GACETA OFFICIAL 3 de npayo de 1999 realizar sus actividades mineras en el yacimiento Urbano Noris ubicado en la provincia Holguin. FOR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Mi- nerales ha considerado convenient en su dictamen, re- comendar al Ministro de la Industria BAsica que otorgue la concesi6n al solicitante, oidos los criterios de los 6rganos locales del Poder Popular. FOR CUANTO: El que resuelve fue designado Minis- tro de la Industria BAsica por acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Otorgar a la Empresa Provincial de Cons- trucci6n y Montaje Agroindustrial de Holguin en lo ade- lante, el concesionario, una concesi6n de explotaci6n y procesamientp en el Area del yacimiento Urbano Noris con el objeto de explotar y procesar el mineral de piedra caIiza para la obtenci6n de aridos para la construcci6n. Sin'-perjuicio de lo anterior, el concesionario podra so- licitar l amparo de la present concesi6n el procesa- miento de otros minerales distintos de los minerales ex- traidos en el area de explotaci6n de esta concesi6n. SEGUNDO: La present concesi6n estA compuesta por un Area de explotaci6n y, un Area de procesamiento. El Area de explotaci6n se ubica en la provincia Hol- guin, abarca un Area de 40,87 hectAreas y su localizaci6n en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Sur, es la siguiente: VERTICE NOTE ESTE 1 211905 570 600 2 212035 :70 735 3 212082 '570 690 4 212 288 570 872 5 212 312 570 812 6 212 304 570 792 7 212 380 570828 8 212 422 ''570868 9 212442 "570872 10 212 425 570 898 11 212 318 571 130 12 212 242 571 106 13 212240 571135 14 212 209 571 147. 15 212 212 571 179 16 212 182 571 200 17 212270 571238 18 \212 100 571595 19 212 020 571 568 20 211 850 571 672 21 211 818 571 550 22 211808 571410 23 211 820 571 355 24 211 805 571 030 25 211800 570730 26 211840 570638 1 211 905 570 600 El Area de procesamiento se ubica en la provincia Holguin, abarca un Area de 1,29 hectareas y su localiza- ci6n en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Sur, es la siguiente: Area de la Arenera: VERTICE 1 2 3 4 5 6 7 1 Area del Molino 1: VERTICE 1 2 3 4 5 6 1 NORTE 212 318 212 270 212 182 212 212 212209 212 240 212 242 212 318 NORTE 212 052 212 027 212 040 212 037 212 062 212 090 212 052 ESTE 571 130 571238 571 200 571 179 571 147 571 135 571 106 571 130 ESTE 570 721 570 703 570 692 570 682 570 658 570 682 570 721 Area del Molino 2 VERTICE NORTE ESTE 1 212 108 570 682 2 212 135 570 652. 3 212168 570688 4 212136 570712 1 212108 570 682 Las Areas del Area de la concesi6n han sido debida- mente compatibilizadas con los intereses de la defense na- cional y con los del medio ambiente. TERCERO: El concesionario podra devolver en cual- quier moment al Estado, por conduct de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, las parties del Area de explotaci6n que no sean de su interns para continuar dicha explotaci6n, pero tales devoluciones se harAn se- g6n los requisites exigidos en la licencia ambiental y en el studio de impact ambiental. La concesi6n que se otorga es aplicable al Area definida como Area de la corncesi6n o a la parte de esta que result de restarle las devoluciones realizadas. CUARTO: La concesi6n que se otorga tendra un ter- mino de quince afios, que podra ser prorrogado en los terminos y condiciones establecidos en la Ley de Minas, previa solicitud expresa y debidamente fundamentada del concesionario. QUINTO: Durante la vigencia de la present conce- sion no se otorgarA dentro de las Areas descritas en el Apartado Segundo otra concesi6n minera que tenga por objeto los minerales autorizados al concesionario. Si se presentara una solicitud de concesi6n minera o un per- miso de reconocimiento dentro de dicha Area para mi- nerales distintos a los autorizados al concesionario, la Oficina Nacinal de Recursos Minerales analizarA la so- licitud segin los procedimientos de consult estableci- dos, que incluyen al concesionario, y dictaminara acerca de la possible coexistencia de ambas actividades mineras siempre que no implique una afectaci6n t6cnica ni eco- n6mica al concesionario. SEXTO: El concesionario entregarA a la Oficina Na- cional de Recursos Minerales, dentro de los sesenta dias posteriores al termino de cada afio calendario, la siguien- te informaci6n: I L,, ------~~ -~--u---