GACETA OFICIAL 26 de abril de 1999 gar y grado de la Asociaci6n de Servicios "Proveedora General del Transporte, TRADEX", en cuanto a los de- beres y obligaciones de los contratos de importaci6n, suscritos por 6sta, correspondientes a la nomenclatura que se autoriza por la present Resoluci6n. CUARTO: La importaci6n de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no- menclatura de importaci6n que se concede a la entidad solicitante, deberd interesarse, previamente a la ejecu- ci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso seg6n proceda. QUINTO: La Organizaci6n Econ6mica Estatal deno- minada Unidad Basica Econ6mica Almacenes Consigna- tarios del Transporte "ALCON", al amparo de la Reso- luci6n No. 200, dictada por el Ministro del Comercio Exterior en fecha 4 de junior de 1996, podrA solicitar la importaci6n eventual de products, cuya nomenclatura no se aprueba por la present. SEXTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n .No. 237, dictada por el Ministro del Comercio Exterior en fecha 3 de mayo de 1995, la Organizaci6n Econ6mica Estatal denominada Unidad Basica Econ6mica Almace- nes Consignatarios del Transporte "ALCON", viene obli- gada a rendir a la Direcci6n de Estadisticas, Analisis y Planificaci6n del Ministerio del Comercio Exterior, la informaci6n que en la misma se establece. COMUNIQUESE la present Resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Repdblica, al Ministerio de Finanzas y Precios, y demAs Organismos de la Admi- nistraci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacio- nal de Comercio S.A., (BICSA), a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y ar- chivese el original en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintitrds dias del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 164 de 1999 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptadd por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros, cia itecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y_:controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. ,4iiWW POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursa- les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitaci6n de las solicitudes de renovaci6n de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repihblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional 2 de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideraci6n del que re- suelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la compafiia rusa AEROFLOT, S.A. - Lineas Aereas Internacionales de Rusia. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la renovaci6n de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Ca- mara de Comercio de la Repdblica de Cuba, a la com- pafiia rusa AEROFLOT, S.A. Lineas Adreas Interna- cionales de Rusia. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compafiia AEROFLOT, S.A. en Cuba, a partir de la renovaci6n de la Licencia, sera la realizaci6n de actividades co- merciales consistentes en la transportaci6n de pasajeros y cargas. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con cardcter co- mercial; -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exte- rior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscri- to a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco International de Comercio S.A., a la Aduana General de la Rep6blica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compaiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extran- jeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales co- rresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los veintitr6s dias del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 165 de 1999 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo 26 de abril de 1999 GACETA OFICULL