27 de octubre de 1999 GACETA OFICIAS 1132 DADA en Ciudad de La Habana, a 25 de octubre de 1999, Lionel Enriquez Rodriguez Jefe de la Oficina Nacional de Normalizacion RESOLUCION N? 84/99 POR CUANTO: El Decreto-Ley N° 147 de abril de 1994, modificd la integracién de los organismos de la Administracion Central del Estado y en su articulo 4 establecid la creacion de la Oficina Nacional de Norma- lizacion, adscrita al Ministerio de Economia y Planifi- cacion. POR CUANTO: El Decreto-Ley N° 182 de febrero de 1998 designa y faculta a la Oficina Nacional de Nor- malizacién para la aprobacién de las Normag Cubanas. POR CUANTO: En virtud de las propuestas realiza- das por los Comités Técnicos de Normalizacién corres- pondientes, resulta necesario aprobar las Normas Cu- banas que se relacionan. POR 'FANTO: En uso de las facultades que me han sido delegadas, Resuelvo: Aprobar las Normas Cubanas: Descripcién bibliografica de documentos de patentes. (Sustituye a la NC 39-34:1988.) Documentacion. Tabla de contenido de pu- blicaciones periddicas. (Sustituye a la NC 39-32:1988.) Numeracioén Internacional Normalizada de Libros (ISBN). (Sustituye a la NC 39-04:1988.) Documentacion. Directorios de bibliotecas, archivos, centros de informacién y docu- mentacién y bases de datos. (Sustituye a la NC 39-31:1987.) Presentacion de traducciones. (Sustituye g la NC 39-15:1983.) SEGUNDO: Encargar al Instituto de Investigaciones en Normalizacién, de -la publicaci6n y divulgacion de esta norma. TERCERO: Comuniquese al Ministerio de Economia y Planificacion, al Ministerio de Justicia y a cuantas mas personas naturales o juridicas proceda. Archivese el ori- ginal en la Asesoria Juridica de esta oficina, DADA en Ciudad de La Habana, a 26 de octubre de 1999. PRIMERO: NC 48 NC-ISO 18 NC-ISO 2108 NC-ISO 2146 NC-ISO 2384 Lionel Enriquez Rodriguez Jefe de la Oficina Nacional de Normalizacion INDUSTRIA BASICA RESOLUCION N® 346 POR CUANTO: La Ley N® 76, Ley de Minas, promul- gada el 23 de enero de 1995, establece en su articulo 47 que el Consejo de Ministros 0 su Comité Ejecutivo dele- gan en cl Ministerio de la Industria Basica el otorga- miento o denegacién de las concesiones mineras para pequenos yacimientos de determinados minerales. POR CUANTO: El Acuerdo N° 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comité Ejecutivo del Consejo de Mi- nistros otergd al Ministro de la Industria Basica deter- minadas facultades en relacién con los recursos minerales clasificados en los grupos I, III y IV, segtin el articulo 13 de la mentada Ley de Minas. POR CUANTO: La Compafiia Contratista de Obras pa- ra la Aviacion S.A., ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de concesion de in- vestigacion geoldgica para el area denominada Sur de Casasa, ubicada en la provincia de Ciego de Avila. POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Mi- nerales ha considerado conveniente recomendar al Minis- tro de la Industria Basica que se otorgue la concesidn al solicitante, oidos los criterios de los Organos locales del Poder Popular. POR CUANTO: El que resuelve fue designado Minis- tro de la Industria Basica por acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, : Resuelvo: PRIMERO: Otorgar a la Compania Contratista de Obras para la Aviacion S.A., en lo adelante el concesio-. . nario, una concesiédn de investigacidn geoldgica, en el area denominada Sur de Casasa, con el objeto de que realice trabajos de-prospeccién y exploracién geoldégicas para mineral de calcarenita existente dentro del area de la concesion. SEGUNDO: La presente concesidn se ubica en la pro- vincia de Ciego de Avila y abarca un area de 342,08 hec- tareas que se localizan en el terreno, en coordenadas Lambert, sistema Cuba Norte, siguientes: Zona 1: VERTICE NORTE ESTE 1 294 871 775 674 2 294 871 776 220 3 294 961 776 220 4 294 961 776 761 5 294 059 776 761 6 294 059 776 876 7 293 644 776 876 8 293 644 776 729 — 9 293 427 776 729 10 293 427 776 264 11 293 339 776 264 12 293 339 776.042 13 293 101 776 042 14 293 101 775 679 15 293 219 775 679 16 293.219 779 573 17 293 489 7715 573 18 293 489 775 651 19 294 058 275 651 20 294 058 UWS 727 21 294 458 UT 727 22 294 458 775 674 1 294 871 775 674 Zona 4: 1 293 002 773 287 2 293 002 773 806 3 292 766 773 806 4 292 766 773 989 5 292 505 773 989 6 292 505 774 087 7 292 406 V74 037