12 de IIII de I IA I FI I.I DECIMOQUINTO: AdemAs de lo dispuesto en la pre- sente resoluci6n, el concesionario esta obligado a cunplir todas las disposiciones contenidas en la Ley 76, Ley de Minas y su iegislaci6n complementaria, las que se aplican a la present concesi6n. DECIMOSEXTO: Las disposiciones a que se contrae la present resoluci6n, quedaran sin vigor si transcurrie- ran treinta dias de su notificaci6n al concesionario y no se hubiera inscrito en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales. DECIMOSEPTIMO: Notifiquese a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al concesionario y a cuantas mas personas naturales y juridicas proceda, y publiquese en la Gaceta Oficial de la -Repblica para general cono- cimiento. DADA en Ciudad de La Habana, a 2 de marzo de 1999. Marcos Portal Leon Ministro de la Industria BAsica RESOLUTION N9 49 FOR CUANTO: La Ley N9 76, Ley de Minas, promul- gada el 23 de enero de 1995, establece en su articulo 47 que el Consejo de Ministros o su Comit6 Ejecutivo dele- gan en el Ministerio de la Industria BAsica el otorga- miento o denegaci6n de las concesiones mineras para pequefios yacimientos de determinados minerales. POR CUANTO: El Acuerdo N9 3190, de fecha 26 de agosto de 1997, del Comit6 Ejecutivo del Consejo de Mi- nistros otorg6 al Ministro de la Industria BAsica deter- minadas facultades en relaci6n con los recursos minerales clasificados en los grupos I, III y IV, segdn el articulo 13 de la mentada Ley de Minas. POR CUANTO: La Empresa de Materiales de Cons- trucci6n N9 6, Guantanamo, ha presentado a la Oficina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de conce- si6n de explotaci6n y procesamiento para realizar sus actividades mineras en el yacimiento Malabe ubicado en la provincia de GuantAnamo. POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Mi- nerales ha considerado coriveniente en su dictamen, re- comendar al Ministro de la Industria BAsica que otorgue la concesi6n al solicitante, oidos los criterios de los 6rga- nos locales del Poder Popular. POR CUANTO: El que resuelve fue designado Minis- tro de la Industria BAsica por acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983. POR TANTO: En uso de las facultades que me estin conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Otorgar a la Empresa de Materiales de Construcci6n N9 6, Guantanamo, en lo adelante el conce- sionario, una concesi6n de explotaci6n y procesamiento en el Area del yacimiento Malab6 con el objeto de explo- tar y procesar los minerales de arena y grava para la obtenci6n de Aridos para la construcci6n. Sin perjuicio de lo anterior, el concesionario podrA solicitar al amparo de la present concesi6n el procesamiento de otros mine- rales distintos de los minerales extraidos en el Area de explotaci6n de esta concesi6n. SEGUNDO: La present concesi6n estA compuesta por un Area de explotaci6n y un Area de procesamiento. El Area de explotaci6n se ubica en la provincia de Guantanamo, abarca un Area de 41,2 hectAreas y su locali- zaci6n en el terreno, en coordenadas Lambert, sistema Cuba Sur, es la siguiente: Malabe II (18,43 hectareas): VERTICE NORTE ESTE 1 155 790 663 400 2 155 680 663 400 3 156 014 663 060 4 156 006 662 956 5 155518 662870 6 155 560 662 820 7 155 670 662 730 8 155 710 662 670 9 155 800 662 572 10 156 146 662 946 11 156190 663 099 1 155 790 663 400 Malabe III (22,77 hectireas): VERTICE NORTE ESTE 1 156 100 661 950 2 156 100 662 100 3 156 000 662 100 4 156 000 662 000 5 155 820 662 000 6 155 800 661 200 7 155 900 661200 8 156 080 661 400 9 156 200 661610 10 156200 661670 11 156 230 661790 12 156 200 661950 1 156 100 661 950 El Area de procesamiento se ubica en la provincia de GuantAnamo, abarca un Area de 3,45 hectAreas y su lo- calizaci6n en el terreno, en coordenadas Lambert, sistema Cuba Sur, es la siguiente: Malab6 II (2,15 hectareas): VERTICE NORTE ESTE 1 2 3 4 1 Malab III (1,3 hectireas): 156 240 156 345 156 345 156 240 156 240 663 170 663 160 663 370 663 370 663 170 VERTICE NORTE ESTE 1 156 000 661 886 2 156 000 662 000 3 155 878 662 000 4 155 887 661886 1 156 000 661 886 Las Areas del Area de la concesi6n han sido debida- mente compatibilizadas con los intereses de la defense national y con los del medio ambiente. TERCERO: El concesionario podrA devolver en cual- quier moment al Estado, por conduct de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, las parties del Area de 12 de marzo de 1999 GACETA OFICIAL