2 6 d e a r d e 1 9 9 9 A C L de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en esta Dis- posici6n Especial implicard el desistimiento de la enti- dad promovente para lo que ha sido autorizada y, con- secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras procedera al archivo del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscri- to a la CAmara de Comercio de la Repiblica de Cuba, quien queda' responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco International de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repdblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extran- jeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales co- rresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los vein.titres dias del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 168 de 1999 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en la actividad commercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuci6n de conceder facultades para realizar operaciones de exportaci6n e importaci6n, determinando en cada caso la nomenclatura de mer- cancias que serdn objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante la Resoluci6n No. 516, de fecha 17 de diciembre de 1998, dictada por el que re- suelve, se ratific6 la autorizaci6n otorgada a la Empre- sa Mixta PREMIUM PUBLICITY, S.A., la que oportuna- mente fuera aprobada por el termino de 10 afios contado a partir del 30 de noviembre de 1992, para ejecutar ope- raciones de comercio exterior. POR CUANTO: La Empresa Mixta PREMIUM PU- BLICITY, S.A., ha presentado la correspondiente solicitud, a los efectos de que se le amplie la nomenclatura de products de importaci6n, a los fines previstos en su objeto social. POR CUANTO: Resulta necesario compilar en una disposici6n dnica las nomenclaturas de los products de importaci6n autorizadas a ejecutar a la Empresa Mixta PREMIUM PUBLICITY, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn coriferidas, Resuelvo: PRIMERO: Ratificar la autorizaci6n otorgada a la Empresa Mixta PREMIUM PUBLICITY, S.A., identifi- cada a los efectos estadisticos con el C6digo No. 105, para que ejecute directamente la importaci6n de las mercancias que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en los Anexos No. 1 y 2 que forman parte in- tegrante de la present Resoluci6n y que sustituyen las nomenclaturas aprobadas al amparo de la Resoluci6n No. 516, de fecha 17 de diciembre de 1998, la que con- secuentemente quedard sin efecto. -Nomenclatura permanent de products de importaci6n (Anexo No. 1). -Nomenclatura temporal de products de importaci6n, vigente hasta tanto la Asociaci6n entire Poligrifica, S.A.; Premium Publicity, S.A. y COM-Relieve, S.L., se encuentre produciendo a plena capacidad (Anexo No. 2). SEGUNDO: La importaci6n de las mercancias com- prendidas en las nomenclaturas, que por la present se aprueba, s6lo podra ser ejecutada con destino a cum- plir los fines previstos dentro de su objeto social. TERCERO: La importaci6n de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no- menclatura de importaci6n que se concede a la entidad solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecu- ci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso seguin proceda. CUARTO: La Empresa Mixta PREMIUM PUBLICITY, S.A., al amparo de la Resoluci6n No. 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junior de 1996, podrd solicitar la importaci6n eventual de los products que requiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la present. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n No. 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la Empresa Mixta PREMIUM PUBLICITY, S.A., viene obligada a rendir a la Direcci6n de Esta- disticas, Anilisis y Planificaci6n del Ministerio del Co- mercio Exterior, la informaci6n que en la misma se establece. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, con- tados a partir de la fecha de la present Resoluci6n, para que la entidad autorizada en virtud del Apartado Primero, actualice su inscripci6n en el. Registro Nacio- nal de Exportadores e Importadores, adscrito a la Ca- mara de Comercio de la Repdblica de Cuba. COMUNIQUESE la present Resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Repiblica, al Ministerio de Finanzas y Precios, y demis Organismos de la Admi- nistraci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacio- nal de Comercio S.A., (BICSA), a .los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y ar- chivese el original en la Direcci6n Juridica. 26 de abril de 1999 GLACETA OFICULL