"Yde otbdkie de 1iJ#68 - ~j~Ct!ETA OFT"x o "'U area de la concesi6n podrAn continuar hasta la fecha en que tales actividades interfieran con las actividades mineras del concesionario. El concesionario darA aviso a ese tercero con suficiente antelaci6n de no menos de seis meses al advance de las actividades mineras para qcue dicho tercero concluya sus actividades y abandon el area, con sujeci6n a lo dispuesto en el Apartado Decimosegundo de esta Resoluci6n. DECIMOSEGUNDO: Si como consecuencia de su ac- tividad minera en el Area de la concesi6n el concesio- nadrio afectara intereses o derechos de terceros, ya sean personas naturales o juridicas, estarA obligado a efec- tuar la debida indemnizaci6n y, cuando procediera, a reparar los daflos ocasionados, todo ello seg6n establece la legislaci6n vigente. DECIMOTERCERO: Ademas de lo dispuesto en la present Resoluci6n, el concesionario esta obligado a cunmplir todas las disposiciones contenidas en la Ley 76, Ley de Minas y su legislaci6n complementaria, las que se aillcair a la present concesi6n. SDECIMOCUARTO: Las disposiciones a que se contrae ja present Resoluci6n quedardn sin vigor si transcu- rrieran treinta dias de su notificaci6n al concesionario y no se hubiera inscrito en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales. DECIMOQUINTO: Notifiquese a la Oficina Nacional de Recursos Minerales, al concesionario y a cuantas mas personas natuiales y juridicas proceda, y publiquese en la Gaceta Oficial de la Rep6blica para gehetal co- nocimiento. Dada en Ciudatd de La Habana, a los 28 dias del mes de septiembre de 1998. Marcos Portal Le6n Ministro de la Industria Basica RESOLUTION No. 264 POR CUANTO: La Ley No. 76, Ley de Minas, pro- nulgada el 23 de enero de 1995, establece en su Articulo 47 que el Consejo de Ministros o su Comit6 Ejecutivo delegan en el Ministerio de la Industria BAsica el otor- gfalilento o denegaci6n de las concesiohes mineras para peq`adfds yacimientos de deterrhinados miherales. POR CUANTO: ,El A derdo No. 31g0, de fecha 26 de id6sto de 1997, del'C6omit Ejecutivo del Consejb de Mi- pistros otorg6 al Miliistro de la Industria BAsica deter- minadas facultades en relaci6n con los recurfo. mine- rales clasificados en los Grupos I-, II y IV, segdn el Articulb 13 de la mentada Ley de Minas. FOR CUANTO: La Empresa de Materiales de Cons- trucci6n No. 1, Ciego de Avila ha presentado a la Ofi- pina Nacional de Recursos Minerales una solicitud de concesi6n de explotaci6n y procesamiento para realizar sus actividades mineras en el yacimiento Piedra Tu- riguan6 ubicado en la provincia Ciego de Avila. POR CUANTO:' La Oficina Nacional de Recursos Mi- nerales ha considerado convenient en su dictamen re- comendar al Ministro de la Industria Basica que otorgue la concesi6n al solicitante, oidos los criterios de los 6rganos locales del Poder Popular. IFOR CUANTO: El que resuelve fue designqdo Mi- nistro de la Industria BAsica por Acuerdo del Consejo de Estado de fecha 14 de mayo de 1983. POR TANTO: En uso de las facultades quc me estin conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Otorgar a la Eniprci. de Materiales de Construcci6n No. 1, Ciego de Avila en lo' adelkite, el concesionario, una concesi6n de explotaci6h y procesa- miento en el Area del yacimiento Piedra Turiguan6 con el objeto de explotar y procesar el mineral de caliza para la obtenci6n de Aridos para la construcci6n. Sin perjuicio de lo anterior, el concesionario podri solicitar al amiparo de ila presence concesi6h el procesamiento de otros minerales distintos de los minerales extra'dos en el drea' de explotaci6n de esta concesi'6'. SEGUNDO: La presence concesi6n estf compuesta por un Area de explotaci6n y un Area de procesamiento. El area de explotaci6n se u'bica efi la provincia Ciego de Avila, abarca un Area de 10,025 hectireas y su 16- calizaci6n en el terreno, en coordenadas Lambert, Sis- tema Cuba Norte, es la siguiente: VERITICE NORTE ESTE 1 272 650 751 300 2 273 050 751 250 3 2731'00 751 500 4 272610 751500 1 272 650 751 300 El Area de procesamiento se ubica en la provincia Ciego de Avila, abarca un area de 5,77 hectareas y, su locali- zaci6n en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Norte, es la siguiente: VERTICE NO0RTE ESTE 1 274 932 750 945 2 274 968 751 031 S274975 751 134 4 274'896 751131 5 274 959 751229 6 274954 751243 7 274895 751164 8 274 747 751 105 9 274 764 751055 10 2T4 698 751037 1'1 274"622' 751 026 12 274 651 750893 13 274 803 750 930 14 274 800 750947 1 274 932 750945 Las Areas del area de la concesi6n han sido debida- mente compatibilizadas con los intereses de la defense national y con los del medio ambiente. TERCERO: El concesionario podra devolver en cual- quier moment al Estado, por conduct de la Oficina National de Recursos Minerales, las parties del Area de explotaci6n que no sean de su interns para continuar dicha explotaci6n, pero tales devoluciones se haran seg6n los requisitos exigidos en la licencia ambiental y en el studio de impacto ambiental. La concesi6n que se otor- ga es aplicable al Area definida como Area de la con- cesi6n o a la parte de esta que result de restarle las devoluciones realizadas. _ ~