™\. 5 : ' 85.28. 50 ANTENAS PARABOLICAS. PARA 8529.10.00 Antenas y reflectores de antena de : TRANSMISION Y RECEPCION DE SE- cualquier tipo; partes apropiadas para WALES DE SATELLITES DE 60CM A su utilizacidn con dichog articulos. 19 M. 9003 Monturas (armazones) de gafas (anteojos) o articulos similares y sus partes. i 9003.1 Monturas (armazones): aE : 9003.11.00 De plastico. nN 50 PARA ANTEOJOS. 9003.19.00 De otras materias, won 50 MONTURAS METALICAS PARA AN- TEOJOS. 9205 - Log demas instrumentos misicales de — viento (por ejemplo: clarinetes, trompetas, gaitas). 9205.90.00 Los demas. - 50 9401 Asientos (excepto los de la partida numero 94.02), incluso los: transformables. en cama, y sus partes. 9401.6 Los demas asientos, con armazon de madera: : -9401.61.00 Con relleno. — ; 50 TAPIZADOS. ~ 9401.69.00 Los demas. 50 9401.80.00 Los demas asientos, 50 DE MADERA, By 9401.90 ; Partes. 9401.90.10 De madera. ’ 50 DE MADERA. 9403 Los demas muebles y sus partes. 9403.30.00 Muebles de madera del tipo de los utilizados en oficinas, 30 - 1682 GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR CUBA. oe REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. /SA DESCRIPCION Pore. -, OBSERVACION 9403.40.00 Muebles de madera del tipo de los utilizados en cocinas. 50 9403.50.00 Muebles de madera del tipo de los 50 utilizados en dormitorios. 9403.60.00 Los demas muebles de madera. 100 9403.90 Partes. Whence ; 9403.90.10 De madera, 50 . 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1683 ESET ESET EE BE EE PE IN EEE EE OE NE TEE ESE TSS EO SEE NTE EGET TEE DIT S28 ETO LEGS EEE ATI TI EID IE BPTI: AAS TORUS SERS LTE DISTR TGS OOO SEI ANEXO Il PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR A CUBA PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. REGIMEN DEL ACUERDO. presentadas en agua salada, sulfurosa NALADI/ : Pref. {SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 0101 Caballos, asnos, mulos y burdéganos, : vivos. 0101.1 Caballos: 0101.19 Los demas, 0101.19.90 Los demas, 50 PARA REPRODUCCION. 0102 Animales vivos de la especie bovina. 0102.90.00 Los demas. 50 REPRODUCTORES PUROS POR CRUZA, 0103 Animales vivos de la especie porcina, 0103.10.00 Reproductores de raza pura. 50 0104 Animales vivos de las especies ovina 0 caprina. 0104.10 De la especie ovina. 0104.10.90 Los demas. 50 REPRODUCTORES PUROS POR CRUZA. 0106 Los demas animales vivos. pal 0106.00.00 ‘Los demas animales vivos. 50 CONEJOS (REPRODUCTORES DE RA- ZA PURA). 4 50 —DELFINES, : —ANIMALES DE LABORATORIO PA- RA INVESTIGACION, 0306 Crustaceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustdceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados g en salmuera; harina, polvo y “pellets” de crustaceos, aptos para la alimentaciédn humana. 0306.1 Congelados: : 0306.11.00 Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp., Jasus spp.) 50 0306.2 Sin congelar: 0306.21.00 Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp., ‘, Jasus spp.) 50 VIVAS, 0511 Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los capitulos 1 6 3, impropios para la alimentaci6n humana. 0511.10.00 Semen de bovino. 50 0511.9 Log demés: a 0511.99 Los demas. x 0511.99.40 Semen animal. 50 0814 _Cortezas de agrios (citricos), melones 0 Ai, sandias, frescas, congeladas, secas o 1684 GACETA' OFICIAT 13 de noviembre del 2000 \ PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, e REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ ais Pref. f /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION © adicionada de otras sustancias para su ' conservacién provisional. 0814.00.00 Cortezas de agrios (citricos) melones o sandias, frescas, congeladas; secas o presentadas en agua salada, sulfurosa’ ' o adicionada de otras sustancias para su conservacion provisional. 50 HOLLEJOS DE CITRICOS, 1301 Goma. laca; gomas, resinas, gomorresinas y oleorresinas (por ejemplo: balsamos), : naturales. ; 1301.90 . Los demas. 1301.90.2 Gomorresinas y resinas: / ; 1301.90.29 Las demas. 50 RESINAS DE PINO. 1302 Jugos y extractos vegetales; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar y demas mucilagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados. 1302.1 Jugos y extractos vegetales: 50: ACITAN. 1302.19 Los demas. f ASMACAN, 1302.19.90 Los demas. NUTRISOL. 1704 Articulos de confiteria sin cacao 3 (incluido el chocolate blanco). 1704.90 Los demas. 1704.90.20 Bombones, caramelos, confites y i Ppastillas. ; : 100 : 1806 Chocolate y demas preparaciones alimenticias que contengan cacao. 1806.10.00 Cacao en polvo con adicién de azticar u : otro edulcorante. -100 1806.20 Las demas preparaciones, bien en bloques o barras con peso superior a 2 kg, bien en forma: liquida o pastosa, o en polvo, granulos o formas similares, en recipientes 9 envases inmediatos con un contenido superior a 2kg. 1806.20.10 Chocolate. e 100 EN BLOQUES O BARRAS, iy # 1806.3 Log demas, en bloques, tabletas o barras: 1806.31.00 — Rellenos, 100 1806.32 Sin rellenar. 1806.32.10 Chocolate. 100 ~ 1806.90 Los demas. : 1806.90.90 , Los demas. 100 1905 Productos de panaderia, pasteleria ‘o galleteria, incluso con adicién de cacao; hostias, sellos vacios del tipo de los utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almid6on o fécula, en hojas, y productos similares. 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL a 1685 PREFERENCIAS OTORGADAS 'POR ECUADOR, Heats : REGIMEN DEL ACUERDO. ' NALADI/ Pref. : /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 1905.30.00 ‘Galletas dulces (con adicidn de lev edulcorante); barquillos y obleas, incluso ® 100: GALLETAS DULCES (AFRICANAS, rellenos (‘“gaufrettes”, ‘“wafers”’) y rad AFRIQUITAS) Y SORBETOS “waffles” (“gautfres’’)*. (WAFFERS), 2106 Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte. 2106.90 Las demas. Y 2106.90.40 Preparaciones compuestas del tipo de las 50 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR utilizadas para la elaboracion de bebidas. A 0,5 % VOL. 2106.90.90 Las demas. 100 BIOPLA CD-831 COMPLEMENTO DIE- None N TETICO. 2207 Alcohol etilico sin desnaturalizar con grado alcohélico volumétrico superior o igual al 80 % vol.; alcohol etilico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduacion. 2207.10.00 Alcohol etilico sin desnaturalizar con grado alcohélico volumétrico superior o - igual al 80% vol. ' 50 2208 - Alcohol etilico sin desnaturalizar con grado alcohélico volumétrico inferior al 80 % vol.; aguardientes, licores y demas bebidas espirituosas. 2208.40.00. Ron y demas aguardientes de cafia, B 50 2208.70 Licores. 2208.70.20 _ Cremas. 50 2402. Cigarrogs (puros) (incluso despuntados), cigarritos (puritos) y cigarrillos, de tabaco o de sucedaneos del tabaco. 2402.10.00 Cigarros (puros) (incluso despuntados) y : cigarritos (puritos), que contengan : tabaco. 50 TABACO TORCIDO, : 2515 Marmol, travertinos, “ecaussines” y demas piedras calizas de talla o de construccién de densidad aparente : _ superior o igual a 2,5, y alabastro, ; ; t incluso desbastados o simplemente i ‘troceados, por aserrado o de otro modo, Ree Y en bloques o en placas cuadradas o lay rectangulares. , : 2515.11 En bruto o desbastados. ; 2515.11.10 Marmol. : : 50 EN BRUTO. 2520 Yeso natural; anhidrita; yeso fraguable ‘! (consistente en yeso natural calcinado o en sulfate de calcio), incluso coloreado o con pequefias cantidades de aceleradores o retardadores, 2520.10.00 Yeso natural; anhidrita. ; 100 YESO NATURAL, 6 GACETA OFICIAL __ 13 de noviembre del 2000 ' PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. ; us ae: reel M REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ : aes Pref, /SA DESCRIPCION Porc. OBSERVACION 2523 Cementos hidrdulicos (comprendidos los ; cementos sin pulverizar o “clinker”), # incluso coloreados, 2523.10.00 Cementos sin pulverizar (“clinker”). 100 2523.2 Cemento Portland: 2523.21.00 Cemento blanco, incluso coloreado artificialmente. : 100 2523.29.00 Los demas. 50 ' CEMENTO GRIS. 2530. Materias minerales no. expresadas ni comprendidas en otra parte. 2530.90 Las demas. 3 2530.90.90 Los demas. 00) ZEOLITAS NATURALES. - 2610 Minerales de cromo y sus concentrados. 2610.00.10 Cromita (6xido de cromo y de hierro). 50 CROMITA REFRACTARIA, 2822 Oxidos e hidroxidos de cobalto; oxidos * de cobalto comerciales. 2822.00.1 Oxidos de cobalto: 2822.00.11 Oxidos de cobalto comerciales. 50 2825 ' Hidrazina e hidroxilamina-y sus sales jnorganicas; las demas bases inorganicas; los demas Oxidos. hidroxidos y peroxidos de metales, ; ' 2825.40.00 Oxidos e hidréxides de niquel. 50 2937 Hormonas, naturales o reproducidas por sintesis;.sus derivados utilizados principalmente como hormonas; los demas esteroides utilizados principalmente como hormonas. 2937.10 Hormonas del l6bulo anterior de la ; : j hipofisis y similares, y sus derivados. 50 —GONADOTROPINA CORIONICA HU- 2937.10.1 Hormonas del 16bulo anterior de la MANA. hip6fisis: ' _GONADOTROPINA SERICA 2937.10.12 Gonadotrofinas. i : HUMANA. 2937.9 Las demas hormonag y sus decrivados; los demas esterdides utilizados j principalmente como hormonas: 2937.99 Los demas. 2937.99.9 Los demas: 4 a) 2937.99.99 Los demas. 50 OXIVASOPRESINA. 8001 Glandulas y demas organos pata usos opoterapicos, desecados, incluso pulverizados; extractos de glandulas o de otros érganos o de sus secreciones, para usos opoterapicos; heparina y sus sales; las demas sustancias humanas o animales preparadas para usos terapéuticos o profilacticos, no expresadas ui comprendidas en otra parte. 3001.20 Extractos de glandulas o de otres Srganog o de sus secreciones. 13 de noviembre del 2000 . GACETA OFICIAD - 1687 EN a eS aT PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. NALADI/ (SA 3001.20.10 3001.20.20 3001.20.90 3001.90 3001.90.90 3002 3002.10 3002.10.1 3002.10.12- 3002.10.19 8002.10.90 “REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. DESCRIPCION..| Porc. OBSERVACION De higado. 100 De bilis. 100 Log demas. 100 Las demas, 5 100 --MEDULA ESPINAL. Las demas. —MELAGENINA. Sangre humana; sangre animal preparada para usos terapéuticos, profilacticos o de diagndstico; antisueros (sueros con anticuerpos), demas : fracciones de la sangre y productos inmunolégicos modificados, incluso obtenidos por proceso biotecnolégico; vacunas, toxinas, cultivos de microorganismos (excepto las levaduras) y productos similares. Antisuerogs (sueros con anticuerpos), demas fracciones de la sangre y productos inmunoldgicos modificados, incluso obtenidos por proceso biotecnologico. Antisueros (sueros con anticuerpos): Suero antitetanico. 100 Los demas. 100 SUEROS NORMALES Y HEMOCLASI- FICADORES. eG —SUERO NEGATIVO BA. —SUERO POSITIVO BA. _—SISTEMA ABO. —SUERO ANTI A HUMANO. —SUERO ANTI B HUMANO. —SUERO ANTI AB HUMANO. —SUERO HUMANO LIOFILIZADO. —INMUNOGLOBULINA HUMANA 250 10. --SUERO CONTROL NEGATIVO NEWCASTLE. ~-SUERO CONTROL POSITIVO BRUSELLA ABORTUS -—-SUERO CONTROL POSITIVO NEWCASTLE. ; --SUERO TERNERO 250 ML, —ANTICUERPOS MONOCLONALES, Los demas. 100 --COMPLEJO PROTROMBINICO LIOFI- LIZADO 200 UL. —CONCENTRADO DE FACTOR VHI LIOFILIZADO 250 UI. --INMUNOGLOBULINA NORMAL 16 %. —INTACGLOBIN 0.5 G FCO, 10 ML. ~-INTACGLOBIN 1.0 G FCO. 20 ML. -INTACGLOBIN 2.5 G FCO. 50 ML. —INTACGLOBIN 3.0 G FCO. 60 ML, —GAMMA GLOBULINA BOVINA. —GAMMA GLOBULINA HIPERIN- 1688 , . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 cn nA TI ESSE ECA TE SI A SE AES EEC Sa SES Sa SD PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. /SA DESCRIPCION Pore, OBSERVACION MUNE ANTIMENINGOCOCCICA (INMUNOGLOBULINAS ESPECIFI- CAS): —INMUNOGLOMINA ANTI-D 250 MCG _ VIAL, —INMUNOGLOBINA' INTACTA POULI- VALENTE 0,5 G/1,0 G ¥ 3,0 VIAL. —ANTIRRABICA HUMANA 250.UI. —ANTIHEPATITIS B. —ANTI-D (RHO) LIOFILIZADA 100 MCG. —ANTI-D (RHO) LIOFILIZADA 250 MCG. —ANTI-SARAMPION 16 %. —ALBUMINA HUMANA AL 5%, 20% Y 25%. ) —FRACCION PROTEICA DEL PLASMA AL 5%. —ANTI-TETANICA 250 UI. —EVIMUNK (INMUNOESTIMULANTE PARA USO VETERINARIO), —FACTORES DE COAGULACION VIII Y IX. —INTERFERON GAMMA LEUCOCITA- RIO HUMANO. —INTERFERON GAMMA RECOMBI- NANTE, 3002.20.00 Vacunas para la medicing humana. 100 —VACUNA ANTIMENINGOCOCCICA BC. —VACUNA ANTIHEPATITIS B RECOMBINANTE. : _ —VACUNA HEMOPHILUS B. ; —VACUNA ANTITIFOIDICA ORAL. —VACUNA BRONQUITIS J-A. ‘"__ANTICITOMEGALOVIRUS. —VACUNA TOXOIDE TETANICO, —VACUNA AUJESXKI INACTIVADA. —VACUNA ANTIRRABICA HUMANA. —VACUNA LEPTOSPIROSIS, 3002.30 Vacunas para la medicina veterinaria. 100 —ANEMIA INFECCIOSA EQUINA. 3002.30.90 Las demas. , —VACUNA ENCEFALOMIELITIS AVIAR. —VACUNA CONTRA LA PARVOVIRO- SIS CANINA. —VACUNA HEPATITIS CANINA, —VACUNA COLERA PORCINO,. —VACUNA CONTRA LA ENCEFALOI- MIOCARDITIS VIRAL PORCINA. —VACUNA ENCEFALOMIELITIS EQUI- NA DEL ESTE. —VACUNA TEBERCULINA BOVINA. —VACUNA ANTIRRABICA CANINA, —GUMBORO. —VACUNA VIRUELA AVIAR. —VACUNA PARA LA ENFERMEDAD 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1689 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, NALADI/ /SA 3002.90 3002.90.60 3002.90.90 3004 3004.20.00 ; Pref. DESCRIPCION Pore, Los demas, 50 Reactivos de origen microbiano para diagnostico. Los demas. 100 100 100 Medicamentos (excepto los productos de 100 las partidas n? 30.02, 30.05 6 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilacticos, dosificados © acondicionados para la venta al por menor. Que contengan otros antibidticos. REGIMEN DEL ACUERDO. OBSERVACION DE NEWCASTLE, —VACUNA IHBB. —VACUNA BACTERIANA CARBUNCO SINTOMATICO. —VACUNA HEPTINA CONTAGIOSA. —LEPRA, —MENINGITIS B. —VIH (SIDA). -—-RUBEOLA. —REACTIVOS PARA LA DETECCION DEL ROTAVIRUS EN HECES FECA- LES. —REACTIVOS PARA LA DETECCION DEL ANTIGENO DEL HERPEX SIM- PLEX, —ANTIGENO BRUCELLA ABORTUS. —ANTIGENO ANEMIA INFECCIOSA. —ANTIGENO NEWCASTLE. FACTOR DE CRECIMIENTO EPIDER- MICO. FACTOR DE TRANSFERENCIA HU- MANO. HOMOLISINA LIOFILIZADA. —TETRACICLINA 250 MG TABLETAS. —TETRACICLINA UNGUENTO. OFTAL- MICO. —OXITETRACICLINA. —DIHIDROESTREPTOMICINA. —ESTREPTOMICINA COMPUESTA IN- YECTABLE, i —TETRACICLINA AMORTIGUADA IN- YECTABLE, —ANTIDIARREICOS EN POLVO. —INFUSION MAMARIA DE ACCION LENTA. —INFUSION MAMARIA CON NEOMI- CINA. —SURFACEN (SURFACTANTE NATU- RAL). —GENTAMICINA OFTALMICA 3 % FCO, —GENTAMICINA 250 MG CAPSULAS, —-GENTAMICINA 0,5 MG COLIRIO. —GENTAMICINA 10/2040/30 MG__IN- YECTABLE, —MASTITIS (POMADA). | —NISTATIN CREMA. | —NEOBATIN CREMA. — —NISTATINA TABLETAS REVESTI- DAS. —NISTATINA SUSPENSION 500 UI. 1690 A GACETA oFtCcTAa 18 de noviembre del 2090 ST RON SN AL PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ Pref. ' (SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION —CEFALOTINA 1 G VIAL. —CEFATOXINA SODICA 1 G VIAL. —CEFTRIAZONA SODICA 1 G VIAL. —CEFUROXINA SODICA 750 MG VIAL. —CEFAZOLINA SODICA 500 MG VIAL, —CEFAZOLINA SODICA 1 G VIAL. —CLORANFENICOL COLIRIO 0,5 % FCO. —CLORANFENICOL SODIO SUCCINA- TO 500 MG VIAL. | —CLORANFENICOL SODIO SUCCINA- To 1000 MG VIAL. —CLORANFENICOL 250 MG TABLE- TAS REVESTIDAS. —CLORANFENICOL 250 MG CAPSU- LAS. ; i —CLORANFENICOL (POLVO). —CLORANFENICOL SUCCINATO 1 G BBO 20 ML. —AICCTINOMICINA-D 500 MG LIOFILI- ZADA. —NEOMASTRIPED, crane ACARIFURAL-POMADA. “ye ro ie" —PODOFURAL-POMADA. . —FB-C-CREMA BACTERICIDA- FUNGI. oe CIDA. —PARVOFURAL-CAPSULAS. —QUERATOFURAL-UNGUENTO OF- TALMICO. —OFTALMOFURAL-UNGUENTO Y CO- LIRIO, , | .OTOFURAL-GOTAS OPTICAS BAC- TERICIDAS-FUNGICIDAS. —TRISULFAPICIDINA. Ob nee + 3004.3 - Que contengan hormonas u otros 100 —HIDROCORTISONA ACETATO 125 MG productos de la partida n? 29.37, sin VIAL, antibidticos: —HIDROCORTISONA SUCCINATO SO- 3004.32.00 Que contengan hormonas DICA 500 MG VIAL. | corticosuprarrenales. —PREDNISONA 5 Y 20 MG TABLETAS. 3004.39.00 Les demas. eee 100 —DEXAMETASONA 0.75 MG TABLE- TAS. —BETANECOL 10 Y 25 MG TABLE- TAS, : —CREMA BIOACTIVANTE 50 % TUBO, —DEXAMETASONA ACETATO 0.5 MG TABLETAS. —ESTROGENO CONJUGADO CREMA TUBO. —PROGESTERONA INYECTABLE. —OXIPRESINA. —JALEA BIOACTIVANTE TUBO, —METILPREDNISOLONA 40/500 Y 5000 MG AMP. . «TESTOSTERONA DEPOSITO AMP, ti tty t 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1691 aR A A eS tS DAT BEES IID ETS SSS SES SE PTS CS ET NAPE TE OT EEE SERIE ET ET ET PINE IEEE ET ETD PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, NALADI/ /SA 3004.50.00 3004.90.00 DESCRIPCION Los demas medicamentos que contengan vitaminas u otros productos de la partida n? 29.36. Los demas. REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore. 100 100 OBSERVACION —TESTOSTERONA PROPIONATO 25 MG AMP./1 ML, —PILOCARPINA 2% Y 4% COLIRIO, —GONADOTROPINA SERICA. —GONADOTROPINA CORIONICA 5000 UI VIAL. —ESTIMUVET B 100 ML. —ESTIMUVET H 100 ML, —MAGNESOL. —VITAMINA B-1 INYECTABLE. —VITAMINA C INYECTABLE. —VITAMINA K INYECTABLE. —METRODINAZOL 250 MG TABLETAS, —LEVAMISOL 150 MG TABLETAS. —SUSTITUTOS SINTETICOS DE PLAS- MA HUMANO. INTERFERON ALFA LEUCOCITARIO HUMANO. —INTERFERON ALFA 2-B HUMANO ' RECOMBINANTE. —ESTREPTOQUINASA RECOMBI- NANTE. —ATEROMIXOL (PPG). —SULFAMETAZINA. —ACICLOVIR 200 MG TABLETAS. —ACICLOVIR 250 MG Y 500 MG VIAL. —CIPROHEPTADINA 4 MG TABLETAS. —FENITOINA 100 MG TABLETAS. —IDOXURIDINA 0.1% COLIRIO. —INDOMETACINA 25 MG TABLETAS. —ISONIZIDA 100 MG TABLETAS. —PIRAZINAMIDA 500 MG TABLETAS. —RANITIDINA 150 MG TABLETAS. —SULFADIAZINA 500 MG TABLETAS. —TOLBUTAMIDA 500 MG TABLETAS. —TINIDAZOL 500 MG VIAL. —DIPIRONA 500 MG, —DOBUTAMINA 250 MG VIAL, —DOPAMINA CLORHIDRATO 10 Y 40 MG AMP. —HEPARINA 25000 UI VIAL. —SALBUTAMOL SULFATO 2 Y4MG TABLETAS. —CLORURO DE SODIO 0.9% Y 500 Y 1000 ML. —SUBCITRATO DE BISMUTO 200 MG TABLETAS, --SUBCITRATO DE BISMUTO COLOT- DAL: Q-ULCER, —CARBOPROST METILO: PLEXA- PROST, —-EPOPROSTENOL SODICO: DIPROS- MATa ~-LOBENZARIT SAL SODICA: RIBO- FEN. r 1692 a ’ GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ va Bt Pref. y US ISA DESCRIPCION Porc. : OBSERVACION —QUITINA UNGUENTO 5 % TUBO. —QUITINA POLVO 40 MG TUBO. —TIOSULFATO DE SODIO 50 MG AMP. —ACIDO UNDECILENICO TALCO TUBO. —INTERLEUKIN. —ACIDO FOLICO 1 Y 5 MG TABLE- TAS. —ACIDO IOPANOICO 500 MG TABLE- TAS. —ACIDOQ NALIDIXICO 500 MG TABLE- TAS. —AMINOFILINA 500 MG VIAL. —AMINOFILINA 250 MG INYECTABLE, —AMIODARONA 200 MG TABLETAS. —AMITRIPTILINA CLORHIDRATO 25 MG TABLETAS. —ATROPINA SULFATO 0.5 % COLI- RIO. —AZATIOPRINA 50 MG COMP, —BENZOATO DE- BENCILO 25 % FCO. —BUPIVACAINA 0.5 % AMP. —CIMETIDINA 200 MG TABLETAS. —CIMETIDINA 150 MG INYECTABLE, —CROMOGLICATO DE SODIO. —DAPSONA 100 MG TABLETAS. —FLUFENAZINA DECANOATO 25 MG TUBO. _CLOROQUINA FOSFATO 30 Y 250 MG TABLETAS. —DIAZEPAN 5 MG TABLETAS. —DIFENOXILATO+ATROPINA SULF. 2.5 MG/0.25 MG TABLETAS, —FENOBARBITAL 100 MG TABLETAS. —FENOBARBITAL 15:.MG TABLETAS, —FENOTEROL BROMHIDRATO 5 MG TABLETAS. _ +LIDOCAINA 2% AMP, —LIDOCAINA 2 %.VIAL. . —MEDAZEPAM 10 MG TABLETAS. —MERCAPTOPURINA 50 MG TABLETAS. ~—METOCLOPRAMIDA, 10 MG COMP. —NITROFURANTOINA 100 MG TABLE- TAS. —NITROFURAZONA 0.2 CREMA TUBO, —PIRIMETAMINA-+SULFACLOXINA, —KETOTIFENO 1 MG TABLETAS. —LAGRIMAS ARTIFICIALES 8 ML FCO. —MAGNESIO VALPROATO 190 MG TABLETAS, —MEPIVACAINA 2% LIOFILIZADA BBO. 20 ML. | vo —METILDOPA 250 Y 500 MG TABLE- a TAS. 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1693 ‘ 4 a PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, NALADI/ /SA 3005 3005.90 3005.90.90 3006 3006.10 3006.10.1 3006.10.11 3006.10.19 3006.10.30 3006.10.90 REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. DESCRIPCION Pore. Guatas, gasas, vendas y articulos analogos (por ejemplo: apdsitos, fe esparadrapos, sinapismos), impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirurgicos, odontolégicos o veterinarios. Los demas. f 50 Los demas. Preparaciones y articulos farmacéuticos a que se refiere la nota 4 de este capitulo. F Catguts estériles y ligaduras estériles similares, para suturas quirurgicas y adhesivos estériles para tejidos organicos utilizados en cirugia para cerrar heridas; laminarias estériles; hemostaticos, reabsorbibles estériles para cirugia u odontologia. Catguts y ligaduras similares, estériles: Catguts. 50 Los demas. 50 Adhesivos estériles para tejidos organicos, utilizados en cirugia para cerrar heridas; hemostaticos reabsorbibles estériles para cirugia u odontologia. 50 Los demas. __ i 50 OBSERVACION —NIFEDIPINO 10 MG TABLETAS, —NIFEDIPINO 10 MG, CAP, —NITRAZEPAM 5 MG TABLETAS. —PIROXICAM 10 MG TABLETAS. —PROBENECIDA 500 MG TABLETAS. —PROPANOLOL 40 Y 10 MG ‘TABLE~ TAS. —TIMOLOL 0.5 % COLIRIO. —TIMOLOL 0.25 % COLIRIO, —TIOPENTAL SODICO 1G. LIOFILI- ZADA. —TIOPENTAL SODICO 500 MG LIOFI- LIZADA. —TIOPENTAL SODICO 1 G VIAL. —TIOPENTAL SODICO 0.5 G VIAL, —DIMENHIDRINATO 500 MG TABLE: TAS. —HIDROCLOROTIAZIDA 500 Y 50 MG TABLETAS. —QUINIDINA SULFATO 200 MG TA- BLETAS. : —DEXTRANO-HIERRO. —METRIZOATO DE SODIO, ~—PIRAZINAMIDA. —LEVAMISOL. —VENDAS ENYESADAS. +3 —VENDAS NO ADHESIVAS, ‘os 1694 GACETA' OFICIAL 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ ye Pref: , /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACION 3006.20.00 Reactivos para la determinacion de los 100 —REACTIVOS BIOLOGICOS. —SUERO ANTI-D HUMANO,. —SUERO COOMBS. grupos o de los factores sanguineos, 3006.30 Preparaciones opacificantes para 50 —HGG. examenes radioldgicos; reactivos de —TSH. diagnéstico concebidos para usar en el —T4, paciente. - | IGE. Los demas. : —PRU. ee —CGA. —ISOMEGALOVIRUS, —CHAGAS. —DENGUE. —TETANOS. —SARAMPION. —TOXOPLASMOSIS. —COMPLEMENTO LIOFILIZADO. —ANTIGENO BRUCELLA PRUEBA ANILLO. —ANTIGENO BRUCELLA PRUEBA LENTA. —ANTIGENO. ANEMIA INFECCIOSA EQUINA. ; —ANTIGENO ROSA DE BENGALA. 8006.30.90 3006.40 Cementos y demas productos de 50 —CUBRIDEN (SELLANTE DENTAL DE obturacion dental; cementos para la FOSAS Y FISURAS). refeccién de los huesos. —PROFILAC (BARNIZ DE FLUOR). 3006.40.10 Cementos y demas productos de —APAFIL (BIOMATERIAL PARA obturacion dental. 3 IMPLANTES). : —OBTUDENT (OBTURANTE DENTAL). —ADHESIVO DENTAL (ADENT). 3006.40.20 Cementos para la refeccién de los huesos, 100 HIDROXI APATITA (CORALINA) PA- i RA IMPLANTES OSEOS Y CIRUGIA RECONSTRUCTIVA. 3301 Aceites esenciales (desterpenados o no), incluidos los “concretos” o “absolutos”; resinoides; oleorresinds de extraccidn; disoluciones concentradas de aceites esenciales en grasas, aceites fijos, ceras o materias andlogas, obtenidas por enflorado » maceracion; subproductos terpénicos residuales de la desterpenacion de los accites esenciales; destilados acuosos aromaticos y disoluciones acuosag de aceites esenciales. _ : 3301.1 Aceites esenciales de agrios (citricos): 3301.12.00 De naranja. 59 3301.14.00 De lima. | 50 3301.19 Los demas. 3301.19.90 Los demas, : 50 8001.30.00 Resjnoidcs, a0 —RESINA PARA LABORA'TORIO/CE- LACKIL, -13 de noviembre del 2000 1695 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, NALADI/ “a /SA DESCRIPCION 3302 Mezclas de sustancias odoriferas y mezclas (incluidas las disoluciones alcohdlicas) a base de una o varias de estas sustancias, del tipo de las utilizadas como materias bdsicas para la industria; las demas preparaciones a base de sustancias odoriferas, del tipo de las utilizadas para la elaboracién de bebidas. 3302.10 Del tipo de las utilizadas en las industrias alimentarias o de bebidas. 3302.10.10 Preparaciones del tipo de las utilizadas para la elaboracion de bebidas, “3304 Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, excepto los medicamentos, incluidas las Ppreparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuros. ; “3304.9 Las demas: 3304.99.00 Las demas. 3305 Preparaciones capilares. 3305.10.00 § Champues. 3305.90.00 Las demas. 3907 Enzimas; preparaciones enzimaticas no expresadas ni comprendidas en otra parte. : 3507.90 Las demas. 3507.90.1 Enzimas y sus concentrados: 3507.90.14 Pepsina y sus concentrados. 3507.90.2 3507.90.29 Preparaciones enzimaticas: Las demas. 3808 Insecticidas, raticidas y demas antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinacion y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas 0 en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o articulos tales como: cintas, mechas y velas, azufradas y papeles matamoscas, Insecticidas. Los demds: Los demas. 3808. 10- 3808.10.9 3808.10.99 3522 Reactivos de alagnostico o de laboraiorio sobre cudiduier soporte y reactjvos de | REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. eed ee Pore. OBSERVACION 50 CON GRADO ALCOHOLICO SUPERIOR A 0,5 % Vol. weg mmm eS : 50 —CREMAS DEMOTROFICAS. —FOTOPROTECTOR. —GEL BIOACTIVANTE DERMICO. —CREMA DE COLAGENO. —LECHES LIMPIADORAS. ; —TONICOS FACIALES. —GEL PROTECTOR. 100 BLOPLA AA-851-CHAMPU BIOACTI- VANTE A BASE DE PLACENTA HU- MANA, 100 LOCION ANTIALOPECICA: 50 LOS DEMAS. 50 PEPSINA. 50 ENZIMAS PANCREATICAS. 50 —STABILAK (CONSERVANTE PARA LECHE CRUDA SIN REFRIGERA- CION). 50 LARVICIDAS BIOLOGICOS: ~GRISELESF 2632. —BTH 14. 1696 _ GACETA OFICIAL _ 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, ees 1 REGIMEN DEL ACUERDO. - NALADI/ Pref. /SA DESCRIPCION Pore. OBSERVACGION diagnéstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte, excepto los de las partidas n° 29.02 6 30.06. 3822.00.10 Sin soporte. 50 3822.00.2 Sobre soporte: 3822.00.21 De productos del capitulo 48... 50 3922.00.29 - De las demas materias. 50 3824 Preparaciones aglutinantes para moldes ; o ntcleos de fundicién; productos quimicos y preparaciones de la industria quimica o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte; productos residuales de la industria quimica o de las industrias conexas, no expresados ni comprendidos en otra parte. 3824.90 Los demas. 3824.90.9 Los demas: \ 50 _ ESFERAS RETENTIVAS PARA PRO. 3824.90.99 Los demas. TESIS DENTALES (RETENDENT). 4203 Prendas y complementos (accesorios), de ¢ vestir, de cuero natural o cuero . regenerado. 4203.2 \ Guantes, mitones y manoplas: 4203.21.00 Disefiados especialmente para la practica del deporte. 50 GUANTES PARA BOXEO, 4901 Libros, folletos e impresos similares,’ incluso en hojas sueltas. 4901.9 Los: demas: 4901.99.00 Los demas. 100 LIBROS DE STOCK (LITERATURA),. 4905 Manufacturas cartograficas de todas clases, incluidos los mapas murales, planos topograficos y esferas, impresos. 4905.10.00 Esferas. 50 4905.9 Los demas: 4905.91.00 En forma de libros o folletos. 50 4905.99.00 Los demas. 50 6802 Piedra de talla o de construccién trabajada (excluida la pizarra) y sus ! 'manufacturas, excepto las de la partida % numero 68.01; cubos, dados y articulos similares para mosaicos, de piedra natural (incluida la pizarra), aunque estén sobre soporte; granulos, tasquiles (fragmentos) y polvo de piedra natural (incluida la pizarra), coloreados : artificialmente. 6802.9 Los demas: ; ; 6802.91.00 Marmol, travertinos y alabastro. 50 MARMOL ELABORADO, 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICTAL 1697 AE ARERR SPE SEE PEE STG SES cP RA EN PS STITT TE SS SSE PE SEO PTGS is PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. NALADI/ /SA 7204 7204.4 7204.41.00 7207 7207.1 7207.11.00 7207.19.00 7211 7211.1 7211.13.00 7211.14.00 7211.19.00 7211.2 7211.23.00 7211.29.00 7211.90.00 7218 7213.20.00 | 7213.9 7213.91.00 — 7213.99.00 7214 7214.9 7214.91.00 DESCRIPCION Desperdicios y desechos (chatarra), de fundicién, hierro o-acero; lingotes de chatarra de hierro 0 acero. Los demas desperdicios y desechos: Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, limado) y recortes de estampado o de corte, incluso en paquetes. Productos intermedios de hierro 9 acero sin alear. Con un contenido de carbono inferior al 0,25 % en peso: De seccién transversal cuadrada o ' rectangular, cuya-anchura sea inferior al doble del espesor. Los demas. Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm, sin chapar ni revestir. Simplemente laminados en caliente: Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150mm _ y espesor superior o igual a 4mm, sin enrollar y sin motivos en relieve. Los demas, de espesor superior o igual a 4,75mm. Los demas. Simplemente laminados en frio: Con un contenido de carbong inferior al 0,25 % en peso. Los demas. Los demas. Alambron de hierro o acero sin alear, Los demas, de acero de facil mecanizacion. | Los demas: De seccidn circular con diametro inferior a 14mm. Los demas. Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, asi como las sometidas a torsién después del _ laminado. A Las demas: De scccidn transversal rectangular. REGIMEN DEL ACUERDO, Pref. Pore. 100 100 100 100 100 - . Wine. OBSERVACION te CHATARRA FERROSA, con PALANQUILLAS Y SLABS DE ACERO. PALANQUILLAS Y SLABS DE ACERO. DE ACERO, ie oe DE ACERO CON UN CONTENIDO DE CARBONO INFERIOR A 0,25 %. DE ACERO CON UN CONTENIDO DE CARBONO INFERIOR O IGUAL AL 0,25 % EN PESO PERO INFERIOR : AL 0,6 %. i. 1698 .. . GACETA OFICIAL 13 de noviembre del ‘2000 PREFERENCIAS OTORGADAS’ POR ECUADOR, REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ : Pref. /SA DESCRIPECION Pore.. . OBSERVACION 7214.99.00 Las demas. 100 DE ACERO. CON UN -CONTENIDO DE CARBONO INFERIOR © IGUAL AL 0,25 % EN PESO PERO neeeh AL 0,6 %. 7218 Acero inoxidable en lingotes o demas formas primarias; productos intermedios de acere inoxidable. ; 7218.10.00 . Lingotes o demas formas primarias. 50 LINGOTES, 7219 Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura superior o igual a. 600 mm, 7219.1 Simplemente laminados en caliente, enrollados: a 7219.11.00 De espesor superior a 10:mm. 50 7219.12.00 De espesor superior o igual a 4,75mm pero inferior 9 igual a 10mm, 50 7219.13.00 De espesor superior o igual a 3mm pero inferior a 4,75 mm. : 50 7219.14.00 De espesor inferior a 3mm. 50 7219.2 Simplemente laminados en caliente, sin enrollar: poeta 7219.21.00 De’ espesor superior a 10mm. 50 7219.22.00 De espesor superior o ‘igual a 4,75mm eee - pero inferior o igual a 10mm. 50 7219.23.00 De espesor superior 9 igual a 3mm pero i “inferior a 4,75 mm. : - 50 7219.24.00 De espesor inferior a 3mm, 50 7219.3 Simplemente laminados en frio: 7219.31.00 ‘De espesor superior o igual a 4,75 mm. 50 7219.32.00 De espesor superior o igual a 3mm pero x inferior a 4,75 mm. 50 7219.33.00 De espesor superior a 1mm pero inferior a 3mm. 50 7219.34.00 De espesor superior o igual.a 0mm pero inferior o igual a 1mm. 50 7219.35.00 De espesor inferior a 0,5 mm, - 50. 7219.90.00 Los demas. 50 7220 Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura inferior a 600mm. 7220.1 Simplemente laminados en caliente: 7220.11.00 De espesor superior o igual a 4,75 mm. ‘50 7220.12.00 De espesor inferior a 4,75mm., 50 7220.20.00 _Simplemente laminados en frio. 50 7220.90.00 Los demas. 50 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1699 Le a a Sa OAS, PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. NALAD]/ /SA 7408 7408.1 7408.19.00 8432 8432.10.00 8433 8433.5 "9433.51.00 8436 8436.80 8436.80.90 8436.9 8436.99.00 8438 8438.30.00 8438.90.00 8471 8471.10.00 DESCRIPCION Alambre de cobre. De cobre refinado: Los demas. Maquinas, aparatos y artefactos agricolas, horticolas o silvicolas, para la preparacion o el trabajo del suelo o para el cultivo; rodillos para césped o terrenos de deporte. Arados. ; Maquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadafiadoras; maquinas para limpieza o clasificaci6n de huevos, frutos o demas productos agricolas, excepto las de la partida n? 84.37, Las demas maquinas y aparatos de cosechar; maquinas y aparatos de trillar: Cosechadoras-trilladoras. Las demas maquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecanicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avicolas. Las: demas madquinas y aparatos. Los demas. Partes: Las demas. Ma4quinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo, para la preparacion o fabricacién industrial de alimentos o bebidas, excepto las mdquinas y aparatos para extraccién o preparacién de aceites o grasas, animales o vegetales fijos. Maquinas y aparatos para la industria azucarera. . Partes. i M4quinas automaticas para tratamiento 0 procesamiento de datos y sus unidades; Jectores magnéticos u dpticos, maéquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y maquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, No expresados ni comprendidos en otra parte. Maquinas automaticas para REGIMEN DEL ACUERDO. Pref. Pore, 50 50 50 50 50 50 50 50 OBSERVACION MULTIARADO COSECHADORAS DE CANA/COMBINA- DAS, EQUIPOS DE MANIPULACION Y PRE- PARACION DE CANA Y SUS COMPO: NENTES. PARA EQUIPOS DE: MANIPULACION Y PREPARACION DE CANA. MOLINOS CARNEROS. LOS DEMAS,. 1700 GACETA OFICIAD 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. : : REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ ! Pref. {SA DESCRIPCION "Pore, OBSERVACION tratamiento. o procesamiento de datos, -analégicas o hibridas, _ 50 8471.30.00 Maquinas automaticas para tratamiento 0 procesamiento de datos, digitales, portatiles, de peso inferior o igual a 10kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador, ; 50 8471.4 Las demds mdaquinas automaticas para tratamiento o procesamiento de datos, 3 digitales: 8471.41.00 Que incluyan en la misma envoltura, al menos, una unidad central de proceso y, aunque estén combinadas, una unidad de entrada y una de. salida. 50 8471.49.00 Las demas presentadas en forma de sistemas, 50 8471.60.00 Unidades de entrada o salida, aunque incluyan unidades de memoria en la misma envoltura. 50 8471.70.00 Unidades de memoria. 50 8473, Partes y accesorios (excepto los estuches, ‘ : a : ns fundas y similares) identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a _las maquinas o aparatos de las partidas numero 84.69 a 84.72. 8473.30.00 Partes y accesorios de maquinas de la partida. No. 84.71. 50 8474. > Maquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar 0 sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sOlida (incluidos el polvo y la pasta); maquinas de aglomerar formar o moldear combustibles minerales sdlidos, pastas ceramicas, cemento yeso-o demas materias minerales en polvo o pasta; maquinas de hacer moldes de arena para fundicion. 8474.3 Maquinas y aparatos de mezclar, amasar re o sobar: i : 8474.31.00 Hormigoneras y aparatos de amasar 50 MEZCLADORES HORMIGONEROS POR- mortero. ; TATILES, 8482 ' Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas. y 8482.10.00 Rodamientos de bolas. 50 8482.30.00. Rodamientos de rodillos en forma de tonel. i 50 8511 _ Aparatos y dispositivos eléctricos de: encendido o de arranque, para motores 13 de noviembre del 2000 GACETA OFICIAL 1701 - - . PREFERENCIAS ‘(OTORGADAS POR ECUADOR, NALADI/ ISA 8511.80.00 8533 8533.10.00 8534 * 8534.00.00 8541 8541.10.00 8541.2 8541.21.00 8541.29.00 8541.40.00 pee ee 8542 8542.1 8542.12.00 ' 8542.13.00 8542.14.00 8542.19.00 8542.30.00 REGIMEN DEL ACUERDO, e Pref. DESCRIPCION Porc. de encendido por chispa o por compresién (por éjemplo: magnetos, dinamomasgnetos, bobinas de encendido, bujias de encendido o calentamiento, motores de arranque); Seneradores (por 50 ejemplo: dinamos, altérnadores) y reguladores disyuntores utilizados con estos motores. Los demas aparatos y dispositivos. Resistencias eléctricas, excepto las de calentamiento (incluidos redéstatos y potenciémetros). Resistencias fijas de carbono, aglomeradas o de capa. : 50 Circuitos impresos. Circuitos impresos. 50 Diodos, transistores y dispositivos semiconductores similares; dispositivos semiconductores fotosensibles, incluidas | las células fotovoltaicas, aunque estén ensambladas en mddulos o paneles; diodos emisores de luz; cristales piezoeléctricos montados. Diodos, excepto los fotodiodos y los diodos emisores de luz. 50 Transistores, excepto los fototransistores: Con una capacidad de disipacién inferior a 1 W. 50 Los demas. 50 Dispositivos semiconductores 50 fotosensibles, incluidas las células fotovoltaicas, aunque estén ensambladas en moddulos o paneles;. diodos emisores de luz. Circuitos integrados y microestructuras electrénicas. Circuitos integrados monoliticos digitales: Tarjetas provistas de un circuito integrado electrénico (‘tarjetas inteligentes”). ime 50 Semiconductores de 6xido eee (tecnologia MOS). 50 Circuitos de eens Hipolar. 50 Los demas, incluides los circuitos que combinen tecndlogiag MOS y bipolar ; (tecnologia BIMQS), 50 Los demas circuitos integrados 50 monoliticos. OBSERVACION CAJAS DE REGULADORES DE TEN- SION (DISYUNTORES) PARA MOTO- RES DE ENCENDIDO POR CHISPAS O POR COMPRESION, DISPOSITIVOS ELECTRONICOS DE ENCENDIDO. EN FORMA DE CHIPS. DISPOSITIVOS SEMICONDUCTORES FOTOSENSIBLES, INCLUIDAS LAS CELULAS FOTOVOLTAICAS, AUNQUE ESTEN ENSAMBLADAS EN MODULOS O PANELES, EN FORMA DE CHIPS. 1702 ag, GACETA OFICIAR. 3=——~SCS~=«wS. de nvitemibro: deh 2000 ‘RRA STATBEASTSP IE TT TPT ET ST I IL ELE REI IIT IES PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. REGIMEN DEL ACUERDO. NALADI/ — Pref. /SA DESCRIPCION Porc. ; OBSERVACION 8542.40.00 Circuitos integrados hibridos. . 50 EN FORMA DE CHIPS. 8542.50.00 Microestructuras electronicas. 50 8543 Maquinas y aparatos eléctricos con funcién propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo. : 8543.8 , Laas demas maquinas y aparatos: ‘ 8543.89.00 Los demas. 50 8607 Partes de vehiculos para vias férreas 0 similares. 8607.1 Bojes, “bissels’, ejes y ruedas, y sus partes: 8607.19.00 Los demas, in¢luidas las partes. 50 & 8705 Vehiculos automoviles para usos : especiales, excepto los concebidos principalmente para transporte de personas o mercancias [por ejemplo: coches para reparaciones (auxilio mecdanico), camiones gria, camiones de -bomberos, camiones hormigonera, coches barredera, coches esparcidores, coches aes taller, coches radioldgicos). 50 MEZCLADORAS-HORMIGONERAS SO- . 8705.40.00 Camiones hormigonera. BRE CAMION-HORMIGONERA. 8708 Partes y actesorios de vehiculos automéviles de las partidas n° 87.01 a 87.05. 8708.9 Las demas partes y. aecesorios: 8708.99.00 Los demas. Eis 50, 9013 Dispositivos de cristal liquido que no ‘eonstituyan articulos comprendidos mas especificamente én otra parte; laseres, te ' excepto los diodes laser; los demas , E aparatos e instrumentos de dptica, no expresados ni comprendidos en otra _ parte de este capitulo. 50 EQUIPOS LASER DE USO MEDICO & 9013.20.00 Laseres, excepto los diodos laser. INDUSTRIAL. 9018 Instrumentos y aparatos de medicina, cirugia, odontologia o veterinaria, jincluidos los de centellografia y demas aparatos electromédicos, asi como los aparatos para pruebas visuales. 9018.1 Aparatos ‘de electrodiagnostico : (incluidos los aparatos de exploracién 100 —ERGOMETRICAS. funcional o de vigilancia de parametros —ERGOCID. : fisiolégicos): —ELECTROCARDIOGRAFO DIGITAL 9018.11.00 Electrocardidgrafos. COMPUTARIZADO PARA PRUEBAS. 9018.19.00 Los demas. 100 —SISTEMA PARA EL DIAGNOSTICO DE ELECTROCARDIOGRAMAS: CARDIOCID M. SISTEMA COMPUTARIZADO PARA EL ANALISIS CUANTITATIVO DE 13 de noviembre del 2000 eA GACETA OFICIAL i 1703 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, REGIMEN DEL -ACUERDO. ‘NALADI/ eis Peet, : /SA DESCRIPCION Pore, OBSERVACGION LAS BIOSENALES ORIGINADAS EN LOS MUSCULOS ESTRIADOS Y NERVIOS PERIFERICOS: NEUROCID M. —SISTEMA AUTOMATIZADO PARA EL ESTUDIO DE LA FUNCION DIAS- TOLICA DEL VENTRICULO IZQUIER- DO DEL CORAZON, A PARTIR DE ‘ IMAGENES DEL ECOCARDIOGRAFO:.. ECOGRAF, —SISTEMA DE ELECTROENCEFALO- _ GRAFIA DIGITAL: MEDICID. '“—SISTEMA COMPUTARIZADO PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POTEN-' CIALES EVOCADOS AUDITIVOS, SOMATO-SENSORIALES Y_ VISUA- LES, ASI COMO ELECTROMIGRAFIA: NEURONICA. : —SISTEMA COMPUTARIZADO PARA EL PROCESAMIENTO AUTOMATICO DE LA SENAL ELECTROCARDIO- GRAFICA: PASEK. —SISTEMA DE VISUALIZACION PARA LA FORMACION, CORRECCION Y DESARROLLO DEL LENGUAJE EN PERSONAS CON DEFECTOS AUDITI-. VOS Y TRASTORNOS DEL HABLA: VIDEOVOZ. ns —SISTEMA PARA EL DIAGNOSTICO PSICOLOGICO INTEGRAL COMPU- TARIZADO: PSICOMET, —SISTEMA PARA LA DETERMINA-: 3 CION RAPIDA.DEL ANTIBIOGRAMA } Y DE LA INFECCION URINARIA: _ : DIRAMIC. 9018.20.00 Aparatos de rayos ultravioletas o 100 -—LAMPARA DE FOTOTERAPIA. infrarrojos. —TRANSILUMINADOR. 9018.3 Jeringas, agfujas, catéteres, canulas e instrumentos similares: 9018.31.00 Jeringas, incluso con aguja. 50 JERINGA DENTAL METALICA, 9018.90.00 Log demas instrumentog y aparatos. 100 —ULTRAVIBRADOR. —SIMULADOR DE ARRITMIAS., —ELECTROBISTURI. —DETECTOR DE LATIDO FETAL. —~—AUTOCLAVE DE MESA MODELOS ASH-260 Y EM-1206. —AUDIOMETRO DE PESQUISAJE. —EQUIPO DE INDUCCION HIPNOTICA, 9019 Aparatos de mecanoterapia; aparatos para ay masajes; aparatos de sicotecnia; aparatos de ozonoterapia, oxigenoterapia o aerosolterapia, aparatos respiratorios de ie ! reanimacion y demas aparatos de terapia respiratoria. f 1704, GACETA OFICIAL 18 de noviembre del 2000 seen ta A PES A Ps SSS CS TT ES URSA SS PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR. NALADI/ ISA DESCRIPCION 9019.10.00 Aparatos de mecanoterapia; aparatos para masajes; aparatos de sicotechia. 9019.20.00 Aparatos de ozonoterapia, oxigenoterapia o aerosolterapia, aparatos ‘ : respiratorios de reanimacién y demas * aparatos de terapia respiratoria, 9021 Articulos y aparatos de ortopedia, : incluidas las fajas y vendajes medicoquirurgicos y las muletas; tablillas, férulas u otros articulos y aparatos para fracturas; articulos y 5 aparatos de proétesis; audifonos y demas aparatos que leve la propia persona o } se le implanten para compensar un defecto o incapacidad. 9021.1 Protesis articulares y demas articulos y aparatos de ortopedia o para fracturas: 9021.11.00 Protesis articulares. 9021.19 Los demas. , 9021.19.10 | Articulos y. aparatos.de ortopedia. REGIMEN DEL ACUERDO. Pref, Pore. - 100 100 50 Pad u OBSERVACION —MINIESCALERA PARA EJERCICIOS DE DEDOS. ba —ESCALERA PARA EJERCICIOS DE HOMBROS. —EQUIPOS DE TRACCION CERVICAL, —APARATOS RESPIRATORIOS DE -REANIMACION Y DEMAS APARA- TOS DE TERAPIA RESPIRATORIA. —NEBULIZADOR ULTRASONICO. —INCUBADORA DE CUIDADOS IN- TENSIVOS MODDI-100 Y PS-305. RODILLERA ARTICULADA. —FIJADORES EXTERNOS RALCA. —SOPORTE PARA DESCARGA DE LOS METATARSOS, —FERULA PARA LA HEPICONDILITIS, —FERULA SIGERGICA. -—-MUNEQUERAS ESPECIALES, —MUNEQUERAS ELASTICAS. —COJIN DE FREIKA. —FAJA LUMBOSACRA. —MINERVA PLASTICA. —COLLARIN DE ESPUMA DE GOMA, '—CORSE .TAYLOR. . —FERULA PARA HALLUS PLASTI- CAS. —TOBILLERA EN B. -—FERULA PARA HALLUS VALGUS (PBC). —FERULA FLEXION DE DEDOS. —FERULA DINAMICA DE MANO. —FERULA PASIVA DE MANO. —SOPORTE PARA ESPOLON CALCA- REO, —SOPORTE FLEXIBLE PARA ARCO LONGITUDINAL Y TRANSVERSO. -—SOPORTE CON ARCO LONGITUDI- NAL. - -—SOPORTE PARA PELOTA METATAR- SIANA. —SOPORTE PARA DEPORTISTAS: —SOPORTE PARA ACORTAMIENTO, 13 de noviembre del 2000 PREFERENCIAS OTORGADAS POR ECUADOR, ‘NALADI/ : ISA 9021.30.00 9027 ‘9027.50.00 ‘9027.80.00 9033 9033.00.00 9206 9206.00.00 9406 9406.00.90 9506 9506.6 9506.69.00 9506.9 9506.99.00 DESCRIPCION Los demas articulos y aparatos de protesis, Instrumentos y aparatos para analisis fisicos o quimicos (por ejemplo: polarimetros, refractémetros, espectrémetros, analizadores de gases o humos); instrumentos y aparatos para ensayos de viscosidad, porosidad, dilatacién, tensiédn superficial o similares © para medidas calorimétricas, actsticas © fotométricas (incluidos los exposimetros); micrétomos, Los, demas instrumentos y aparatos que utilicen radiaciones épticas (UV, visibles, IR). Los demas instrumentos y aparatos, Partes y accesorios, no expresados ni comprendidos en otra parte de este eapitulo, para maquinas, aparatos, instrumentos o articulos del capitulo 960. Partes y accesorios, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo, para maquinas, aparatos, instrumentos o articulos del capitulo 90. Instrumentos musicales de percusién (por ejemplo: tambores, cajas, xildfonos, platillos, castafiuelas, maracas). Instrumentos musicales de percusién (por ejemplo: tambores, cajas, xiléfonos, Platillos, castafiuelas, maracas). : Construcciones prefabricadas, Las demas. Articulos y material para cultura ffsica, gimnasia, atletismo, demas deportes (incluido el tenis de mesa) o para juegos al aire libre, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capitulo; piscinas, incluso infantiles. Balones y pelotas, excepto las de golf o tenis de mesa: Los demas. Los demas: Los demas, GACETA OFICIAD Pref. Pore. 50 100 50 100 50 50 50 50 1705 ' REGIMEN DEL ACUERDO. OBSERVACION —PROTESIS DE MAMAS, —PROTESIS DEL PIE, : —PROTESIS DEL BRAZO. 2s _ —LAVADOR MAS 301. —MULTIPIPETA ERIZD 301. —PROCESADOR DE MUESTRAS ULTRALAB SP-4000, —PONCHADOR P-51. BOMBA PERISTALTICA BP-7D. CONDUCIMETRO ANALOGO. —LECTOR AUTOMATIZADO O DE FLUORESCENCIA, DISPERSION DE LUZ O TRANSMISION EN VOLUME- NES DE 8-A 300 MICROLITROS (SISTEMA ULTRAMICROANALITICO SUMA). -—LECTOR SUMA 421. -—LECTOR SUMA 221. ACCESORIOS PARA EQUIPOS ELEC+ TROMEDICOS, 50 MODULOS DE MATERIALES DE CONS- TRUCCION DE HORMIGON. PELOTAS DE BEISBOL, PROTECTORES DE CUERO NATURAL O REGENERADO, PARA BOXEO., 1706 - GACETA OFICIAL 13 de noviembre del 2000 ANEXO Ill FORMULARIO DE CERTIFICADO DE ORIGEN CERTIFICADO DE ORIGEN IND oe ae ee 4. Nombre y direccién del exportador: 2. Nombre y direccién del productor: 3. N? de 4. Subpart. orden* _arancel. 5. Descripcién de la mercancia 6. Cant. 7. Valor U$S Be 5 , 8. DECLARACION DE ORIGEN DECLARAMOS que Jas mercancfas indicadas en el presente formulario correspondiente a la Factura Comer. cial n? _ a... .. de fecha ..., cumplen con lo establecido en las normas de origen del Acuerdo de Alcance Parcial entre Colombia y la Reptblica de Cuba, de conformidad con el siguiente desglose: ce st eS PS Sei cs Si SA SS SP A A 9. N° de : : : : orden* ; 10. Normas de origen** QD. Feta a ccsnscssssoees a 12. Firma y sello del exportador OPO CUUIC LOS aoa tre ceca see ae cetera Sapte porters otasctoeaesaed 13. Observaciones: _ aseaeveseenee| nceunoecooneseansasenapeccasenenensnoeeesseeqveceszicosneseDs0b1see08 seen poeees tant PUD EEPOOSEL ENGR SECOPORDDED EDS CRDLOMMESEDEDIRISICORSDECOLOLEETDDERIDEDODOREROEODDIOOURE = | 14. Certifico la veracidad de la presente declaracién, que sello y firmo en la ciudad de: evenerecaresovenent a Doteeseroessessssssesisscesevessensensensecenssesecen ousvavsseaceasvanecvcesvooeacssassacansonesesesscanesnes supssteneovorsuomeseseavreseeusaneanseuan soursenrsezes so remetees a oseeteessennoseenassenorereasassuecsazeeaseemecssnscees sasecesesesccecesconstserssee® spensazmacece: Sepnssbepeesescensneoneronsseasonez0socernunsseenunnenansniersttereenelenediDerieDeecsDesDNUEUEOD “Firma autorizada Entidad “Certificadora Fech * Esta columna indica el orden en que se individualizan las mercancfas comprendidas en el presente certificado.. En caso de ser insuficiente, se continuard la individualizacién de las mercancias en ejemplares suplementarios de este certificado, numerados correlativamente. ** Fn esta columna se indicarA la norma de origen con que cumple cada mercancia individualizada por numero de orden. : El formulario no podrd presentar tachaduras, raspaduras o enmiendas.