GAET FCIA 8 earle19 aprueba, s61o podra ser ejecutada con destiny a cumplir los fines previstos dentro de su objeto social. TERCERO: La importaci6n de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no- menclatura de importaci6n que se concede a la entidad solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecuci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso seg6n proceda. CUARTO: La Firma Comercial Importadora "EMSU- NEX" al amparo de la Resoluci6n N9 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podrd soli- citar la importaci6n eventual de los products que re- quiera, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la pre- sente. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n N9 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la Firma Comercial Importadora "EMSUNEX", viene obligada a rendir a la Direcci6n de Estadisticas, Analisis y Planificaci6n del Ministerio del Comercio Ex- terior, la informaci6n que en la misma se establece. COMUNIQUESE la present resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Repdblica, al Ministerio de Fi- nanzas y Precios, y demds organismos de la Administra- ci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a los viceministros y directors del ministerio, al Presidente de la CAmara de Comercio y a los directors de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi- cial para general conocimiento y archives el original en la Direcci6n Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer- cio Exterior, a 2 de abril de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION N9 128/99 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N9 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto N9 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitaci6n de las solicitudes de renovaci6n de licencias presentadas ante dicho registro, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repdblica de Cuba. FOR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la entidad panamefia INTERNATIONAL NETWORK GROUP, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la 1renovaci6n de la licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie- dades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cdmara de Comercio de la Repfblica de Cuba, a la entidad paname- fia INTERNATIONAL NETWORK GROUP, S.A. SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la entidad INTERNATIONAL NETWORK GROUP, S.A., en Cuba, a partir de la renovaci6n de la licencia, sera la realizaci6n de actividades comerciales relacionadas con las mercan- cias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se described en el anexo N9 1 que forma parte integrante de la present resoluci6n. TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la present resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con cardcter co- mercial. -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio exte- rior. -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la present resoluci6n. COMUNIQUESE la present resoluci6n a los vicemi- nistros y directors del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agen- tes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present resoluci6n al interesado; a los directors de empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repdblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extran- jeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Di- recci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Re- gistro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Comer- cio Exterior, a 2 de abril de 1999. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION N9 129/99 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N9 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. 8 de abril de 1999 GACMTA OFICULL