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DISPOSICION ESPECIAL

UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de notificacién de la presente reso-
lucién, para que la entidad autorizada en el apartado
PRIMERO a otorgar contrato de comisién, formalice su
inscripciédn en el Registro Nacional de Contratos de Co-
misi6n, adscrito a Ja Camara de Comercio de la Repu-
blica de Cuba.

De no proceder a la inscripciédn en el plazo establecido
en esta disposiciédn especial, se entendera por desistido el
interés de otorgar el contrato de comisioén en cuestién y
por anulada la autorizacién por la presente concedida.

COMUNIQUESE la presente resolucién al interesado, a
los viceministros y directores del Ministerio del Comercio
Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Minis-
terio del Comercio Interior, a la Aduana General de la
Republica, al Presidente de la Camara: de Comercio de
la Republica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional y al Banco Internacional
de Comercio S.A. Publiquese en la Gaceta Oficial para
general conocimiento y archivese el original de la misma
en la Direccion Juridica.

DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co-
mercio Exterior, a 18 de mayo de 1999.

Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior

RESOLUCION N® 196/99

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-

cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicaci6n de la politica del Estado
y dél Gobierno en la actividad comercial exterior.

POR CUANTO: Mediante la Resolucién N° 434, de fe-

cha 28 de octubre de 1998, dictada por el que resuelve, se
autoriz6 a la sociedad mercantil cubana COMERCIALI-
_ZADORA ITH, S.A., a otorgar un contrato de comisién
con la compafiia belga BELGIAN INTERNATIONAL
SUPPLIER, NV, para la venta en consignacion, de las
mercancias de importacidn que en la propia resolucién
se detallan.

POR CUANTO: La sociedad mercantil cubana CO-
MERCIALIZADORA ITH, S.A., ha solicitado, segin el
procedimiento establecido, que se le amplie la nomencla-

tura de productos autorizada en el mencionado contrato, .

por lo que el Consejo de Direcciédn de este ministerio ha
considerado procedente acceder a la solicitud interesada
por la mencionada entidad.

POR TANTO: .En uso de las facultades que me estan
conferidas,

Resuelvo:

PRIMERO: Autorizar a la sociedad mercantil cubana
COMERCIALIZADORA ITH, S.A., a ampliar la nomen-
clatura de productos en el contrato de comisién suscrito
con la compafiia belga BELGIAN INTERNATIONAL
SUPPLIER, NV, para la venta en el territorio nacional
de mercancias importadas en consignacién, las que a
nivel de subpartidas arancelarias se relacionan en el
anexo N®? 1 que forma parte integrante de la presente

GACETA OFICIAL

25 de mayo de 1999

 

resolucién y consecuentemente se deja sin efecto la no-
menclatura adjunta a la Resolucién N° 434, de 28 de
octubre de 1998.

SEGUNDO: La sociedad mercantil cubana COMER-
CIALIZADORA ITH, S.A., viene obligada, de conformidad
a lo dispuesto en la Resolucién N® 44, dictada por el que
resuelve en fecha 1° de febrero de 1999, a reportar men-
sualmente a la Direccién de Estadisticas, Analisis y Pla-
nificacién la informacién estadistica de las mercancias
importadas que permanecen en los almacenes bajo el
régimen de consignacién a su cargo, segtn los modelos
establecidos en la precitada resolucidén.

DISPOSICION ESPECIAL

UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados
a partir de la fecha de notificaci6dn de la presente reso-
luci6n, para que la entidad autorizada en el apartado
PRIMERO, actualice su inscripcidn en el Registro Nacio-
nal de Contratos de Comision, adscrito a la Camara de
Comercio de la Republica de Cuba:

De no proceder a la actualizaci6n en el plazo estable-
cido en esta disposicion especial, se entendera por desis-
tida la solicitud interesada y por anulada la autorizacioén
por la presente concedida.

COMUNIQUESE la presente resolucién al interesado, a
los! viceministros y directores del Ministerio del Comercio
Exterior, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Minis-
terio del Comercio Interior, a la Aduana General de la
Republica, al Presidente de la Camara de Comercio de
la Reptiblica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al
Banco Financiero Internacional y al Banco Internacional
de Comercio S.A. Publiquese en la Gaceta Oficial para
general conocimiento y archivese el original de la misma
en la Direccién Juridica.

DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co-
mercio Exterior, a 18 de mayo de 1999.

Ricardo Cabrisas Ruiz
Ministro del Comercio Exterior
RESOLUCION N® 199/99 ;

POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer-
cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N?
2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, eje-
cutar y controlar la aplicacién de la politica del Estado
y del Gobierno en la actividad comercial exterior, y a
tal efecto tiene la atribucién de conceder facultadés para
realizar operaciones de exportacién e importacion, deter-
minando en cada caso la nomenclatura de mercancias
que seran objeto de dichas operaciones.

POR CUANTO: Mediante Resolucién N° 46, de 17 de
febrero de 1993, dictada por el Ministro del Comercio Ex-
terior, fue establecido el reglamento para la autorizacién
de la nomenclatura de las mercancias que deban ser
importadas y exportadas por empresas mixtas y por las
partes de las demas formas de asociacién econdmica.

POR CUANTO: La empresa mixta ERON-GB, S.A.,
oportunamente aprobada por el término de 15 afios con-
tados a partir del 12 de enero de 1997, de conformidad
con lo establecido, ha presentado la correspondiente soli-
citud a los efectos de que se le concedan facultades para