1068 GACETA OFICIAL 22 de diciembre de' 1998 ENTIDADES C6digo Subpartidas INTERFEST 196 02071400 EMPRESA PROVINCIAL DE 272 02022000 SUMINISTROS AL TRANSPORT 02023000 DE LA CIUDAD DE LA HABANA 02031100 02031200 02031900 02032100 02032200 02032900 Firma Comercial "PESMAR" 399 02032200 02071200 02071400 ALMACENES UNIVERSALES S.A. 271 02031200 02032100 02032200 02032900 02071200 02071400 CORATUR 086 02031100 02031200 02031900 02032100 02032200 02032900 02071100 02071200 02071300 02071400 RESOLUCION No. 535 de 1998 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y contralar ila aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", faculta al Ministro del Comercio Exterior para resolver sobre las solicitudes de inscri'pci6n presentadas: ante dicho Re- gistro, adscrito a la Cdmara de'-Oomercio de la Repil- blica de Cuba. 'IlI POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras, en cumplimiento del articulo 16 del .precitado Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la consideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicitud presentada por la compafia mexicana PHILIPS SISTEMAS MEDICOS,S.A. de C.V. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Autorizar la inscripcidn de la compaiia Inexieana PHILIPS SISTEMAS MEDICOS, S.A. de C.V. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie- dades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repuiblica de Cuba. SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compaiiia PHILIPS SISTEMAS MEDICOS, S.A. de C.V. en Cuba, sera la realizaci6n de actividades comerciales relacio- nadas con ,las mercancias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se described en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la present Resoluci6n. TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la present Resolucion, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con cardcter co- mercial, -Realizar el comercio mayorista y minorista en general de products y servicios, exoepto los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio ex- terior; -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranje- ras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto en la present Resoluci6n. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, conta- dos a partir ide la fecha de la present Resoluci6n, para que la entidad cuya inscripci6n se autoriza en el Apar- tado Primero formalice su inscripci6n en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mer- cantiles Extranjeras e inicie los tramites para su esta- blecimiento. El incumiplimiento del plazo establecido en esta Dispo- sici6n Especial implicard el desistimiento de la entidad pIromovente para lo que ha sido autorizada y, consecuen- temente, el Encargado del Registro Nacional de Sucur- sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras procedera al archivo del expediente incoado. COMUNIQUESE la present Resoluci6n a los Vicemi- nistros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repuiblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present Re- soluci6n al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Reptiblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Ser- vicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automoto- res y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conoci- miento y archives el original de la misma en la Direc- ci6n Juridica. 22 de didiembre de, 1998 1068 GACETA OFFICIAL