GACETA OFFICIAL 26 de abril de 1999 SENTACIONES PLATINO, S.A., en su caracter de Agente en Cuba de la compahia venezolana FOCUS, C.A., es- tard autorizado a la realizaci6n de actividades comer- ciales relacionadas con las mercancias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se described en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la present Resoluci6n. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exporter directamente, con cardcter co- mercial; -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -Distribuir y Transportar mercancias en el teriritorio national. CUARTO: El Encargadc del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, contados a partir de la fecha de la present Resoluci6n, para que la entidad cuya inscripcicn so autoriza en el Apartado Primero formalice su inscripci6n en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en esta Dis- posici6n Especial implicara el desistimiento de la enti- dad promovente para"lo que ha sido autorizada y, con- secuentemente, el Ehcargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras procederd al archive del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscri- to a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco International de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repiblica, a' la Empresa para la Prestaci6n de Servicios 'a"E:,\tnj-rhjer,-:, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A8 ; a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extran- jeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales co- rresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintitr6s dias del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 167 de 1999 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la politicala del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comer- cial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursa- les y Agentes de Sociedades Mercantiles. Extranjeras", faculta al Ministro del Comercio Exterior, para resolver sobre las solicitudes de inscripci6n presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba. FOR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, .en cumplimiento del articulo 16 del precitado Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicitud presentada por la sociedad mercantil cubana MERCURIUS, S.A. para actuar como Agente de la compafiia espafiola BRUGAROLAS, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripci6n de la sociedad mercantil cubana MERCURIUS, S.A. en el Registro Na- cional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercanti- les Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Replblica de Cuba, para actuar como Agente de la com- pafiia espafiola BRUGAROLAS, S.A. SEGUNDO: La sociedad mercantil cubana MERCU- RIUS, S.A., en su caricter de Agente en Cuba de la compafiia espafiola BRUGAROLAS, S.A., estara autori- zado a la realizaci6n de actividades comerciales rela- ciofnadas con las mercancias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se described en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la present Resolucion. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con caracter co- mercial; -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. DISPOSITION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, contados a partir de la fecha de la present Resoluci6n, para que la entidad cuya inscripci6n se autoriza en el Apartado Primero formalice si inscripci6n en el Registro Nacional ---- sl ------~rr--- ~ :-j ,~ I-