- I4 I I 3de 1 RESOLUTION No. 64 de 1999 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y cont:olar la aplicaci6n de la political del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comer- cial exterior. POR CUANTO: ,El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales .y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", esta- -:blece el procedimiento para la tramitaci6n de las soli- citudes de renovaci6n de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Rep6blica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado 'del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Meroantiles Ex- tranjeras, ha elevado a la considera'i6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la entidad espafiola WHITEHORN, S.L. PGR TANTO: En uso de las faeultades que me estAn conferidas, Resuelvo:- FRIMFIRO: Autorizar i;, renovaci6n de la Licencia en el Rcgisro Nacionial cie ucursales y Agentes de So- ciedades Mercantiles Extr;njeras. adscrito a la Camara de Comercio de la Repdb'ica de Cuba, a la entidad es- pailola WHITEHORN, S.L. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la entidad WHITEHORN, S.L., en Cuba, a partir de la renovaci6n de la Licencia, sera la realizaci6n de. actividades comer- ciales relacionadas con las mercancias que a nivel de -partidas y subpartidas arancelarias se described en el Anexo .No: 1 que forma parte integrante de la present Resoluci6n. TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no 'autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con caricter co- mercial. -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio exte- rior. -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los vicemi- nistros y directors del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales yj Agents de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito S a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien ' ueda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n S al interesado; a los directeres de empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, ;al Banco Central de Cuba, al -Banco Financiero Internacional, al Banco Internaeional de Comercio S.A., a la Aduana General, de la Repdblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extran- jeros, CUBALSE, a la compania ACOREC S.A., a la Di- recci6n de. Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades. nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los diecinueve dias del mes de fe- brero de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION No. 65 de 1999 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Aouerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de !a political del Estado y del Gobierno en cuanto a la actividad comer- cial exterior. POR CUANTO: El Decreto N9 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", faculty al Ministro del Comercio Exterior para resolver sobre las solicitudes de inscripci6n presentadas ante dicho Re- gistro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repfblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado De- creto N9 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a lat consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicitud presentada por la compafiia espafiola PRODUCTS JAFEP, S.L. POR TANTO: En uso de las facultades que me estAn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripci6n de la compafiia espaiola PRODUCTOS JAFEP, S.L., en el Registro Na- cional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercanti- les Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la' Repdblica de Cuba. *SEGUNDO: El objeto de la Sucursaj de la compafiia PRODUCTOS JAFEP, S.L., en Cuba, sera la realizaci6n de actividades comerciales relacionadas con las mercan- cias que & nivei' de partidas y subpartidas arancelarias se describbn en el Anexo No. 1 que forma part inte- grante de la present Resoluci6n. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con carActer co- mercial; -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -3 :de marzo. de 1999 154 GACETA.. OFICIAI;