4 1124 GACETA OFICIAL 26 de octubre de 1999 1: STUN ETE CT LS LNT ETE LE ERNEST portadores e Importadores, adscrito a la Camara de Co- mercio de la Republica de Cuba. p COMUNIQUESE la presente resolucidn al interesado, a la Aduana General de la Republica, al Ministerio de Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis- tracién Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi- Cial para general conocimiento y archivese el original en la Direccion Juridica. e DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 22 de octubre de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION N? 447/99 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el. Acuerdo N® 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicacion de la politica del Esta- tado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribucion de conceder facultades para realizar operaciones de exportacién e importacion, determinando en cada caso la nomenclatura de mer- cancias que seran objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resolucién N? 202, de 20 de mayo de 1999, dictada por el Ministro del Comercio Ex- terior, fue establecido el procedimiento para el otorga- miento, ampliacién y cancelacién de nomenclaturas de productos de exportacién e importacién a las asociaciones econémicas internacionales constituidas al amparo de la Ley N° 77 “Ley de la Inversién Extranjera.” POR CUANTO: La empresa mixta PRODUCTOS SA- NITARIOS, S.A., oportunamente aprobada por el término de 25 afios contados a partir del 13 de julio de 1999, de conformidad con lo establecido, ha presentado la corres- pondiente solicitud a los efectos de que se le conceda facultades para realizar operaciones’ de comercio exte- rior, asi como se le autorice la correspondiente nomen- clatura de productos de exportacién e importacioén, a los fines previstos en su objeto social. POR CUANTO: El Consejo de Direccién de este mi- nisterio ha considerado procedente acceder a la golicitud interesada por la citada entidad. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar a la empresa mixta PRODUC- TOS SANITARIOS, S.A., identificada a los efectos es- tadisticos con el cddigo N° 506, para que ejecute directa- mente la exportacidn e importacién de las mercancias que a nivel de subpartidas arancelarias, se indican en los anexos N®? 1, 2 y 3 que forman parte integrante de la presente resolucion. —Nomenclatura permanente de productos de exportacidn (anexo N® 1). -Nomenclatura permanente de productos de importacion (anexo N° 2), ~—Nomenclatura temporal de productos de importacién por el término de dos (2) afios (anexo N® 3). SEGUNDO: La importacién de las mercancias com- prendidas en las nomenclaturas, que por la presente se aprueba, sdlo sera para el consumo dentro de su objeto social y no para la comercializacién con terceros ni des- tinada a otros fines. TERCERQ: La importacién de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante las nomenclaturas de importacién que se concede a la enti- dad solicitante, debera interesarse, previamente a la eje- cucién de la importacién, en la forma establecida para cada caso segun proceda. CUARTO: La empresa mixta PRODUCTOS SANITA- RIOS, S.A., al amparo de la Resolucién N? 200, dictada por el Ministro del Comercio Exterior en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la exportacién y/o impor- tacién eventual de productos, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la presente. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resolucién N® 237, dictada por el Ministro del Comercio Exterior en fecha 3 de mayo de 1995, la empresa mixta PRODUC- TOS SANITARIOS, S.A., viene obligada a rendir a la Direccién de Estadisticas, Analisis y Planificacién del Ministerio del Comercio Exterior, la informacién que en la misma se establece. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados a partir de la fecha de la presente resolucién, para que la entidad autorizada en virtud del apartado PRIMERO, formalice su inscripcidn en el Registro Nacional de Ex- portadores e Importadores, adscrito a la Camara de Co- mercio de la Republica de Cuba. COMUNIQUESE la presente resolucion al ‘eereeaaps a la Aduana General de la Republica, al Ministerio de Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis- . tracién Central. del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio, S.A., a los viceministros y directores del ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y.a los directores de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi-: cial para general conocimiento y archivese el pee en la Direcci6n: Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 22 de octubre de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION N® 448/99 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virlud de lo dispuesto: en el Acuerdo N® 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar Ja aplicacion de la politica del Es- tado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuciédn de conceder facultades para realizar operaciones de exportacién e importacion, determinando en cada caso la nomenclatura de’ mer- cancias que serdn objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resolucién N? 202, de 20 ‘de mayo de 1999, dictada por el Ministro del Comercio Ex-