14 de septiembre de 1998 GACETA MICUAL curio de pagado, al efectuarse su liquidaci6n), una co- pia del informed de recepci6n y el cheque pagado o la referencia a su fecha, nUmero e imported. -Las cuentas por pagar deben controlarse por subma- yores, habilitados por suministradores, y en cada uno, por cada recepcion, y cada pago efectuado. -Las cuentas por pagar deben analizarse por rangos de edades, a fin de tener conocimiento actualizado de las envejecidas y proceder a activar su pago. XI. SISTEMA DE RELACIONES FINANCIERAS. Las regulaciones financieras que a continuaci6n se des- criben, complementan la entrada en vigor de forma gradual, de los diferentes tributes establecidos por la -:Ley N9 73 del sistema tributario, en particular, aquellos vinculados a personas juridicas cubanas, que contraen relaciones tributaries como resultado de las relaciones empresariales que realizan: el impuesto sobre utilidades y el impuesto por la utilizacion de la fuerza de trabajo entire otros. Esta modificaci6n toma en consideraci6n, los principios en que se sustenta el sistema tributario, coadyuvando a su materializaci6n, en todas las empresas estatales y en sus 6rganos superiores de direcci6n. En consecuencia, todas las empresas que aplican el perfeccionamiento, deberan incorporarse al sistema tri- butario, teniendo en cuenta que: -Por ley los contribuyentes del sector empresarial, deben inscribirse en el Registro de Contribuyentes y mante- nerlo actualizado; levar y conservar, por el termino de cinco afios, los libros contables, los cuales, de llevar- se mediante procesamiento electr6nico de datos, debe- ran mantenerse en condiciones de operatividad, por el t6rmino de tres aios; deben ajustar su contabilidad, a las normas de valoraci6n de activos, pasivos y a los principios generalmente aceptados de contabilidad. -Igualmente, deberan presentar declaraciones juradas, balances, informs, certificaciones, models de pago, vales de ventas, conduces, facturas, y demas docu- mentos que se entiendan, en la forma, trminios y su- jeci6n a los requisitos eslablecidos legalmente; certi- ficar sus estados financiers y presentar el dictamen, a la Oficina Nacional de Administracion Tributaria, siempre que haya sido previamente citada; probar ante la misma cuando correspond, el origen de los fondos con que han financiado sus gastos, desembolsos e in- versiones. -Efectuar el pago, ci la cuantia y terminos establecidos, de aquellos impuestos, contribuciones, tasas o aportes de los cuales son sujctos, manteniendo una discipline fiscal adecuada; actuar, como retentor o perceptor, cuando, por disposicion juridica se encuentre obligado a ello; tambien debera permitir el libre access a sus oficinas y dependencies, de quienes design la Oficina Nacional de Administraci6n Tributaria, para la practice de acciones fiscalizadoras y de control. Los trabajadores de todas las empresas que apliquen el perfeccionamiento establecido en las presents bases generals, a partir de su aplicacion, aportaran al presa- puesto, entire el 5 % 7 % de sus ingresos considerados salario segin n6mina, en calidad de contribucion espe- cial a la seguridad social, de conformidad con lo dis- puesto en las leyes del sistema tributario y de seguridad social respectivamente y en las regulaciones complemen- tarias de los ministerios de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social en lo que a cada uto com- pete. 1.1 CARACTERISTICAS DEL SISTEMA DE RELACIO- NES FINANCIERAS. Estas relaciones financieras establecen las acciones del Estado cubano en calidad, ya no de fisco, sino como re- presentante de la propiedad estatal socialist de todo el pueblo. 1. Las relaciones financieras plasmadas en este docu- mento, serdn de aplicaci6n generalizada a las en- tidades empresariales cubanas, propiedad estatal, enti4ndase organizaciones superiores de direcci6n em- presarial y empresas que resulten del actual process de ajuste organizacional dentro de este sector. 2. Los objetivos del sistema de relaciones financiers son los siguientes: -Establecer normas de carActer general, e interns social para el funcionamiento financier de esta actividad, que se constituyan en instruments de political economic, que permitan que el Estado, co- mo propietario, regule econ6micamente, la actua- ci6n de sus empresas y organizaciones superiors de direcci6n empresarial. -Otorgar autonomia en material de gesti6n finan- ciera, movilizando la capacidad e iniciativa de las administraciones y fortaleciendo su responsabilidad, por la eficiencia de su gesti6n econ6mico-financiera. -Asimilar la tecnica international, aceptada en ma- teria de administraci6n financiera empresarial. 3. El sistema preve, una vinculaci6n mas direct de la empresa estatal y de sus trabajadores con los resul- tados de su gesti6n econdmica, pues concibe que una parte de la utilidad retenida por la empresa, se rein- vierta dentro de la propia entidad y finance en general sus objetivos de desarrollo; asi como la es- timulaci6n material a los trabajadores, por la obten- cion de dichos resultados, este aspect constitute uno de los elements fundamentals del sistema, ya que conform la motivaci6n, a la empresa como entidad y a sus trabajadores, por el logro de los objetivos economicos planteados. Esto facility que las organizaciones rentables se des- vinculen del presupuesto, en cuanto al financiamiento de gastos orientados al desarrollo, incrementos de capital de trabajo, estimulaci6n a los trabajadores, inversiones y ofit6,? Y-se- inculen al mismo, median- te el pago de los t'ributd~s ontemplados en la ley, asi comp, a traves de un a fbrte no trfbutario, que cubra el rendimlento esperado de la inversion qfe el Es- tado ha realizado en la empresa. 4. El Estado cubano, a propuesta de la Junta de Go- bierno nombrada por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros, el 6rgano ramal de la Administra- ci6n Central del Estado o el Consejo de la Adminis- traci6n Provincial segun se decide, fijard el tanto por ciento eligible por concept de rendimiento de la inversion, applicable al imported del saldo de la cuenta de inversion estatal. La Junta de Gobierno, al defirir el monto del aporte al presupuesto sobre el rendimient6 de las inversio- _ _U __ _1__1____ 1