1606 GACETA OFICIAL Iro. de noviembre del 2000 he ES a A WRT II PTI ST I FI OT TE a SO PT SE a EE en el apartado anterior tendyen las siguientes caracte- risticas; ‘Anversos: Como motivo central un Zunzuncito que alimenta a los pichones en su nido, a la izquierda la marca de la ceca (llave y estrella), En un anillo exte-- rior la leyenda superior: ZUNZUNCITO a cada lado de Ja cual aparecen tres estrellas de ocho puntas, en el semicirculo inferior la leyenda indicativa del peso de Detalles técnicos de la moneda: Metal: Plata Plata Oro Calidad: Bu Proof Proof Canto: Liso Liso Liso Peso (0z) — 1 1 1 Diametro (mm): 38.00 38.00 38.00. Valor facial: 10 pesos 10 pesos 100 pesos Emisi6n 20 000 2 000 1000 maxima: , q Afio de 2000 2000 ° 2000 Acufiacién: Bas Ceca TERCERO: La, Empresa.Cubana de Acufaciones S.A., reconocida comercialmente como Casa de la Moneda, gueda autorizada para la comercializacidn de estas piezas. CCUARTO: La Empresa Cubana de Acufaciones S.A. queda encargada del cumplimiento y aplicacion de lo: dispuesto en la. presente resolucion. COMUNIQUESE: A los Vicepresidentes, al Superinten- dente, al Auditor, a los Directores, todos del Banco Central de Cuba; al Presidente de CIMEX S.A. y al Gerente General de la Empresa Cubana de Acufaciones S.A, PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la Republica de Cuba. ARCHIVESE el original en la Secretaria del Banco Central de Cuba. Se DADA en la ciudad de La Habana, a los treinta dias del mes de agosto del 2000. Francisco Soberon Valdés Ministro-Presidente Banco Centra] de Cuba RESOLUCION No. 63/2000 (Copia corregida) POR CUANTO: Mediante Acuerdo No. 109, adoptado ' por el Consejo de Direccion del Banco Central de Cuba en fecha. 6 de mayo de 1998, resulta, necesario, crear y regular el funcionamiento y facultades del Comité de Crédito del Banco Central de Cuba. POR CUANTO: Entre las atribuciones de] Presidente _ del Banco Central de Cuba, acorde con Jo dispuesto en el Articulo 36, incisos a) y b) del Decreto-Ley No. 172, se encuentra la de dictar resoluciones, instrucciones y demas disposicjones de caracter obligatorio para todos los organismos, organos, empresas y entidades econdmi- cas estatales, organizaciones ,y asociaciones econdmicas o de otro cardcter, cooperativas, el sector privado y la poblacién; asi como para todas las instituciones finan- cieras y las oficinas de representacion. — la pieza (expresado en onzas), un punto, el afio de la moneda, un punto, el metal y la ley (expresada en mi-— lésimas). ‘ Reversos: Al centro el escudo nacional rodeado de la leyenda circular: REPUBLICA DE CUBA. En el se- micirculo inferior la leyenda indicativa del peso de la pieza (expresado en onza), su valor facial, metal y ley (expresada en milésima). § Oro Oro Oro Oro Proof Proof Proof Proof Liso Liso Liso Liso ‘Io Mie 1/10 1/20 32.5 20.0 18.0 14.0 50 pesos 25 pesos 10 pesos 5 pesos 1000 1 000 1000 1 000 2000 2000 2000 2000 Empresa Cubana de Acufiaciones S.A, (Casa de la Moneda) _ POR CUANTO: ‘El que resuelve fue designado Ministro de Gobierno y Presidente del Banco Central de Cuba por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 13 de junio de 1997, POR TAINTO: En el ejercicio de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMBPRO: ‘Crear el Comite de Crédito del Banco Central de Cuba. ‘SEGUNDO: Poner en vigor el “REGLAMENTO™ IN- TERNO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL COMITE ‘DE CREDITO DEL BANCO CENTRAL DE CUBA”, que se anexa a la presente resolucién y pue es parte inte- grante de la misma. DISPOSICION FINAL PRIMERA: Para el desempefio de sus funciones el Comité de Crédito del Banco Central. de Cuba se rige. por los Decretos-Leyes No. 172 y No. 173, ambos de 28 de mayo de 1997; por los Lineamientos de la Politica de Crédito en Divisas, Riesgo Cambiario y Tasas de Interés vigentes en el pais; por este reglamento y por las demas disposiciones legales que resulten aplicables. SEGUNDA: ‘La presente resolucion entra en vigor a partir de la fecha de su firma, COMUNIQUESE a los Vicepresidentes, al Superinten- dente, al Auditor y Directores, todos del Banco Central de Cuba y a cuantas personas naturales y juridicas deban conocer la misma. . ARCHIVESE el original en la Secretaria del Banco Central de Cuba.” DADA en la ciudad de La Habana, a los treinta dias del mes de agosto del 2000. Francisco, Soberon Valdés Ministro-Presidente Banco Central de Cuba