3 demrod 99GAEA FCAi aprueba, s6lo podrA ser ejecutada con destiny a cumplir los fines previstos dentro de su objeto social. TERCERO: La irmportaci6n de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la nomenclatura de importaci6n que se concede a la entidai solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecu- ci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso segin proceda. CUARTO: La Empresa Productora-Exportadora "Vic- toria" al amparo de la Resoluci6n No. 200, dictada por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podra solicitar la exportaci6n y/o importaci6n eventual de los produc- tos que requiera, ouya nomenclatura no se aprueba por la present. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n No. 237, dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la Empresa Productora-Exportadora "Victoria", viene obligada a rendir a la Direccidn de Estadisticas, Andlisis y Planificacidn del Ministerio del Comercio Ex- terior, la informaci6n que en la misma se establece. COMUNIQUESE la present Resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Repdblica, al Ministerio de Finanzas y Precios, y demds Organismos de la Admi- nistraci6n Central del Estado, ,al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacio- nal de Comercio S.A., a los Viceministros y Directores del Ministerio, al Fresidente de la Camara de Comercio y a los Directores de Empresas. Publiquese en la Gaceta Official para general conooimiento y archives el original en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los dieciocho dias del mes de fe- brero de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministry del Comercio Exterior RESOLUTION No. 56 de 1999 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N9 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto N9 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", estable- ce el procedimiento para la tramitaci6n de las solicitudes de renovaci6n de licencias presentadas ante dicho Regis- tro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud presentada por la entidad francesa A.O.,M. Minerve, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la renovaci6n de la licencia en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie- dades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Rep6blica de Cuba, a la entidad fran- cesa A.O.M. Minerve, S.A. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la entidad A.O.M. Minerve, S.A., en Cuba, a partir de la renova- ci6n de la Licencia, sera desarrollar la actividad de transportacidn de pasajeros y cargas. TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con cardcter co- mercial. -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio exte- rior. -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los vicemi- nistros y directors del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los directors de empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a la Aduana Genera] de la Repfiblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extran- jeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Di- recci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridica. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los dieciocho dias del mes de fe- brero de mil noveoientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION No. 57 de 1999 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio .Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit& Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en la actividad commercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuci6n de conceder faculta- des para realizar operaciones de exportaci6n e impor- taci6n, determinando en cada caso la nomenclatura de mercancias que serin objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante Resoluci6n No. 343, dictada por el Ministro del Comercio Exterior el 20 de agosto 3 de marzo de 1999 GACETS` OFICIAV: