1612 GACETA OFICIAL . lro. de neviembre del 2000 SRE A ES SSS SSS PSS SP EPS WS SE fC ST ST TRS aprueba, sdlo podrad ser ejecutada con destino a cum- plir los fines previstos dentro de su objeto social. TERCERO: La importacién de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no- menclatura de importacidn que se concede a la entidad solicitante, debgra interesarse, previamente a la ejecu- cién de la importacién, en la forma establecida para cada caso seguin proceda. CUARTO: La Empresa Importadora-Exportadora y Comercializadora de la Unidn Quimica “QUIMEX”, al amparo de la Resolucién No. 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la exportacién y/o importacién eventual de los productos que requiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la presente. COMUNIQUESE la presente Resolucién al interesado, a la Aduana General de la Republica, al Ministerio de Finanzas y Precios. y demas Organismos de la Adminis- tracién Central del Estado, al Banco. Central de Cuba, .al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba a los Vi- ceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese el original en la Direccién Juridica. DADA‘ en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintisiete dias del mes de octubre del dos mil. i Raul de la Nuez Ramirez Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 568 del 2000 POR CUANTO: (Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, , ejecutar y controlar la aplicacién de la politica del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursa- les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”’, establece el procedimiento para la tramitacion de las so- licitudes de renovacién de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba. : ' POR CUANTO: El ecards del Registro Nacional _de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideracién del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presen- tada por la firma sueca AB SANDVIK INTERNATIO- NAL, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, ‘Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la renovacién de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie- dades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de ‘Comercio de la Republica de Cuba, a’ la firma sueca AB SANDVIK INTERNATIONAL, S.A. SEGUNDO;. El] objeto de la Sucursal de la firma AB SANDVIK INTERNATIONAL, S.A., en Cuba, a partir de la renovacién de la Licencia, sera la realizacion de actividades comerciales relacionadas con las mercancias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante * de la presente Resolucion.- TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolucién, no autoriza la realizacién de las actividades siguientes: —Importar y exportar directamente, , mercial; : —Realizar el comercio mayorista y minoriatal en gene- ral de productos y servicios, excepto los servicios de post-venta y garantia, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; ' : —Distribuir y transportar mercancias en el territorio nacional. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado del cumplimiento de le dispuesto en la presente Resolucion. COMUNIQUESE la presente Resolucién. a los Vicemi- con caracter co- “nistros y Directores del Ministerio del Comercio: Exte- “rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscri- to a la Camara de Comercio de la Reptiblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolucién al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la Republica, a la Em- presa para la Prestacién de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigracion y Extranjeria, a ETHECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Ga- ceta Oficial para general conocimiento y archivese el original de la misma en la Direccién Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los treinta y un dias del mes de octubre del dos mil, Ratl de la Nuez Ramirez Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 569 del 2000 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacién de la politica del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior. POR. CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ‘Reglamento del Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el procedimiento para la tramitacién de las solicitudes: de renovacidn de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba,