2T de’ oetubre de 1999 ' GACETA OFICIAL 1143 la Gaceta Oficial de la Reptblica para general conoci- miento. DADA en Ciudad de La Habana, a 26 de octubre de 1999. Marcos Portal Leon Ministro de la Industria Basica ISPS RL LLL ALOE LAL LS AL PLPLDP LPO LPL OL LP LPL ALPE SALSA ADUANA GENERAL DE LA REPUBLICA RESOLUCION N? 26/99 ‘POR CUANTO: La Resolucién N® 4/98, de fecha 13 de febrero de 1998, del Ministro de Finanzas y Precios, apro- bé y puso en vigor el “Reglamento para los Regimenes de Admisién Temporal para Perfeccionamiento Activo, de Reintegro de Derechos (Drawback) y de Reposicion por Franquicia.” POR CUANTO: El capitulo ITI de Ja antes menciona- da Resolucién N° 4/98, que regula el Régimen de Rein- tegro de Derechos (Drawback), dispone en su articulo 55. que ademas de lo establecido en dicho capitulo y con el fin de justificarse los beneficios del régimen, la Aduana podra solicitar otras informaciones relativas al despacho a consumo de las mercancias, con referencia a la fecha y- numero de la Declaracién de Mercancias; a la deno- minacion de las mercancias, segun el Sistema Armonizado de Designacién y Codificacién de las Mercancias; a la utilizacion, elaboraci6én o transformacion a que hayan sido sometidas las mercancias; a las condiciones de la exportacion, . POR.CUANTO: Se hace necesario establecer un proce- dimiento que concilie la facilitacién para el disfrute del Régimen Aduanero de Reintegro de’ Derechos (Drawback) con el control aduanero del mismo. POR CUANTO: El que resuelve fue designado Jefe de la Aduana General de la Republica, por Acuerdo N? 2867, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de fecha 2 de marzo de 1995. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Ademas de los requisitos que para la so- licitud del Régimen de Reintegro de Derechos (Drawback) establece la Resolucidn N® 4/98, de fecha 13 de febrero de. 1998, del Ministro de Finanzas y Precios, la persona que solicite el reintegro por los derechos pagados por mercancias sometidas a un proceso de transformacidn, elaboracion o reparacién para su exportacidn, estara obli- gada a presentar a la Aduana General de la Republica la Declaracion Jurada, que como anexo 1, forma parte de esta resolucion., ; Las Declaraciones de Mercancias de Importacion y Ex- portacién que justifican la solicitud y se relacionan en el anexo 1, se adjuntaran a ésta, a los fines de la revi- sidn y comprobaciédn que sea necesario efectuar por la Aduana. 1. N°: (anverso) 2. N® liquidacién DM-fecha: 3.. Aduana: TRE TF oa ‘ as BER x ey SEGUNDO: La Declaraci6n Jurada a que se refiere el apartado anterior, sera recibida y revisada por la Aduana General de la Republica y, de encontrarse co- rrecta, ésta la remitira al Ministerio de Finanzas y Pre- cios conjuntamente con el Dictamen Técnico y demas documentos, para la decisi6dn final en cuanto a si pro- cede o no el reintegro de los derechos. TERCERO: La Aduana General de la Republica rea- lizara la revisidn y remision a que Se refiere el apartado anterior en un término de treinta (30) dias naturales, contados a partir de la fecha en que son recibidas del interesado. CUARTO: De encontrarse errores o faltas en la De- claraci6n Jurada, se le informara por escrito al intere- sado, senalandole los errores o faltas, para que la pre- sente de nuevo subsanada, concediéndole para ello un plazo de diez (10) dias naturales, contados a partir de la fecha de notificado, y de no hacerlo se entendera que ha desistido de la solicitud. El plazo para subsanar Jos errores interrumpe el tér- mino de tramitacién a que se refiere el apartado anterior. QUINTO: Esta resolucién comenzara a regir a partir de su firma. SEXTO: Comuniquese la presente al Ministerio de Finanzas y Precios y publiquese en la Gaceta Oficial de la Republica para general conocimiento. Archivese el original en la Direccién de Asuntos Legales de esta Adua- na General de la Republica. DADA en la Aduana General de la Republica, en Ciu- dad de La Habana, a 14 de octubre de 1999. Pedro Ramén Pupo Pérez Jefe Aduana General de la Republica METODOLOGIA PARA EL LLENADO DE LA DECLARACION JURADA ANEXO I Objetivo: Dejar constancia certificada de los datos detallados relativos a las operaciones de importacién, utilizacién y exportacidn que justifican el reintegro de derechos. soli- citado. Instrucciones: 1. Este modelo sera cumplimentado por la.entidad soli- citante, debiendo entregar 2 ejemplares a la Aduana, conjuntamente con el escrito de la fundamentacidén de la solicitud del régimen aduanero y demas docu- mentos. 2. Todas Jas hojas de este modelo, que sea necesarjo uti- lizar, se firman por el Director de la entidad solici- tante, asi como se consignara la fecha y el cufio de la misma. La entidad solicitante empleara tantos modelos como sea necesario para justificar su solicitud. Anotaciones: Se realiza a maquina de escribir o tinta legible como sigue: o3 Numero de orden, coincide con el numero de orden del reverso, Numero de liquidacion de la Declaracion de Mercancias de importacion y fecha. t Cédigo de la aduana por la cual se preduce la importa- cion.