8 de abril de 1999 GACETA OFICIAL a someter al Comit6 de Metales los surtidos y cantidades correspondientes a las subpartidas 72169100, 72166100, 7216500 y 72092600. QUINTO: La empresa mixta SUNECO, S.A., al amparo de la Resolucidn N9 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podrd solicitar la importaci6n eventual de products, cuya nomenclatura no se aprueba por la present. SEXTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n N 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la empresa mixta SUNECO, S.A., viene obligada a rendir a la Direcci6n de Estadisticas, Analisis y Pla- nificaci6n del Ministerio del Comercio Exterior,-la infor- maci6n que en la misma se establece. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de treinta dias, contados a partir de la fecha de la present resoluci6n, para que la entidad autorizada en virtud del apartado PRIMERO, actualice su inscripci6n en el Registro Nacional de Expor- tadores e Importadores, adscrito a la Camara de Comer- cio de la Repdblica de Cuba. COMUNIQUESE la present resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Repdblica, al Ministerio de Finanzas y Precios, y demis organismos de la Adminis- traci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a los viceministros y directors del ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio y a los directors de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi- cial para general conocimiento y archives el original en la Direcci6n Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer- cio Exterior, a 5 de abril de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior ECONOMIC Y PLANIFICACION RESOLUTION N9 130/99 POR CUANTO; El Decreto-Ley N9 147 "De la reorga- nizaci6n de los organismos de la Administraci6n Central del Estado" de fecha 21 de abril de 1994, en su articulo 8 dispone que el Ministerio de Economia y Planificaci6n, es un organismo de la Administraci6n Central del Estado. POR CUANTO: El Acuerdo para el control adminis- trativo N 2818 del Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 25 de noviembre de 1994, en su apar- tado SEGUNDO establece que el Ministerio de Economia y Planificaci6n es el encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Estado y el Gobierno en material de economic, planificaci6n, estadis- tica, normalizaci6n, metrologia y control de la calidad, planificaci6n fisica y disefio industrial. POR CUANTO: Se hace necesario poner en vigor, a los fines de brindar la informaci6n estadistica, la nueva metodologia estadistica del comercio exterior de mer- cancias. POR TANTO: En uso de las facultades que me estin. conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Aprobar y poner en vigor la nueva meto- dologia estadistica del comercio exterior de mercancias, la cual aparece en el anexo adjunto a la present resolu- cibn formando parte integrante de la misma. SEGUNDO: Establecer que para las operaciones de mercancias con el exterior registradas por el control aduanero, la fuente primaria de los datos estadisticos sean los recogidos en el modelo "Declaraci6n de mercan- cias" implantado por la Aduana General de la Repuiblica. TERCERO: La Oficina Nacional de Estadisticas y el Ministerio del Comercio Exterior definirAn tanto el siste- ma de informaci6n estadistico a brindar por las entidades pertinentes a los sectors estatal y cooperative, mixto y privado de las operaciones de mercancias con el exterior no registradas por el control aduanero, como la informa- ci6n que debe brindar el Ministerio del Comercio Exterior de estas operaciones. CUARTO: Las entidades pertenecientes a los sectors estatal, cooperative, mixto y privado, que realicen opera- ciones de mercancias con el exterior y que por sus ca- racteristicas no son registradas por la Aduana, quedan obligadas a rendir al Ministro del Comercio Exterior la informaci6n que se solicite sobre estas operaciones en el sistema de informaci6n estadistico sefialado en el apar- tado anterior. QUINTO: Responsabilizar al Ministerio del Comercio Exterior con la recopilaci6n y emisi6n de la informaci6n referida a los contratos de comisi6n con entidades extran- jeras para la venta en el territorio national, de mercan- cias importadas en consignaci6n o aqu6llas que posean mercancias en consignaci6n en el extranjero. SEXTO: La Aduana General de la Repiblica y el Mi- nisterio del Comercio Exterior, brindarin la informaci6n estadistica requerida por la Oficina Nacional de Estadis- ticas el dia 10 de cada mes. SEPTIMO: Responsabilizar a la Oficina Nacional de Estadisticas con la oficializaci6n de la informaci6n y la emisi6n del servicio estadistico que se determine, asi co- mo velar por el cumplimiento de lo que por la present se establece. OCTAVO: Derogar cuantas disposiciones se opongan al cumplimiento de lo establecido por la present, la cual comenzard a regir a partir de su publicaci6n en la Gace- ta Official de la Repdblica. NOVENO: Notifiquese la present resoluci6n a la Ofi- cina Nacional de Estadisticas, al Ministerio del Comercio Exterior, a la Aduana General de la Repdblica y a cuantas mAs personas naturales y juridicas deban cono- cer de la misma y publiquese en la Gaceta Oficial de la Rep6blica. Archivese el original debidamente firmado en el Depar- tamento Independiente de Asesoria Juridica y Organiza- ci6n de este ministerio para su control. DAIDA en Ciudad de La Habana, a 19 de abril de 1999. Jos6 Luis Rodriguez Garcia Ministro de Economia y Planificaci6n 8 de abril de 1999 GACETA OFFICIAL