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‘734 GACETA OFICIAL

20 de julio de 1999

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Es aquel recurso supuesto o intuido, que se estima con
un alto grado de, incertidumbre mediante la extrapola-
ciédn geoldgica, premisas, criterios (geofisicos, geoquimicos,
etc.) o por los calculos estadisticos. La estimaciédn debe
realizarse independiente del resto de los recursos. Se
subdividen en: Hipotético y Especulativo,

Hipotético.

Es el recurso que puede ser descubierto mediante la
ampliacién del area del Recurso Identificado, y aquél
Cuya existencia en la regidn puede ser esperada razona-
blemente, en correspondencia con las condiciones geold-
gicas existentes.

La evaluacién del mismo, se fundamenta en los re-
sultados de las investigaciones geoldgicas, geofisicas y
geoquimicas, asi como la extrapolacién geoldgica de los
datos existentes.

Especulativo.

Recurso no descubierto atin pero que puede hacerse
evidente por la existencia de premisas o criterios geolé-
gicos favorables, en: cuencas, campos minerales, regiones
de nuevos yacimientos 0 depdsitos que atin no han sido
reconocidos por su potencial econdédmico. La evaluacién
del recurso se fundamenta por analogia con yacimientos
conocidos del mismo tipo genético.

RESERVA MINERAL.

Es la parte o totalidad del Recurso Mineral Medido o
Indicado que puede ser extraido con utilidad econémica,
considerando las pérdidas y dilucién, seguin las condi-
ciones reales asumidas en el estudio de factibilidad o
prefactibilidad econémica.

Los _estimados de reservas minerales provienen de los
recursos, en cuya estimacidn se han considerado crite-
rios mineros, tecnoldgicos, legales, econédmicos, medioam-
bientales, sociales y gubernamentales.

La reserva mineral se clasifica en: Probada y Probable.
Probada.

Es el Recurso Mineral Medido, cuya viabilidad de ex-
traccidén en el momento de su calculo, estA soportado en
un estudio de factibilidad.

Probable.

Es el Recurso Mineral Indicado, cuya viabilidad de
extraccién en el momento de su calculo, esta soportado
en un estudio de prefactibilidad o factibilidad.

2. GUIA GENERAL PARA LA CLASIFICACION, ES-
TIMACION, CALCULO Y CONTROL DE LOS RE-
CURSOS DE MINERALES SOLIDOS.

1. Log requisitos sobre la forma y contenido de la in-
formacién de recursos y reservas aparecen en el] ma-
nual de procedimiento de la Ley 76 de Minas.

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2. Otras cuestiones legales y de procedimiento sobre
recursos y reservas de minerales aparecen en las
regulaciones vigentes.

3. La estimacién, cdlculo y reporte de los recursos y
reservas debe ser realizada por una persona de expe-
riencia reconocida en esta especialidad.

4. Toda ocurrencia natural de minerales sdlidos en su-

10.

11.

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14.

16.

ficiente concentracién puede ser clasificada en uno
o mas tipos de recursos. :

- Al definir el recurso de mineral Util se tendran en

cuenta los datos de la investigaciédn geoldégica, y que
el mismo es perspectivo para una adecuada explo-
tacién.

Los recursos de minerales utiles sélidos se estiman y
controlan como resultado de los trabajos geologicos
que se ejecutan en el proceso de investigacién para
la asimilacién industrial del yacimiento.

- Los estimados de recursos no son calculos precisos

pues dependen de la interpretacion de la informacién
limitada sobre ubicacién, forma y continuidad de la
Ocurrencia mineral y de los resultados logrados en
el muestreo.

- Las cantidades, calidades y contenidos pueden ser

expresados en diferentes términos y unidades, segin
diferentes propdsitos pero debidamente expuestos y
definidos,

- El término de reserva mineral, sdlo se usa si se ha

realizado un estudio de factibilidad o prefactibilidad
econémica y los datos relativos al recurso mineral
del cual proviene, indica una factibilidad potencial
que se establece, en términos de cantidad y calidad
que puede ser extraida.

Las denominaciones de mena y reserva, no deben
usarse para los estimados de recursos minerales ya
que estos términos implican factibilidad, y sdlo son
apropiados cuando los factores técnicos y econdmicos
han sido considerados.

En el reporte de los recursos minerales se deben es-
pecificar las categorias de Medido, Indicado e Infe-
rido, no se deben reportar las cifras entremezcladas
de distintas categorias, a menos que los datos o cifras
estén debidamente separadas.

De la misma manera que en el] punto anterior se
reporta la Reserva Probada o Probable.

Se establece una relacién directa entre Recurso Mi-
neral Indicado y Reserva Probable y entre el Re-
curso Mineral Medido y Reserva Probada, o sea el
nivel de confianza de los datos geoldgicos para la
Reserva Probable es el mismo que el requerido para
la determinacion “in situ” del Recurso Indicado, y
para la Reserva Probada, el mismo, que para el
Recurso Medido.

De ocurrir cambios que afecten la viabilidad econé-
mica de las reservas y se consideran como no fac-
tibles, entonces estas reservaS pasan a recursos.

. Los minerales acompafiantes que se van acumulando

durante el proceso de beneficio, las pilas de mineral
(incluyendo las escombreras y depdsitos de cola), y
los rellenos se consideran a los efectos de esta cla-
sificacidn como mineral “in situ” y a ellos se les
aplican los criterios de clasificacién de recursos y
reservas aqui enunciados.

La clasificacién tiene aplicacidn también en el caso
de los minerales radiactivos, siempre y cuando se
tengan en cuenta las particularidades y especifici-
dades de estos depdsitos.