1172 GACETA OFICIAL 9 de noviembre de 1999 A SS SIE) ESS SION TEER LEE DI SPE) BG RESETS BSP SET WERE RESP RP DR SB SEC SP SS ES ES IED —Distribuir y transportar mercancias en el territorio nacional. CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. COMUNIQUESE la presente resolucién a los vicemi- nistros y directores del Ministerio del Comercio Exterior, al encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de Ja Republica de Cuba, Quien queda responsabilizado de notificar la presente resolucién al interesado; a los directores de empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Republica, a la Empresa para la Prestacién de Servi- cios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A. a la Direccién de Inmigracién y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automoto- res y a cuantas otras entidades- nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conoci- miento y archivese el original de la misma en Ja Direc- cion Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 5 de noviembre de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION N? 470/99 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de! Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N® 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacién de la politica del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad comercial exterior. POR CUANTO: El Decreto N° 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras’, faculta al Ministro del Comercio Exterior para resolver sobre las solicitudes de inscripcidn presentadas ante dicho re- gistro, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba. POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras, en cumplimiento de} articulo 16 del precitado De- creto N° 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la consideracion del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicitud presentada por la sociedad mercantil cubana CODEME, S.A., para actuar como agente de la companiia mexicana GRUPO CTT, S.A. de C.V POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripcidn de la sociedad mercantil cubana CODEME, S.A., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Re- publica de Cuba, para actuar como agente de la compa- fila mexicana GRUPO CTT, S.A. de C.V. SEGUNDO: La sociedad mercantil cubana CODEME, S.A., en su caracter de agente en Cuba de la companfiia mexicana GRUPO CTT, S.A. de C.V., estara autorizada a la realizacion de actividades comerciales relacionadas con las mercancias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se describen en el] anexo N® 1 que forma parte integrante de la presente resolucion. : TERCERO: la licencia que se otorgue al amparo de la presente resolucion, no autoriza la realizacién de las actividades siguientes: -—Importar mercial, y exportar directamente, con caracter co- ~Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior. —Distribuir y transportar mercancias en el territorio nacional. : CUARTO: El encargado del Registro Nacional dé Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje- ras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, conta- dos a partir de la fecha de la presente resolucién, para que la entidad cuya inscripcion se autoriza en el apar- tado PRIMERO, formalice su inscripci6n en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mer- cantiles Extranjeras. E] incumplimiento del plazo establecido en esta dis- posicién especial’implicara el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuen- temente, el encargado del Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras procedera al archivo del expediente’ incoado. COMUNIQUESE la presente resolucién a los vicemi- nistros y directores del Ministerio del Comercio Exterior, al encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente resolucion al interesado; a los directores de empresas, al ‘Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Republica, a la Empresa para la Prestacian de Servi- cios a Extranjeros, CUBALSE, a Ja companhia ACOREC S.A., a la Direccidn de Inmigracion y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automoto- res y a Cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conoci- miento y archivese el original de la misma en la Direc- eidn Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del. Co- mercio Exterior, a 8 de noviembre de 1999. -Ricardo Cabrisas. Ruiz . Ministro del Comercio Exterior