534 DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados a partir de la fecha de notificacién de la presente reso- lucién, para que la entidad autorizada en el apartado PRIMERO a otorgar contrato de comisién, formalice su inscripciédn en el Registro Nacional de Contratos de Co- misi6n, adscrito a Ja Camara de Comercio de la Repu- blica de Cuba. De no proceder a la inscripciédn en el plazo establecido en esta disposiciédn especial, se entendera por desistido el interés de otorgar el contrato de comisioén en cuestién y por anulada la autorizacién por la presente concedida. COMUNIQUESE la presente resolucién al interesado, a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Minis- terio del Comercio Interior, a la Aduana General de la Republica, al Presidente de la Camara: de Comercio de la Republica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional y al Banco Internacional de Comercio S.A. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese el original de la misma en la Direccion Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 18 de mayo de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION N® 196/99 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N? 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje- cutar y controlar la aplicaci6n de la politica del Estado y dél Gobierno en la actividad comercial exterior. POR CUANTO: Mediante la Resolucién N° 434, de fe- cha 28 de octubre de 1998, dictada por el que resuelve, se autoriz6 a la sociedad mercantil cubana COMERCIALI- _ZADORA ITH, S.A., a otorgar un contrato de comisién con la compafiia belga BELGIAN INTERNATIONAL SUPPLIER, NV, para la venta en consignacion, de las mercancias de importacidn que en la propia resolucién se detallan. POR CUANTO: La sociedad mercantil cubana CO- MERCIALIZADORA ITH, S.A., ha solicitado, segin el procedimiento establecido, que se le amplie la nomencla- tura de productos autorizada en el mencionado contrato, . por lo que el Consejo de Direcciédn de este ministerio ha considerado procedente acceder a la solicitud interesada por la mencionada entidad. POR TANTO: .En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar a la sociedad mercantil cubana COMERCIALIZADORA ITH, S.A., a ampliar la nomen- clatura de productos en el contrato de comisién suscrito con la compafiia belga BELGIAN INTERNATIONAL SUPPLIER, NV, para la venta en el territorio nacional de mercancias importadas en consignacién, las que a nivel de subpartidas arancelarias se relacionan en el anexo N®? 1 que forma parte integrante de la presente GACETA OFICIAL 25 de mayo de 1999 resolucién y consecuentemente se deja sin efecto la no- menclatura adjunta a la Resolucién N° 434, de 28 de octubre de 1998. SEGUNDO: La sociedad mercantil cubana COMER- CIALIZADORA ITH, S.A., viene obligada, de conformidad a lo dispuesto en la Resolucién N® 44, dictada por el que resuelve en fecha 1° de febrero de 1999, a reportar men- sualmente a la Direccién de Estadisticas, Analisis y Pla- nificacién la informacién estadistica de las mercancias importadas que permanecen en los almacenes bajo el régimen de consignacién a su cargo, segtn los modelos establecidos en la precitada resolucidén. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados a partir de la fecha de notificaci6dn de la presente reso- luci6n, para que la entidad autorizada en el apartado PRIMERO, actualice su inscripcidn en el Registro Nacio- nal de Contratos de Comision, adscrito a la Camara de Comercio de la Republica de Cuba: De no proceder a la actualizaci6n en el plazo estable- cido en esta disposicion especial, se entendera por desis- tida la solicitud interesada y por anulada la autorizacioén por la presente concedida. COMUNIQUESE la presente resolucién al interesado, a los! viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Minis- terio del Comercio Interior, a la Aduana General de la Republica, al Presidente de la Camara de Comercio de la Reptiblica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional y al Banco Internacional de Comercio S.A. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archivese el original de la misma en la Direccién Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 18 de mayo de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION N® 199/99 ; POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N? 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje- cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a tal efecto tiene la atribucién de conceder facultadés para realizar operaciones de exportacién e importacion, deter- minando en cada caso la nomenclatura de mercancias que seran objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resolucién N° 46, de 17 de febrero de 1993, dictada por el Ministro del Comercio Ex- terior, fue establecido el reglamento para la autorizacién de la nomenclatura de las mercancias que deban ser importadas y exportadas por empresas mixtas y por las partes de las demas formas de asociacién econdmica. POR CUANTO: La empresa mixta ERON-GB, S.A., oportunamente aprobada por el término de 15 afios con- tados a partir del 12 de enero de 1997, de conformidad con lo establecido, ha presentado la correspondiente soli- citud a los efectos de que se le concedan facultades para