GAEAOFCAI3 emro e19 Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- teriacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repiblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Ser- vicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcei6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Pu- bliquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Ju- ridi'ca. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los diecinueve dias del mes de fe- brero de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION No. 67 de 1999 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de moviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comer- cial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", esta- blece el procedimiento para la tramitaci6n de las soli- citudes de renovaci6n de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repfiblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la entidad panamefia GIMA SPAIN INTERNATIO- NAL, S.A. FOR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, Resuelvo: IPRIMERO: Autorizar la renovaci6n de la Licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So- ciedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repiblica de Cuba, a la entidad pa- namefia GIMA SPAIN INTERNATIONAL, S.A. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la entidad GIMA SPAIN INTERNATIONAL, S.A., en Cuba, a par- tir de la renovaci6n de la Licencia, sera la realizaci6n de actividades comerciales relacionadas con las mercan- cias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se described en el Anexo No. 1 que forma parte inte- grante de la present Resoluci6n. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con caricter co- mercial; -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la CAmara de Comercio de la Republica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Reso- luci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repdblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Ser- vicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Pu- bliquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Ju- ridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los diecinueve dias del mes de fe- brero de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministry del Comercio Exterior RESOLUTION No. 72 de 1999 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en la actividad commercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuci6n de conceder faculta- des para realizar operaciones de exportaci6n e impor- taci6n, determinando en cada caso la nomenclatura de mercancias que seran objeto de dichas operaciones. FOR CUANTO: Mediante la Resoluci6n No. 62, de fecha 18 de febrero de 1998, dictada por el que resuelve, se autoriz6 a la Empresa Mixta ENERGAS, S.A., para ejecutar rperaciones de comercio exterior. FOR CU.'NTO. La Empresa Mixta ENERGAS, S.A., opontunarmente aprobada por el tdrmino de veinte afios contado a partir del 3 de marzo de 1997, ha presentado la correspondiente solicitud, a los efectos de que se le amplie la nomenclatura de products de importaci6n, a los fines previstos en su objeto social. FOR CUANTO: El Consejo de Direcci6n de este Mi- nisterio, ha considerado procedente autorizar la solicited interesada por la Empresa Mixta ENERGAS, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, R esuelvo: cPRIMERO: Autorizar a la Empresa Mixta ENERGAS, S.A., identificada a los efectos estadisticos con el C6digo GACETA OFICIA10 3 de marzo de 1999