GAET OFIIA 21- dej e19 de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicaci6n de la political del Es- tado y del Gobierno en la actividad commercial exterior, y a tal efecto tiene la atribuci6n de conceder facultades para realizar operaciones de exportaci6n e importaci6n, determinando en cada caso la nomenclatura de mercan- cias que serAn objeto de dichas operaciones. POR CUANTO: Mediante la Resoluci6n N9 396, dic- tada por el que resuelve el 19 de agosto de 1997, se ra- tific6 la autorizaci6n otorgada a la empresa mixta BE- BIDAS DEL CARIBE, S.A., (BECASA), para ejecutar directamente operaciones de comercio exterior. POR CUANTO: La empresa mixta BEBIDAS DEL CA- RIBE, S.A., (BECASA), ha presentado la correspondiente solicitud, a los efectos de que se le amplie la namencla- tura de products que require para el cumplimiento de los fines previstos en su objeto social. POR CUANTO: Resulta necesario compilar en una disposici6n inica las nomenclaturas de products de im- portaci6n y exportaci6n autorizadas a ejecutar a la em- presa mixta BEBIDAS DEL CARIBE, S.A., (BECASA). POR TANTO: En uso de las facultades que me estan conferidas, Resuelvo: PRIMIERO: Ratificar la autorizaci6n otorgada a la em- presa mixta BEBIDAS DEL CARIBE, S.A., (BECASA), identificada a los efectos estadisticos con el C6digo N9 361, para que ejecute directamente la exportaci6n e im- portaci6n de las mercancias que a nivel de subpartidas arancelarias, se indican en los anexos N9 1, 2 y 3 que forman parte integrante de la present resoluci6n, y con- secuentemente dejar sin efecto la Resoluci6n N9 396 de 19 de agosto de 1997. -Nomenclatura permanent, de products de exportaci6n (anexo N9 1). -Nomenclatura permanent, de products de importacion (anexo N9 2). -Nomenclatura temporal, de products de importaci6n por el termino de un (1) afto (anexo N 3). ,SEGUNDO: La importaci6n de las mercancias com- prendidas en las nomenclaturas, que por la present se aprueba, s6lo podra ser ejecutada con destino a cumplir los fines previstos dentro de su objeto social, y no para su comercializaci6n con terceros, ni destinada a otros fines. TIERCERO: La importaci6n de mercancias sujetas a autorizaciones adicionales a la otorgada mediante la no- menclatura de importaci6n que se concede a la entidad solicitante, debera interesarse, previamente a la ejecu- ci6n de la importaci6n, en la forma establecida para cada caso segun proceda. CUARTO: La empresa mixta BEBIDAS DEL CARIBE, S.A., (BECASA), al amparo de la Resoluci6n N9 200, dic- tada por el que resuelve en fecha 4 de junio de 1996, podrd solicitar la importacidn y;'o exportaci6n eventual de products, cuyas nomenclaturas no se aprueban por la present. QUINTO: En virtud de lo dispuesto en la Resoluci6n N 237,,dictada por el que resuelve en fecha 3 de mayo de 1995, la empresa mixta BEBIDAS DEL CARIBE, S.A., (BECASA), viene obligada a rendir a la Direcci6n de Pstadisticas, Analisis y Planificaci6n del Ministeri6 del Comercio Exterior, la informaci6n que en la misma se establece. COMUNIQUESE la present resoluci6n al interesado, a la Aduana General de la Republica, al Ministerio de Finanzas y Precios y demas organismos de la Adminis- traci6n Central del Estado, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio, S.A., a los viceministros y directors del ministerio, al Presidente de la Camara de Comercio, y a los directors de empresas. Publiquese en la Gaceta Ofi- cial para general conocimiento y archives el original en la Direcci6n Juridica. DADA en Ciudad de La Habana, Ministerio del Co- mercio Exterior, a 16 de junio de 1998. Ricardo Cabrisas Ruiz Ministro del Comercio Exterior ---- -- RESOLUCION N9 241/98 POR CUANTO: Mediante Resoluci6n Ministerial N9 254 de 26 de noviembre de 1993, dictada por el que re- suelve, se autoriz6 la inscripci6n en el Reigistro Nacional de Representaciones Extranjeras, adscrito a la CCmara de Comercio de la Republica de Cuba, a la compafiia ar- gentina QUESORO, S.A. FOR CUAlNTO: El articulo 28 del Decreto N9 206 de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Ex- tranjeras", faculta al Ministro del Comercio Exterior para disponer la cancelaci6n de la licencia de las sucursales inscritas en el registro cuando concurran razones de orden puiblico, de interns national o modificaci6n de las condiciones e intereses que justificaron la autorizaci6n de inscripci6n. POR CUANTO: En inspeccibn que le fuera practicada a la sucursal de la compafiia QUESORO, S.A., se pudo comprobar de incumplimientos por parte de la misma de las regulaciones vigentes en material laboral y de las disposiciones contenidas en la Resoluci6n *Nq 24 dictada por el que resuelve, en fecha 8 de enero de 1997, asi como de lo dispuesto en el articulo 26 del Decreto N9 206 de 1996, en cuanto a la realizaci6n de actividades co- merciales relacionadas con products no amparados en la licencia de la sucursal, lo que evidencia que concurren razones de orden piblico que justifican proceder a dis- poner la cancelacidn definitive de la licencia que opor- tunamente le fuera otorgada a la referida entidad. POR TANTO: En uso de las facultades que me estin conferidas, Resuelvo: PRIMERO: Disponer la cancelaci6n de la licencia otor- gada a la compafia argentina QUESORO, S.A. y, con- secuentemente, dejar sin efecto la Resoluci6n N 254 de 26 de noviembre de 1993. SEGUNDO: La cancelaci6n a que se contrae el apar- tado PRIMERO de la present resoluci6n se hard efectiva a partir de su notificaci6n al interesado. El Encargado de] Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cum- plimiento de lo que por la present se dispone. COMUNIQUESE, la present resoluci6n a los vicemi- nistros y directors del Ministerio del Comercio Exterior, al Elcargado del Regstro Nacional de Sucursales y GACETA: OFICIAI; 21 de julio de 1998