596 | GACETA OFICIAL 7 de junio de 1999 EE I NTT I AEST SL ME A NEA ETT TS IST PSE ET ES SS ES TE SE I TIE TSS ITED nistracién Central de] Estado y de los Organos Locales del Poder Popular reciben el tratamiento establecido para dichos centros en la legislacidn vigente. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA: Se deroga la Resolucién No. 4248 de 26 de marzo de 1985, la Resolucién No. 5 de 380 de abril de 1993 y la Instruccidn No. 19 de 16 de octubre de 1990, del anteriormente denominado Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social y este Ministerio de Tra- bajo y Seguridad Social respectivamente, y cuantas otras se opongan a] cumplimiento de lo que por el presente dispone en las organizaciones empresariales que aplican el Perfeccionamiento Empresarial. SEGUNDA: Se faculta al Viceministro que atiende la Direccidn de Recursos Laborales de este Ministerio para dictar las instrucciones que se requieran para la mejor interpretacién y aplicacién de lo que por el pre- sente se eStablece. TERCERA: Esta Resolucién comenzara a regir a partir de la fecha de su firma. CUARTA: Publiquese en Ja Gaceta Oficial de la Re- publica para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a lro. de junio de 1999. Salvador Valdés Mesa Ministro de Trabajo y Seguridad Social ANEXO I INDICACIONES DOCENTE-METODOLOGICAS PARA LOS MODOS HABILITACION Y PERFECCIONAMIENTO Con el objetivo de contribuir a la organizacién de las actividades que se realizan en el proceso docente edu- cativo en los modos habilitacién y perfeccionamiento, y para coadyuvar a un mejor control y efectividad del trabajo, se presentan a continuacién un grupo de indi- caciones sobre los planes y programas de estudio, las visitas técnicas y la documentacion. Los organismos y organos del estado podran adecuar las indicaciones contenidas en este Anexo, atendiendo a sus caracteristicas particulares, las estructuras de las otganizaciones empresariales, las caracteristicas de las acciones de capacitacién g desarrollar, el lugar donde se imparten, etc; teniendo en cuenta que no afecten _ el control y la calidad del trabajo. a)Planes y Programas de Estudio Es necesario ajustar Jos planes y programas de estu- dios en cuanto a’ su contenido y tiempo de duracién atendiendo a las necesidades de preparacién de cada trabajador. Plan de estudio El plan de estudio es el documento que contiene las caracteristicas mas generales para Ja capacitacién del personal, y el contenido y amplitud de las competencias laborales que han de recibir. En él se determina el tiempo necesario para obtener la calificacion requerida para el desempefio de una ocu- pacién o perfeccionamiento de los conocimientos reque- ridos para la misma, el régimen de trabajo docente, las asignaturas que han de estudiarse y sus secuencias, el tiempo asignado al aprendizaje de cada asignatura, asi como su distribucién en teorfa o practica. Los planes de estudios serdn elaborados por las orga- nizaciones empresariales o sus niveles superiores, segtin su estructura. Los Organismos de la Administracién Central del Estado determinardn Jas instancias ge apro- bacién de estos planes teniendo en cuenta, cuando. pro- ceda, la homologaciém de las competenciag Jaborales. Se debera tener presente que los cursos de habilita- cién que se organicen no estén contemplados en la for- macién completa o complementacién que se imparte en el sistema de la ensefianza técnico-profesional del Mi- nisterio de Educacidn. E] plan de estudio contiene los aspectos siguientes: 1. Nota explicativa. 2. Plan del proceso docente. 3. Programa de las asignaturas. a) Generalidades b) Objetivos (generales y especificos) c) Plan tematico-andlitico ch) Evaluacion d) Bibliografia. 1. NOTA EXPLICATIVA Contiene los objetivos del plan de estudios asi como las aclaraciones y recomendaciones que sean necesarias sobre el plan del proceso docente, determinando a quién se dirige la accién de capacitacién y el nivel cultural de los participantes.