14 de septiemlire de 1998 'GACETA OFICIAII possible de la producci6n o los servicios y siempre ,que sea possible, se subotdina al jefe de la unidad empresarial de base. 17. .Al proyectar la organizaci6n y normaci6n del tra- bajo, se tendrin en cuenta las condiciones y reglas ide seguridad y salud en el trabajo, y se definird el conjunto de medidas a aplicar a los trabajadores, ien la prevenci6n de accidents de trabajo y de en- fermedades profesionales. 18. La organizaci6n y normaci6n del trabajo juegan un papel fundamental en la estimaci6n de los costs y en la elaboraci6n de los posibles precious de los pro- ducttos o servicios, asi como en el andlisis tecnico econ6mico de la producci6n. 19. Toda producci6n que se contrate, debe contar con la Idocumentaci6n de disefio e ingenieria con suficiente antelaci6n a su ejecuci6n, con el fin de determinar Ila tecnalogia de producci6n a seguir, los presupuestos, los plazos de entrega de la producci6n o los servicios, .asi como otros elements tecnicos y productivos. VII. POLITICAL LABORAL Y SALARIAL 7.1 EL SISTEMA DE DIRECTION DE LA FUERZA DE TRABAJO. Uno de los objetivos que tiene el process de perfeccio namiento empresarial es. dotar a las organizaciones em- presariales de facultades y atribuciones, que permitan la mejor utilizaci6n de la fuerza de trabajo con que cuentan, eviitando la excesiva centralizaci6n y regula- clones laborailes que afeoten ese process. Se entiende, como sistema de direcci6n de la fuerza de trabajo, el conjunrto de normas, procedimigentos y for- mas de actiaci6n, que permiten materializar la political laboral, integrada como un component important de la,,gesti6n de las empresas, con la vision del hombre como el element fundamental de la misma y se basa en los siguientes criterios: -La *ermpresa es quien debe disefar su propio sistema de .direcci6n ,de la fuerza de trabajo, y por .tanto, los capnQeptos, principios y demAs valoraciones, relacionadas .cn ,ls formas de su .administraci6n, deben .ser apli- cadas :de forma creadora por sus cuadros. -La.ampliaci6n de las facultades y atribuciones de las empnesas, no estin en contraposici6n con el papel del :ietagdp, en la misidn y fiscalizaci6n de las regtlaciones ]Jlborale ifu undae ntre l tl- que orienta. -Las faoultades que assume la direcci6n de la npresa, ,en el perfeccipnamiento empresarial, se regi.rnr por las presentss bases generals y demas disposiciones adop- tadas por el gobierno en cuyo marco se concertaran los convenios colectivos de trabajo. 7.1.2 LA; IDONEIDAD. DEMOSTRADA. 1. Corespondera a la direcci6n de cada organizaci6n enMpresarial, oido el parecer de la organizaci6n sin- dical a ese nivel, decidir el ingreso de los trabaja- dores al empleo. su permanencia y promoci6n, asi como su incorporaci6n a curses de capacitaci6n pro- fesional. 2. El principio por el cual se rige la direcctin de la empresa para la decision antes expuesta, sera el cde idoneidad demostrada, que copirende el andlisis in- tegral de los requisites- iguientes: -Realishci6n del trabajo con la eficiencia, calidad y productividad requeridas. -Experiencia, demostrada en el resuttado concrete obtenido en su trabajo. -Cumplimiento de las normas de conduct de ca- .rdcter general, o especificas y de las caracteristicas personales, que se exijan en el desempefio de de- terminadas ocupaciones o cargos, asi come de la discipline laboral establecida en el reglamento in- terno de la entidad. -Cailificaci6n formal, expresada en los centificados ,de studios o titulos que posea el trabajador, en correspondencia con los requisitos exigidos, para .la ocupaci6n o cargo que aspire a desempefiar. El director general de la enmpresa, puede autorizar el desempefo de una ocupaci6n o cargo, por una per- sona que no cumple el requisite de calificaci6n for- mal, si esta demnestra que cumple el resto de los requisitos exigidos, siempre y cuando, a la ocupaci6n o cargo, no se le exija para su ejercicio este requi- sito, por legillaci6n especifica establecida para la aotiviidad de que se trate, o la 6tica professional asi lo disponga. 3. Las tdcnicas y procedimientos, que se utilizan para la determinaci6n de la idoneidad demostrada, a los fines antes expuestos, se determinan por la direcci6n de la organizaci6n empresarial, de comfin acuerdo con la organizaci6n sindical. 4. B1 director general de la empresa esta facultado para reconocer, o retirar la idoneidad demostrada, de cualquier trabajador de la empresa, y podri, me- :diante resoluci6n, delegar dicha faculttad en los jefes de las unidades empresaniales de base, que se le subordinen direotamente. 5. El director general de la empresa, para confirmar o retirar la idoneidad demostrada, podra crear en cada drea, como 6rgano asesor del jefe facultado para tornar la decision, un comit6 de experts, com- puesto por cinco o siete miemhbros que representan: uno a la direcci6n, uno al sindicato, uno a la UJC y dos o cuatro trabajadores destacados, elegidos en asamblea general de los trabajadores del area. Se podra incorporar como invitado un representante del PCC. Los integrantes del comi't6 de experts eligen,-de entire ellos, su coordinator. El comity de experts, como 6rgano asesor, no pre- ;determina, ni incide, en la soluci6n de los conflicts, ppor la imposici6n de medidas disciplinarias o de de- recho. Los miembros del comit6 de experts expresan sus criterios y votan a titulo personal. Los comit6s de experts, de considerarlo necesario, podrAn oir el parecer de especialistas calificados, en el tema objeto de andlisis. Los comit6s de experts se regiran por las normas 6ticas, que se establezcan, por el Ministerio de Tra- bajo y Seguridad social. 6. Se deja sin efecto el requisite de afios de experien- ,cia, que se exige actualmente, en los calificadores de '" ocupaciones y car'gos vigentes, dado'6 ue el mismo, :' formal part de-los indicadores qiie se analizan en el principio de idoneidad demostrada. - '7.1.3 LOS CONTRATOS DE TRABAJO. 7. El contrato de trabajo es el .acuerdo entire el traba- jador y-la direccidn de la organizaci6n empresarial, I I I r-- 1