GACETA OFFICIAL 26 de abril de 1999 Econ6micas Internacionales existentes con las firmas que a continuaci6n se relacionan, para que ejecute di- rectamente ila importaci6n de las mercancias que a ni- vel de subpartidas arancelarias se indican en los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la present Re- soluci6n y que sustituyen las nomenclaturas anterior- mente otorgadas: * Compafia General de Geofisica (C6digo 13); *,Oder Company A.V.V. (C6digo 353). -Nomenclatura permanent de products de importa- ci6n (Anexo No. 1). -Nomenclatura temporal de products de importaci6n por el termino de dos (2) afios (Anexo No. 2). SEGCUNDO: La importaci6n de las mercancias com- prendidas en las nomenclaturas, que por la present se aprueban, s6lo podri ser ejecutada con destino a los fines de su objeto social, y no para su comercializaci6n con terceros ni destinada a otros fines. TERCERO: La importaci6n de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante las no- menolaturas de importaci6n que se conceden a la entidad solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecu- ci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso segdn proceda. CUARTO: Comercial CUPET, S.A., al amparo de la Resoluci6n No. 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junior de 1996, podra solicitar la importaci6n even- tual de products, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la present. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n No. 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, Comercial CUPET, S.A., viene obligada a ren- dir a la Direcci6n de Estadisticas, Anilisis y Planifica- ci6n del Ministerio del Comercio Exterior, la informa- ci6n que en la misma se establece. COMUNIQUESE la present Resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Republica. al Ministerio de Finanzas y Precios, y demds Organismos de la Admi- nistraci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacio- nal de Comercio S.A., (BICSA), a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y ar- chivese el original en la Direcci6n Juridica. DADA en. la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio exterior a veintid6s de febrero de mil nove- cientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUCION No. 155 de 1999 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es-' tado y del Gobierno en la actividad commercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuci6n de conceder facultades para realizar operaciones de exportaci6n e importaci6n, determinando en cada caso la nomenclatura de mer- cancias que serin objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resoluci6n No. 8, de 8 de enero de 1998, se ratific6 la autorizaci6n otorgada a la Empresa QUIMIMPORT para ejecutar direct y per- manentemente operaciones de comercio exterior. POR CUANTO: La Empresa QUIMIMPORT ha presen- tado la correspondiente solicitud, a los efectos de que se le modifique la nomenclatura de products de expor- taci6n que require a los fines previstos en su objeto social, por lo que el Consejo de Direcci6n de este Mi- nisterio, ha considerado procedente acceder a la solici- tud interesada por la misma. POR CUANTO: Resulta necesario compilar en una disposici6n inica la nomenclatura de los products de exportaci6n e importaci6n autorizada a ejecutar a la Empresa QUIMIMPORT. POR TANTO: En uso de las facultades que me estin conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Ratificar la autorizaci6n otorgada a la Empresa QUIMIMPORT identificada a los efectos esta- disticos con el C6digo No. 007, para que ejecute directa- mente la exportaci6n e importaci6n de las mercancias que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en los Anexos No. 1 y 2 que forman parte integrante de la present Resoluci6n, y que sustituyen la nomenclatura aprobada al amparo de la Resoluci6n No. 8 de 8 de enero de 1998, la que consecuentemente quedari sin efecto. -Nomenclatura permanent de products de exporta- ci6n (Anexo No. 1). -Nomenclatura permanent de products de importa- ci6n (Anexo No. 2). SEGUNDO: La importaci6n de las mercancias com- prendidas en las nomenolaturas, que por la present se aprueba, s6lo podri ser ejecutada con destino a cumplir los fines previstos dentro de su objeto social. TERCERO: La importaci6n de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no- menclatura de importaci6n que se concede a la entidad solicitante, deberd interesarse, previamente a la ejecu- ci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso segdn proceda. CUARTO: La Empresa QUIMIMPORT al amparo de la Resoluci6n No. 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podri solicitar la exportaci6n y/o importaci6n eventual de los products que requiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la present. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n No. 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la Empresa QUIMIMPORT, viene obligada a ren- dir a la Direcci6n de Estadisticas, Andlisis y Planifica- ci6n del Ministerio del Comercio Exterior, 11a informa- ci6n que en la misma se establece. COMUNIQUESE la present Resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Repiblica, al Ministerio de Finanzas y Precios, y demds Organismos de la Admi- nistraci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacio- nal de Comercio S.A., (BICSA), a los Viceministros y