1164 GACETA OFICIAL 9 de noviembre de 1999 la Aduana General de la Republica, al Ministerio de Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis- tracidn Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los directores de empresas. Publiquese en Ja Gaceta Ofi- cial para general conocimiento y archivese el original en la Direccién Juridica. ; DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 3 de noviembre de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION N® 455/99 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio. Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N® 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacién de la politica de] Es- tado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribucidn de conceder facultades para realizar operaciones de exportacidn e importacién, determinando en cada caso la nomenclatura de mercan- cias que serdn objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resolucién N® 285, dictada por el Ministro del Comercio Exterior el 23 de junio de 1997, se ratific6 a la empresa TROPIFLORA, la autori- zacion otorgada para realizar operaciones de comercio exterior, ; , POR CUANTO: La empresa TROPIFLORA, ha pre- sentado la correspondiente solicitud, a los efectos de que se le modifique la nomenclatura de productos de expor- taci6n e importacién que requiere a los fines previstos en su objeto social. POR CUANTO: Como resultado del andalisis efectua- do, el Consejo de Direccidn de este ministerio ha consi- derado procedente acceder a la solicitud presentada por la empresa TROPIFLORA. POR TANTO: En uso de Jas facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Ratificar la autorizacién otorgada a la empresa TROPIFLORA, identificada a los efectos esta- disticos con el cédigo N® 085, para que ejecute directa- mente la exportacién e importacién .de las mercancias Que a nivel de subpartidas arancelarias, se indican en los anexos N° 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolucién, y que sustituye la nomenclatura aprobada al amparo de la Resoluciédn 285 de 23 de junio de 1997, la que consecuentemente quedara sin efecto. —Nomenclatura permanente, de productos de exportacién (anexo N?® 1). —Nomenclatura permanente, de productos de importacién (anexo N® 2), SEGUNDO: La importacié6n de las mercancias com- prendidas en la nomenclatura, que por la presente se aprueba, solo podra ser ejecutada con destino a cumplir los fines previstos dentro de su objeto social. TERCERO: La importacién de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la nomenclatura de importacién que se concede a la enti- dad solicitante, deberd interesarse, previamente a la eje- cucién de la importacién, en la forma establecida para cada caso segun proceda. CUARTO: La empresa TROPIFLORA, al amparo de la Resolucién N® 200, dictada por el Ministro,del Comer- cio Exterior en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la exportacién e importacién eventual de productos, cuya nomenclatura no se aprueba por la presente. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién N® 237, dictada por el Ministro del Comercio Exterior en fecha 3 de mayo de 1995, la empresa TROPIFLORA, vie- ne obligada a rendir a la Direccidn de Estadisticas, Ana- lisis y Planificacién del Ministerio del Comercio Exterior, la informacién que en la misma se establece. COMUNIQUESE la presente resoluciédn al interesado, a la Aduana General de la Republica, al Ministerio de Finanzas y Precios y demas organismos de la Admi- nistracién Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacio- nal de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del 'ministerio, al Presidente qe la Camara de Comercio y a los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese el original en la Direccién Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 3 de noviembre de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION N® 456/99 the) POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior. en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N? 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacién de la politica del Es- tado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuciédn de conceder facultades para realizar operaciones de exportacién e importacion, determinando en cada caso la nomenclatura de mercan- cias que serdn objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resolucién N® 509, dictada por el Ministro del Comercio Exterior el 19 de noviem- bre de 1996, se ratificd a la empresa CUBAHIDRAULICA, la autorizacién otorgada para realizar operaciones de comercio exterior. POR CUANTO: La empresa CUBAHIDRAULICA, ha presentado la correspondiente solicitud, a los efectos de que se le modifique la nomenclatura de productos de importaci6n que requiere a los fines previstos en su ob- jeto social. POR CUANTO: Como resultado del andlisis efectuado, el Consejo de Direccién de este ministerio ha considerado procedente acceder a la solicitud presentada por la em- presa CUBAHIDRAULICA. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Ratificar la autorizaci6n otorgada a la empresa CUBAHIDRAULICA, identificada a los efectos estadisticos con el cédigo N° 058, para que ejecute direc-