100 GACET OFI CIAI 1-1 de de de 1998 clusiva la eva'luaci6n del primer afio, para aquellos miembros ,de la Reserva Cientifica con un desempefio relevante, pudiendo por tanto incorporarse al cargo pr Ovist.. CI': ILO ,C 3?.--:l; ir,. rc:o:.nriddes con lam evalua- clones seran presentadas ante el Director del centro en un plazo no mayor de quince (15) dias a partir de co- mu'nicados oficialmente sus resultados, quin decidira dentro de los tneinta (30) dias siguiertes, previa con- sulta al Consejo de Direcci6n, con la participaci6n de la organization sindical y cuya decision sera inapelable. CAPITULO VII CONTROL DE LA RESERVE CIENTIFICA ARTIICULO 33.-Cada centro tiene la responsabilided de tender y controlar el personal en Reserva Cientifica, corresponrdiendo ail Organismo de la Administraci6n Cen- tral del Estado al cual est6 subordinado, controlar el cumplimiento de lo establecido en la present. ARTICULO 34.-Los Polos Cientifioo-Productivos con- juntrmente con las Delegaciones del CITMA y las Di- recciones de Trabajo Provinciales ejercerdn sobre los centros la funci6n de orientaci6n y control de la Re- serva Cientifica en el ambito de su competencia. DISPOSICIONES TRANSITORIAS UNICA: Lo dispuesto en el present Reglamento es de plena aplicaci6n a los integrantes de la Reserva Cientifica que ingresaron con anterioridad a la pro- mulgaci6n del mismo. DISPOSICIONES FINALES FRIMERA: Se faculta -a los Viceministros correspon- dientes de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Ciencia, Tecnologia y Medio Ambilente, para emi-tir las indicaciones que se requieran para la mejor ejeouci6n de la present Resoluci6n Conjunta. SEGUNDA: Este Reglamento comenzara a aplioarse a partir del dia de su firma. TERCERA: Publiquese en la Gaceta Oficial de la Repdblica para general conocimiento. Dada en Ciudad de La Habana, a los veintisiete dias del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho. Salvador Valds Mesa Kisa Elena Sime6n Negrin Ministro ide Trabajo Ministra de Ciencia, y Seguridad Social Tecnologia y Medio Ambiente COMERCIO EXTERIOR RESOLUCION No. 503 de 1998 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comer- cio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N9 2821, adoptado por el Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir. ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado Y del Gobierno en la actividad commercial exterior. FOR CUANTO: Per ia Resoluci6n NO 507, de 25 de octubre de 1995, dictada por el que resuelve, fue esta- blecido el procedimiento para solicitar la autorizaci6n requerida para el otorgamiento de contratos de comisi6n para la venta, en el territorio national, de mercanciar arlacenadas en r6giren de kep6sito de aduana. FOR CUANTO: La socked ai mercantil cubana 5ER- COMEX, S.A. ha formalizado, seg~n el procedimiento establecido, solicited de autorizaci6n para otorgar un contrato de comisi6n con la compafiia panamefia LIDO TIN1ERNACTOWAL, S.A.. pr.ra la vent:, de las mercancias cIr.enadad in egur.En de dep6sito de aduana que en la propia solicitud se de'allan. FOR TANTO: En uso 'de las facultades que me estdn conferidas, Resa elvo: PRIMERO: Autorizar a ila sociedad mercantile cubana SERCOMEX, S.A. para otorgar un contrato de comisi6n con la compafifa panamefih LIDO INTERNACIONAL, S.A. para la venta, en el territorio national, de mercan- cias almacena'das en regimen de clep6sito de aduana, las que ,a nivel de subpantidas arancelarias se consignan ten el Anexo No. 1 que forma part integrate de la pre- sente Resoluoi6n. SEGUNDO: La sociedad mercantil cubana SERCO- MEX, S.A. viene obligada, de conformidad a lo dispuesto en la Resoluci6n No. 237, dictada por el que resuelve en fecha 8 de mayo de 1995, a reporter mensualmente a la Direcci6n de Estadisticas, Analisis y Planificaci6n la informaci6n estadistica de las mercancias importadas del regimen de dep6sito de aduana, seg6n el modelo establecido en la precitada Resoluci6n. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede.un plazo de treinta dias, contados a partir de la fecha de notificaci6n de la present Reso- luci6n, para que la entidad autorizada en el Apartado Primero a otorgar Contrato de Comisi6n, formalice su inscripci6n en el Registro Nacional de Contratos de Co- misi6n, adscrito a la Camara de Comercio de la Repi- blica de Cuba. De no proceder a la inscripci6n e-. el plazo establecido e esta Disposici6n Especial, se e .te.-dera por desistido el interns de otorgar el Contrato de Comision en cues- ti6n y por anulada la autorizaci6n por la present con- cedida. COMUNIQUESE la present Resoluci6r a! interesado, a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comer- cio Exterior, al Ministerio de Finanzss y Precios, al Mi- nisterio del Comercio Interior, a la Aduana General de la Reptbllca, al Presidente de la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional y al Banco Internacional de Comercio S.A. Publiquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original' dd i''iisma en la Direcci6n Juridica. no DADA en la ciudad de La HIlbana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a los tres dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior FINANZAS Y PRECIOUS RESOLUTION No. 43/98 POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 22, Arancel de Aduanas de la Repdblica de Cuba para las Importaciones sin Caricter Comercial, de' 16 de. abril de 1979, tal y como qued6 modifioado por el 1De7eta-e' m-. W. -. 11 de diceiembre de 1098' GACETA OFICIAE 1006