8 de diciembre de 1999 GACETA OFICIAL 1287. eA a TRE EPS TI ESTEE NDE A I LE LIEGE CITE IIIT APOE AP IE SLOT TOOLS REECE TL BOO SENSED EDL SA ELS OC ELSIE \ Apartado Segundo otra concesién minera que tenga por objeto’ los minerales autorizados al concesionario. Si se ptesentara una solicitud de concesidn minera o un per- miso de reconocimiento dentro de dicha 4rea para mi- nerales distintos a los autorizados al concesionario, la Oficina Naciona] de Recursos Minerales analizard lg so- licitud segtin los procedimientos de consulta establecidos, que incluyen al concesionario, y dictaminara acercg de la posible coexistencia de ambas actividades mineras siempre que no implique una afectacién técnica ni eco- nomica al concesionario. SEXTO: E)] concesionario entregara a la Oficina Na- cional de Recursos Minerales, en los términos estableci- dos en el Decreto 222, Reglamento de la Ley de Minas, la siguiente informacién: a) el plan de explotacién y procesamiento para los doce meses siguientes, b): el movimiento de las reservas minerales, c) todos los informes técnicos correspondientes a las areas devueltas, d) el plan progresivo de rehabilitacién y restauracién ‘de jas dreas a ser devueltas, y e) las demds informaciones y documentacién exigibles por la autoridad minera y por la legislacioén vigente. SEPTIMO: Las informaciones y documentacién en- tregadas a la Oficina Nacional de Recursos Minerales que as{ lo requiriesen, tendran cardcter confidencial a solicitud expresa del concesionario, dentro de los térmi- nos y condiciones establecidos en la legislacién vigente. OCTAVO: El concesionario pagaré al Estado un canon de diez pesos por hectdarea por afio para toda e] area de explotacién, que se abonara por anualidades adelantadas, asi como una regalia del 1%, calculada segun lo dis- puesto en la Ley de Minas. E] concesionario pagara tam- bién el precio del derecho de superficie que corresponda por el drea de procesamiento de la concesién, sobre la ba- se de ung tasa por metro cuadrado. Todo lo anterior se hard segiin disponga el Ministerio de Finanzas y Precios. NOVENO: El concesionario esta obligado a solicitar y a obtener de las autoridades ambientales la licencia am-. biental correspondiente y a elaborar el estudio de impac- to ambiental que sometera a la aprobacion del Ministerio de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambiente, todo con ante- rioridad a la ejecucién de los trabajos que por la pre- sente resolucién se autorizan. DECIMO: El concesionario creara una reserva finan- ciera en una cuantia suficiente para cubrir los gastos derivados de las labores de restauracidn del area de la concesi6n o de las areas devueltas, del plan de control de los indicadoreg ambientales, y de los trabajos de miti- gacién de los impactos directos e indirectos ocasionados por la actividad minera. La cuantia de esta’ reserva no sera menor del 5% del total de la inversi6n minera y serd propuesta por el concesionario al Ministerio de Fi- nanzas y Precios dentro de los ciento ochenta dias si- guientes al otorgamiento de esta concesién, segtin dispo- ne el articulo 88 del Decreto 222, Reglamento de la Ley de Minas. ; DECIMOPRIMERO: El concesionario cumplimentard “lo establecido en el Decreto 262, Reglamento para la compatibilizacién del desarrollo econémico-social del pais -con los intereses de la defensa, segtin corresponda de acuerdo con los trabaios autorizados y a las coordina- ciones realizadas con los oérganos territoriales de la de-- fensa. DECIMOSEGUNDO: Las actividades mineras realiza- das por el concesionario tienen prioridad sobre todas las demas actividades en el area de la concesién. Las acti- vidades que se realizan por cualquier tercero en el area de la concesién podran continuar hasta la fecha en que tales actividades interfieran con las actividades minera: del concesionario. El concesionario dard aviso a ese ter- cero con suficiente antelacién de no menos de seis meses al avance de las actividades mineras para que dicho tercero concluya sus actividades y abandone el area, con sujecion a lo dispuesto en el apartado DECIMOTERCERO de esta resolucion. DECIMOTERCERO: Si como consecuencia de su ae vidad minera en el Area de la concesién el concesionari» afectara intereses o derechos de terceros, ya sean pet- sonas naturales o juridicas, estard obligado a efectuar la: debida indemnizacién y, cuando procediera, a repara- los dafios ocasionados, todo ello segiin establece la legis- lacién vigente. DECIMOCUARTO: Ademas de lo dispuesto en la pre- sente resolucién, el concesionario esta obligado a cumpl'* todas las disposiciones contenidas en la Ley 76, Ley ce Minas y su legislacién complementaria, las que se apl:- - can a la presente concesién. DECIMOQUINTO: Las disposiciones q que Se contrae la, presente resolucién, quedaran sin, vigor si transcurrie- .ran treinta dias de su notificacién al concesionario y n> se hubiera inscrito en el: Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos. Minerales. DECIMOSEXTO: Notifiquese a la Oficing Nacionc! de Recursos Minerales, al ‘concesionario y a cuantas mas personas naturales y juridicas proceda, y publiquese e1 la Gaceta Oficial de la Republica para general conoci- miento. Dada en Ciudad de La Habana, a 1 de diciembre de 1999. 7 Marcos Portal Leon Ministro de lq Industria Basica RESOLUCION No. 401 POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, pro- mulgada el 23 de enero de 1995, establece en su Articulo 47 que el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutive delegan en el Ministerio de la Industria Basicg e] otor- gamiento o denegaciédn de las concesiones mineras para pequefios yacimientos de determinados minerales... POR CUANTO: El -Acuerdo N® 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Mi- ’ nistros otorgé6 al Ministro de la Industria Basica deter- minadas facultades en relaci6n con los recursos minera- les clasificados en los grupos I, III y IV, segtn el articulo 13 de la mentada Ley de Minas. POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Cons- truccién No. 8, Matanzas ha presentado a Ja Oficina Na- ‘ciona] de Recursos Minerales una solicitud de concesién de explotacién para realizar sus actividades mineras en