GAEAOIIL2 emy e19 pxovincias Las Tunas, Holguin, Granma, Guantdnamo y Santiago de Cuba. POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Mi- nerales recomienda en su dictamen, otorgar el permiso de reconocimiento al solicitante. POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado del 14 de mayo de 1983 fue designado el que resuelve Ministro de la Industria BApirn. POR TANTO: En uso de las facultades que me est6n conferidas, Resuel vo: PRIMERO: Otorgar al Instituto de Geologia y Paleon- tdlogia el permiso de reconocimiento sobre el Area deno- ininada Estratigrafia, con el objeto de que realice tra- bajos preliminares para realizar la generalizaci6n estra- tigrafica de Cuba Oriental. SEGUNDO: El Area del permiso de reconocimiento 'que se otorga se ubica en las provincias Las Tunas, Hol- gdin, Granma, Guantinamo y Santiago de Cuba y abarca 'n area de 3202 531,5 hectdreas que se localizan en el eirreno en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Sur si- guientes: SVERTICE NORTE ESTE S 1 313000 487750 2 293500 493200 3 278400 536500 4 290000 536000 5 288000 554000 6 273500 573000 7 269500 586000 8 274500 605500 9 263000 630500 10 252 400 626 100 11 252800 612800 .12 229400 608 300 13 226200 617200 14 223 000 657 800 15 224600 685000 16 219800 712500 17 189 300 744 600 18 183200 755900 S 19 186 000 772 000 S 20 172800 781800 21 160 800 763 600 22 156000 711000 23 140500 687 500 24 160 500 687 500 25 160500 669200 26 140000 669200 S 27 138400 629500 S 28 145300 617650 29 147 000 597000 30 145000 591500 31 146500 577000 32 148 500 572 250 33 148 000 563 500 34 144 000 529750 S 35 142 500 498 000 36 137000 483 500 . 37 140000 460 000 38 139750 449500 39 134 100 435 000 40 132 250 407 000 41 154500 421500 42 168 000 438 000 43 189 000 486 000 44 226,500 486 000 45 226 500 460 000 46 262000 446100 1 313 000 487 750 El Area ha sido debidamente compatibilizada con los intereses de la defense national y con los del medio ambiente. TERCERO: El permisionario ira devolviendo a la Ofi- cina Nacional de Recursos Minerales las Areas que no sean de su interest para realizar los trabajos que par la present resoluci6n se autorizan. El permiso de recono- cimiento que se otorga es aplicable al Area definida como Area del permiso, o a la parte de 6sta que result de restarle las devoluciones realizadas. CUARTO: El permiso de reconocimiento que se otorga tendra un termino de un afio, que podra ser prorrogado en los terminos establecidos en el reglamento de la "Ley de minas", a solicitud previa y expresa del permisiona- rio, debidamente fundamentada. QUINTO: El permisionario esta en la obligaci6n de informar trimestralmente a la Oficina Nacional de Re- cursos Minerales el advance de los trabajos y sus resul- tados y al concluir entregard el informed final de los trabajos de reconocimiento. SEXTO: Al finalizar los trabajos de reconocimiento, el permisionario tendra derecho de solicitar sobre las areas no devueltas una o varias concesiones de investi- gaci6n geolfgica. Dichas solicitudes deberan ser presen- tadas con no menos de treinta dias de anticipaci6n al vencimiento del termino del present permiso. SEPTIMO: El permisionario estA en la obligaci6n de preservar adecuadamente el medio ambiente y las con- diciones ecol6gicas, tanto dentro del Area objeto de los trabajos como de las Areas y ecosistemas vinculados que pueden resultar afectados con las actividades mineras. OCTAVO: Ademas de lo dispuesto en la present re- soluci6n, el permisionario tendra todos los derechos y obligaciones establecidos en la Ley 76, "Ley de minas" y su legislaci6n complementaria, las que se aplican al pre- sente permiso. NOVENO: Las disposiciones a que se contrae la pre- sente resoluci6n quedarAn sin vigor si transcurrieran treinta dias despues de su notificaci6n al permisionario y 6ste no lo hubiera inscrito en el Registro Minero a cargo de la Oficina Nacional de Recursos Minerales. DECIMO: Notifiquese a la Oficina Nacional de Recur- sos Minerales, al permisionario, y a cuantas otras per- sonas naturales y juridicas proceda; y publiquese en la Gaceta Oficial de la Repdblica para general conocimiento. DADA en Ciudad de La Habana; a 11 de mayo de 1998. Marcos Portal Leon Ministro de la Industria BAsica GACETA OFFICIAL 25 de may-o de 1998