21 de jui e19 ACT FCA Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Rep6blica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present re- soluci6n al interesado; a los directors de emipresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repiblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Ser- vicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafiia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Pu- bliquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Ju- ridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 24 de junio de 1998. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior RESOLUTION N9 248/98 POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Co- mercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo N 2821, adoptado por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en cuanto a la actividad commercial exterior. FOR CUANTO: El Decreto N 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", faculta al Ministro del Comercio Exterior para resolver sobre las solicitudes de inscripci6n presentadas ante dicho registro, adscrito a la Camara de Comercio de la Repuiblica de Cuba. POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras, en cumplimiento del articulo 16 del precitado De- creto N 206, de 10 de abril de 1996, ha elevado a la con- sideraci6n del que resuelve el expediente incoado en virtud de solicitud presentada por la compafiia espafiola DRIZORO, S.A. POR TANTO: iEn uso de las facultades que me estdn conferidas, Resuelvo: PRI1MERO: Autorizar la inscripci6n de la compafiia espafiola DRIZORO, S.A. en el Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repdblica de Cuba. SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compafiia DRIZORO, S.A. en Cuba, sera la realizaci6n de activida- des comerciales relacionadas con las mercancias que a nivel de partidas y subpartidas arancelarias se described en el anexo N 1 que forma parte integrante de la present resoluci6n. TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la present resoluci6n, no autoriza la realizaci6n de las actividades siguientes: -Importar y exportar directamente, con caricter co- mercial. --Realizar el comercio mnayorista- y mindrisi 'en general de products y servicios, except los servicios de post- venta y garantia, expresamente acordados en los con- tratos que amparan las operaciones de comercio exte- rior. -Distribuir y transportar mercancias en el territorio national. CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Su- cursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dis- puesto en la present resoluci6n. DISPOSICION ESPECIAL UNICA: Se concede un plazo de noventa dias, conta- dos a partir de la fecha de la present resoluci6n, para que la entidad cuya inscripci6n se autoriza en el apar- tado PRIMERO formalice su inscripci6n en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercan- tiles Extranjeras e inicie los trdmites para su estableci- miento. El incumplimiento del plazo establecido en esta DIS- POSICION ESPECIAL, implicara el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extran- jeras procedera al archive del expediente incoado, COMUNIQUESE la present resoluoi6n a los vicemi- nistros y directors del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Camara de Comercio de la Repiblica de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la present re- soluci6n al interesado; a los directors de empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco In- ternacional de Comercio S.A., a la Aduana General de la Repuiblica, a la Empresa para la Prestaci6n de Ser- vicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compafia ACOREC S.A., a la Direcci6n de Inmigraci6n y Extranjeria, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehiculos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Pu- bliquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archives el original de la misma en la Direcci6n Ju- ridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 26 de juniro de 1998. Ricardo Cabrisas Ruiz Mirristro del Comercio Exterior CONSTRUCTION RESOLUTION MINISTERIAL No. 352/98 FOR CUANTO: Corresponde al Ministerio de la Cons- trucci6n, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo No. 3081, adoptado por el Comite Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de octubre de 1996, dirigir, eje- cutar y controlar en lo que le compete la political del Estado y el Gobierno en cuanto a las Investigaciones Ingeniero-Geol6gicas aplicadas a la Construcci6n, la ela- boraci6n de Disefios para las actividades de Construcci6n y Montaje; la Construcci6n Civil y el Montaje Irrdustrial; el Mantenimiento y la Rehabilitaci6n de la Vivienda y las Urbanizaciones, asi como elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes sobre los process de Licitaci6n de Obras, Proyectos y otros Trabajos re- lacion#dos coil la Construccidn. 647 21 de julio de 1998 GACETA OFICIAE'