GACEA' FICII~ demarz 4e199 tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto N9 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", faculta al Ministro del Comercio Exterior para resolver sob re las solicitudes de inscripci6n presentadas ante dicho Re- gistro, adscrito a la CAmara de Comercio de la Repdblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado De- Creto N9 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado an virtud de solicitud presentada por la compaflia paname- fia KOCK INTERNATIONAL, S.A. POR TANTO: En uso de las facultades que me estAn conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripci6n de la compafia panamefia KOCK INTERNATIONAL, S.A., en el Regis- tro Nacional de Sucursailes y Agentes de Sociedades Mer- cantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repiblica de Cuba. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compafiia KOCK INTERNATIONAL, S.A., en Cuba, sera la reali- zaci6n de actividades comerciales relacionadas con las mercancias que a nivel de partidas y subpartidas arance- larias se described en el Anexo No. 1 que forma parte integrate de la present Resoluci6n. TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la present Resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con caricter co- mercial. -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio exte- rior. -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dis- puesto en la present Resoluci6n. DISPOSITION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, con- tados a partir de la fecha de la present Resoluci6n, para que la entidad cuya inscripci6n se autoriza en el apar- tado PRIMERO formalice su inscripci6n en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mer- cantiles Extranjeras e inicie los trAmites para su esta- blecimiento. El incumplimiento del plazo establecido en esta Dis- posici6n Especial implicard el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuen- temente, el Encargado del Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mercantiles :Extranjeras- procederi al archive del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los viceml- nistros y directors del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Resoluci6n al interesado; a los directors de empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repiblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Servicios a Extran- jeros, CUBALSE,, a la compafiia ACOREC S.A., a la Di- recci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Juridioa. DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los dieciocho dias del mes de fe- brero de mil novecientos noventa y nueve. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION No. 55 de 1999 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en la actividad commercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuci6n de conceder faculta- des para realizar operaciones de exportaci6n e impor- taci6n, determinando en cada caso la nomenclatura de meiicancias que serin objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: La Empresa Productora-Exportadora "Victoria", de conformidad con lo establecido, ha pre- sentado la correspondiente solicitud a los efectos de que se le conceda facultades para realizar operaciones de exportaci6n e importaci6n, asi como se le autorice la correspondiente nomenclatura de products, a los fines previstos en su objeto social. POR CUANTO: El Consejo de Direcci6n de este Mi- nisterio ha considerado procedente acceder a la solicitud interesada por la citada entidad. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn conferidas, .. . Resuelvo: PRIMERO:. Autorizar a la Empresa Productora-Ex- portadora "Victoria", identificada a los efectos estadis- ticos con el C6digo No. 457, para que ejecute directa- mente la exportaci6n e importaci6n de las mercancias que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en los Anexos No. 1 y 2 que forman parte integrante de la present Resoluci6n. -Nomenclatura permanent de products de exportaci6n (ANEXO No. 1). -Nomenclatura permanent de products de importaci6n (ANEXO No. 2). SEGUNDO: La importaci6n de las mercancias com- prendidas en la nomenclatura que por la present se 3 de marzo de 1999 GACETN` OFICIA10