GAEA FCIL9 eocuredI19 CULTURAL RESOLUTION No. '70 POR CUANTO: El Consejo de Estado, mediante el De- creto-Ley No. 30, de 10 de diciembre de 1979, cre6, entire otras, la Distinci6n "Por la Cultura Nacional", facultando al Ministro de Cultura para su otorgamiento. POR ;CUANTO: El Ministro de Cultura de la Repd- blica de Cuba desea reconocer la destacada labor que desde hace varios aflos ha ve.ido realIza dD el destacado guitarrista camagiieya-.o Felix Armando Puig, quien ha sido acreedor de numerosos premios como interprete y ha sobresalido ademas como professor de la Unidad Do-- cente del Instituto Superior de Arte de Camagiiey. 'POR TANTO: En uso de las facultades' que me estin conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Otorgar.la D:sti;.c6n "'Poi la Cultura Na- cional" al compafiero Felix Armando Puig en atenci6n a los 'fundamentos expresados por el segundo POR CUAN- TO de esta Resoluci6n. SEGUNDO: Disponer que la insignia representative sea entregada en acto solemne. COMUNIQUESE, a los'Viceministros, al Departamento de Cuadros, y por su conduct al interesado. PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la Repdblica de Cuba para su general conocimiento. DADA en Ciudad de. La Habana, a 24 de septiembre de 1998. Abel E. Prieto JimBnez Ministro de Cultura RESOLUTION No. 71 FOR CUANTO: El Consejo de Estado, mediante el De- creto-Ley No. 30, de '10 de dicie~mbre de 1979, cre6, entire otras, la Distinci6n "Por la Cultura Nacional", facultando al Ministro de Cultura para su otorgamiento. POR CUANTO: El Ministerio de Cultura de la Repu- blica de Cuba, en atencion a la destacada trayectoria pro- fesoral del emi_.elte filologo aleman HANS OTTO DILL, solidario amigo de la Revolucion cubana, quiere recono- cer la profunda labor de investigaci6n que ha realizado sobre la literature cubana e hispaioamericana en general dentro y fuera de su pais. POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Otorgar la Distinci6n "For la Cultura Na- cional". al professor HANS OTTO DILL como expresivo homenaje por los meritos a que se ha hecho alusi6n en los fundamentos de esta Resoluci6n. SEGUNDO: Dispo..er que la insignia representative le sea otorgada en acto solemn. COMUNIQUESE, a los Viceministros, al Departamento de Cuadros y por su conducto al interesado. Publiquese en la Gaceta Oficial de la Repdblica de Cuba para su general conoc.miento. DADA en Ciudad de La Habana, a, 21 de septiembre de 1998. Abel E. Prieto Jiin~nez Ministro de Cultura RESOLUTION N9 72 POR CUANTO: El Comit6 Ejecutivo del Consejo de Ministros, en uso de las facultades conferidas por el Decreto-Ley N9 147c de 21 de abril de 1994, aprob6, me- diante su Acuerdo N9 2838 de 28 de noviembre de 1994, con character provisional, el objetivo, las funciones y atri- buciones especificas del Ministerio de Cultura como orga- nismo e -cargado de dirigir. orientar, controlar y ejecutar, en el amb to de su competencia, la aplicaci6n de la poli- tica cultural del Estado y el Gobierno, asi como garan- tizar la defense, preservaci6n y enriquecimiento del pa- trimonio cultural de la naci6n cubana. POR CUANTO: El propio Comite Ejecutivo del Con- sejo de Ministros en su Acuerdo N9 2817, de igual fecha, aprob6, provisionalmente, en su apartado TERCERO, pun- to 4, e tre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organ:ismos de la Administraci6n Cen- tral del Estado, la de dictar, en el marco de sus facul- tades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y, en su caso, para los dem:s organismos, los 6rga.os locales del Poder Popular, las entidades esta- tales, el sector cooperative, mixto, privado y la poblaci6n. POR CUANTO: Con fecha 13 de agosto de 1993 el Con- sejo de Estado promulg6 el Decreto-Ley N9 140 por el que se despenaliz6 la tenencia de divisas convertibles, a partir del cual, y a propuesta del Ministerio de Cultura y de la UNEAC, la direcci6n del Gobierno aprob6 un4 grupo de medidas remunerativas que han originado cam- bios con las relaciones econ6micas entire instituciones, ar- tistas y creadores, las que dieron lugar a la puesta en vigor de las Resoluciones N 61, de 7 de octubre de 1993 y 42, de 2 de junior de 1997, ambas del Ministro de Cul- tura y su legislaci6n complementaria. POR CUANTO: La aplicaci6n de estos tipos de remu- neraci6n en nuestro sector han creado un clima favora- ble de relaciones econ6micas en el process de comercia- lizaci6n de obras y servicios culturales como garantia del reforzamiento del papel que desempeila el sistema de ins- tituciones cubanas en su character de representantes de los creadores y artists. POR CUANTO: Teniendo en cuenta los elements an- tes sefialados, en fecha reciente, la direcci6n del Gobierno ha aprobado nuevas propuestas de retribuci6n en divisas por c.:, c..l... de Ip.~ ai.'... -. artisticas de la mdsica y de las art.i .i,;,';.i. cuando estas se produce en el mercado iIteyno en esa moneda y generen un efecto eco- n6mico positive. POR CUANTO: Se han realizado las consultas y coor- dinaciones pertinentes con las instituciones del Sistema de Cultura, asi como con el Instituto Cu~bano de Radio y Television, los ministerios de Turismo, Trabajj y Se- guridad Social, Economia y Planificaci6n, Finanzas y Pre- cios y las demas instituciones directamehte involucradas, y oido el parecer de la Uni6n de Escritores y Artistas de Cuba y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Cul- tura. POR TANTO: En uso de las facultades que me estdn -conferidas, 9 de octubre de 1998 GACETA OFFICIAL